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martes, 17 de noviembre de 2015

¿QUÉ IVA DEBERÍAN PAGAR LAS RESIDENCIAS GERIÁTRICAS PRIVADAS?

Hace unos días leí en la prensa que la Fundación Edad y Vida reclama un tipo de IVA único del 4% para las residencias de tercera edad privada, sea cual sea el tipo de prestación y la titularidad del servicio.

Para entender lo que pide la Fundación hay que entender que actualmente el IVA que pagan las residencias  en España depende de varios factores por lo que, según quién presta y quién paga, este puede oscilar entre la exención y el 10% (este fue el título que puse a un post de 2012 donde explico este perverso abanico).

Ahora Edad y Vida razona que "es necesario considerar los servicios de atención a la dependencia (centros residenciales, centros de día, teleasistencia y servicios de atención a domicilio) como servicios de primera necesidad y, como tales, establecer el IVA súperreducido para los mismos, lo que “contribuiría a mejorar el acceso a este tipo de servicios” (fuente)

Estoy totalmente de acuerdo con esta propuesta que se ha presentado a los diferentes partidos políticos de cara a las próximas elecciones generales.  Y de hecho me iba a poner a escribir argumentos a favor de tal reducción, como el del retorno que supone, el alejamiento que se ha producido en los últimos años entre la capacidad adquisitiva de los posibles usuarios y el precio de las residencias, entre otros.

Pero resulta que de todo eso ya he escrito en este blog por lo que me permito invitar a los lectores a releer algunos de los posts de hace algún tiempo y a dar su opinión (si de paso alguien quiere difundirlo en su perfil de redes sociales, mejor).

Sobre por qué el IVA debería ser único y del 4%  (diciembre de 2012)
Sobre el calculo del retorno económico que produce gastar en dependencia (Octubre de 2012)



miércoles, 19 de diciembre de 2012

A FAVOR DEL IVA DEL 4% UNICO PARA DEPENDENCIA

Lo he defendido varias veces y, aunque parece de lógica, todavía tenemos dos IVAs diferentes para los servicios de atención a la dependencia (tres si incluímos el IVA cero de algunos establecimientos benéficios).

Si una plaza en una residencia es concertada paga el 4% pero si es privada paga el 10%, salvo que el cliente reciba una ayuda pública en forma de Prestación Económica Vinculada (PEV) que suponga más de un 75% del precio de la plaza, en ese caso, también paga el 4%. ¿Resulta complicado?  La verdad es que lo es de una forma artificiosa.

Hasta 2010 los servicios a la dependencia compartían un único tipo de IVA, pero entonces, en lo que llamé en este blog "La Rebaja Interrupta del IVA" el gobierno del señor Zapatero decidió subir un punto el IVA a las plazas privadas en residencias y bajarle tres puntos a las concertadas.  Como quien paga básicamente las plazas concertadas son las comunidades autónomas la medida supuso una propina a esas comunidades mientras se subía el precio real que pagan los usuarios de las residencias privadas.  Todo ello a costa de introducir un elemento de ilógica en el sistema.

A partir de mediados de 2010 dos personas mayores que comparten habitación en una residencia con plazas privadas y concertadas generan tipos de IVA diferentes por recibir exactamente el mismo servicio.

El sistema se complicó en la siguiente subida del IVA, gobernando ya el Sr. Rajoy ya que se mantienen los diferentes tipos de IVA pero con un matiz: quienes reciban una Prestación Económica Vinculada que suponga más de un 75% del precio de la plaza pagan el 4% en vez de el 10% ¿Saben qué es lo más divertido de la medida?  ¡Que nadie recibe PEV que cubran más del 75% del coste de la plaza!

¿No sería más lógico que se unificase el tipo de IVA para todos servicios a la dependencia en el 4%?

Así lo han creído las asociaciones de residencias.  AERTE en la Comunidad Valenciana o ACRA en Cataluña incluso recogieron firmas para pedirlo.  También desde Cataluña surgió una iniciativa intermedia, que consiste en pedir que las plazas "de colaboración" (una figura anterior a la Ley de Dependencia parecida a la PEV pero asimilada en la gestión con el concierto) tuviesen un IVA del 4%, algo que se planteó como una "muy buena noticia" aunque algunos, entre los que me encuentro, veamos de muy difícil encaje en la legalidad.

Hace pocos días he recibido una nueva iniciativa que me ha gustado especialmente por ser muy "de internet".  Upimir, asociación que agrupa a pequeñas y medianas residencias, ha decidido lanzar una campaña de petición de firmas a través del portal Change.org, una de esas páginas que movilizan a internautas sobre una causa.  Hoy mismo, más de 210.000 personas han dicho que no quieren que los organizadores de la fiesta de Halloween donde murieron cuatro chicas organicen una fiesta de fin de año.

La campaña de Upimir pide de forma escueta  "IVA del 4% para todas las plazas de residencia en centros geriatricos" y en el momento en que escribo esta entrada lleva 44 firmas (una es la mía).  Animo a todos los que leen este blog a sumarse a la recogida.

No creo que Upimir consiga mucho más de lo que han conseguido otras asociaciones con sus recogidas de firmas pero estaría muy bien que se siguiese hablando de este tema que, aunque no sea el más relevante cuando tratamos de dependencia, sí lo podría ser para muchas familias que podrían, con un IVA más reducido, asumir el pago de una residencia privada para un ser querido que la necesita.


viernes, 16 de noviembre de 2012

DE VUELTAS CON LA FLEXIBILIDAD, EL IVA Y UN MENSAJE ENTRE LÍNEAS

Ayer estuve en la entrega de los X premios ACRA. Y, dejando a un lado lo más importante, o sea los premiados, entre ellos dos asociaciones de voluntarios que acompañan a personas mayores (Avismon y Amics de la Gent Gran), la ocasión se presentaba como no exenta de morbo.  Contar con el Conseller de Benestar i Família, Josep Lluis Cleries, en una sala en la que habría más de doscientas personas, muchos de ellos propietarios o directivos de residencias geriátricas a los que la Generalitat debe dinero, añadiendo el aderezo de la controversia sobre la posible rebaja del IVA y el hecho de encontrarnos en campaña electoral, hacía que muchos de los asistentes esperasen alguna noticia llamativa por parte del Conseller o alguna puya hacia la administración por parte de ACRA.

La entrega de premios contó con una intervención de la Presidenta de ACRA,  Cinta Pascual, en la que más que puyas hacia la Generalitat hubo algún "cachetito cariñoso".  Por supuesto una entrega de premios no es el lugar en que sacar los colores a alguien a quien has invitado.  Pero, por lo que se hablaba en los corrillos previos y posteriores, muchos esperaban un emplazamiento directo al conseller para que se comprometiese a una fecha en el pago de las cantidades que se dejaron de cobrar en Julio.  Cinta Pascual fue bastante institucional en su intervención: "la colaboración público-privada debe adquirir otra dimensión. Debemos compartir la estrategia, planificar el futuro, y reducir la gestión y los trámites para finalmente poder llegar con éxito a más servicios ". Aunque sí reclamó una solución a una contradicción clara, la existencia de 5.000 plazas libres en residencias de ancianos en Cataluña mientras hay listas de espera.  Y también explicó algo muy bonito: la iniciativa "Compartint taula" (compartiendo mesa) que permitirá servir 265.0000 comidas gratuitas a personas mayores durante 2013 en los centros asociados a ACRA.

La intervención del Conseller estuvo a la altura de las circunstancias.  Hace un año, tras asistir a la anterior entrega de premios escribí una entrada en este blog que titulé "Flexibilidad y confianza, ¡Qué bonito! Pero ¿Quién hace las camas?"  Un año después el conseller sigue apostando por la flexibilización, pero "eso no quiere decir bajar la calidad sino mejores resultados". Después de casi dos años en le gobierno, muchos hubiéramos agradecido un poco más de concreción, pero, como mínimo sigue hablando de flexibilidad.

Sobre el IVA, apostó porque haya un único tipo del 4% para todos los servicios de atención a la dependencia, dijo que el tema lo tenían "bien enfocado" y que estaban trabajando en el congreso de los diputados.  ¿Y lo del informe jurídico del IVA de las plazas en residencias colaboradoras?  De eso ni una sola palabra.
A lo que sí dio importancia es al "cambio de paradigma" que supondrá la aprobación de una nueva Ley Catalana de Autonomía Personal.  Un cambio que supondrá pasar el foco de la dependencia a la autonomía personal.  ¡Qué bonito!   Lo llevo oyendo desde julio y todavía no sé en qué consiste ni cómo afectará concretamente ese nuevo paradigma al porcentaje de dependientes que seguirán necesitando ayuda a domicilio, centros de día o residencias.

Hasta aquí las cosas iban tal como se podía prever, pero cuando habló de colaboración público-privada basada en una inminente concertación de plazas a poner en marcha al inicio de la próxima legislatura fue cuando dejó una frase entre líneas que para mí fue lo más relevante de su discurso. ¿Cuántas plazas piensan concertar?  "Una cantidad que enlaza con la que ha planteado la presidenta de ACRA". ¡O sea, 5.000!

La intervención acabó con felicitaciones hacia el sector por el trabajo bien hecho. "Nada honra más a un país que saber que atiende bien a las personas más vulnerables", Una apuesta por la concertación: "En Cataluña hemos optado por la colaboración con la iniciativa privada a través de los conciertos y ha dado buen resultado" y un agradeciento por el compromiso que han demostrado las empresas en tiempos difíciles.

Y como siempre, lo mejor empezó después de los discursos.  En los corrillos mientras degustábamos una "cena de pie".  Me sorprendió mucho descubrir que el señor Cleries había sido tan sutil con lo del concierto de 5.000 plazas en residencias de ancianos en Catalunya que nadie se había dado cuenta. ¡Y en plena campaña electoral!    Pude hablar con mucha gente y tuve una conversación agradable con el propio Conseller, con la Directora General del ICASS y con la presidenta de ACRA. Pero sobre eso escribiré mañana.


Autor del post Josep de Martí



martes, 30 de octubre de 2012

UN POCO MÁS SOBRE EL IVA

Vaya por delante que, en mi opinión, lo correcto y adecuado sería gravar todos los servicios de atención a la dependencia con el tipo reducido del 4%.  No creo que debiera considerarse ninguna circunstancia que dependa de quién presta el servicio, quién lo paga o quién lo recibe.

Establecer un sistema mediante el cual unos prestan el servicio sin IVA, otros cobran el 4% según quien sea su cliente y otros el 10% salvo excepciones , me parece cuanto menos, estrafalario.  Lo dije cuando subieron el impuesto por quinta vez desde 1986 (¿Se acuerda alguien del tipo ordinario del 12% y reducido del 6%?) y lo sigo pensando ahora.

Pero tenemos lo que tenemos y con esto tenemos que apañarnos.

¿Por qué pagan el 4% las plazas concertadas y algunas Prestaciones Económicas Vinculadas?, pues porque lo dice el Real Decreto Ley 20/2012 cuando, al modificar el IVA establece que el tipo reducido se aplica a los servicios de atención a la dependencia..

siempre que se presten en plazas concertadas en centros o residencias o mediante precios derivados de un concurso administrativo adjudicado a las empresas prestadoras, o como consecuencia de una prestación económica vinculada a tales servicios que cubra más del 75 por ciento de su precio, en aplicación, en ambos casos, de lo dispuesto en dicha Ley.

Me encantaría que la Ley dijese otra cosa, pero dice lo que dice.  Y muy a mi pesar, las plazas pertenecientes inicialmente al Progama de Suport al Acolliment Residencial, conocidas coloquialmente como plazas de colaboración no se prestan mediante precios derivados de un concurso administrativo adjudicado a las empresas prestadoras.

Lo que sucede de verdad es que en estas plazas en residencias de ancianos colaboradoras, tradicionalmente se ha considerado que los precios establecidos eran "IVA incluído" a diferencia de lo que sucedía con los de concertación, motivo por el cual, en los dos últimos incrementos del tipo de gravamen ICASS ha obligado a los centros a "comerse" la subida a costa de su margen.  Esta interpretación que ha llevado a cabo la Generalitat  genera una gran frustración en los prestadores de servicio y en ocasiones, incluso resentimiento.

Es en este contexto en el que veo un hábil ardid por parte de la Generalitat.

El sector lleva tiempo reclamándole flexibilidad y confianza.  Pidiendo medidas que no supongan un incremento en el precio de los servicios para la administración pero sí alguna reducción de costes (flexibilidad en la distribución de perfiles profesionales, por ejemplo).  Eso le costaría mucho a la Generalitat ya que, sabe que flexibilizar requisitos podría suponer molestar a algún colectivo de profesionales.   En su búsqueda por encontrar la receta de la "tortilla sin romper huevos", creo que han encontrado una vía:

Si los servicios jurídicos del Departamento de Benestar Social i Família  elaboran un informe que aunque "no se pronuncie sobre cuestiones de fiscalidad" ponga de manifiesto que las plazas colaboradoras forman parte de la Xarxa (Red) de servicios sociales y que se parecen mucho a las concertadas, quizás se podría hacer una consulta a la propia Agencia Tributaria o al Ministerio de Hacienda diciendo que, al parecerse tanto, podría considerarse que el tipo de IVA a aplicar debería ser el 4% y no el 10%.

Si Hacienda dice que sí, ¡Fabuloso! las residencias colaboradoras podrían cobrar más y Hacienda cobrar, lo que algunos han calculado en 10 millones menos de Euros al año.  ¿Y si Hacienda dice "no"?  Entonces la Generalitat habrá hecho todo lo posible por ayudar al sector pero por algo que no es culpa suya la cosa no habrá salido.

Me pongo en la piel de quien ha redactado el informe y entiendo su tesitura y sus salvedades.

Para empezar en la página 2 ya dice que el Departamento no tiene competencias en materia tributaria por lo que el informe "no se pronuncia sobre cuestiones de fiscalidad".

Después hace una descripción muy adecuada sobre lo que es la Xarxa de Serveis, cómo se puede acceder a ella mediante la acreditación "que se debe regular reglamentariamente" y cómo los centros colaboradores se han ido acreditando en el Programa de Apoyo al Acogimiento Residencial desde 1992 hasta 2008.

Ahí, en la página 4, es dónde el redactor empieza a estirar un poco el argumento ya que dice que el sistema de convocatoria anual de acreditación de centros colaboradores era una "convocatoria pública de selección".  Lo cierto es que, a diferencia de un concierto en el que sólo pueden seleccionarse a determinado número de candidatos para los que se dispone de asignación presupuestaria, la acreditación de centros colaboradores nunca ha "seleccionado", de hecho ICASS podía acreditar a todos los que se presentase ya que no asumía ningún compromiso de ocupación de plazas.

Es cierto, como dice el informe, que a medida que pasaron los años, desde la creación del sistema de colaboración, éste se fue pareciendo más al concierto, especialmente cuando se empezó a pagar la ayuda directamente a las residencias (al comienzo, como pasa ahora con las PEVs, se pagaba  a la persona o su familia).

Hace entonces el informe otro giro interesante al empezar a referirse a la Instrucción del ICASS 1/2012, un documento de uso interno de la Generalitat  que las patronales llevan algún tiempo pidiéndole sin éxito y que hoy ha colgado en internet ACRA después de haberlo conseguido de forma extra oficial.

En esa instrucción se equiparan en gran medida las plazas financiadas en residencias colaboradoras con las residencias concertadas.

A medida que he ido leyendo el informe una idea insistente me ha venido a la cabeza:  con un poco más de esfuerzo podría haber equiparado las PEVs con tope de precio y pagadas directamente a la residencia a las plazas concertadas, lo que pasa es que las PEVS vienen recogidas de forma expresa en la Ley del IVA a partir de la modificación de julio por lo que el esfuerzo habría sido aún más estéril.

Al final el informe dice que las plazas de colaboración tienen un "régimen esencialmente coincidente con el régimen de concertación administrativa".

Muy bien. Ya tenemos el primer informe (el que no se pronuncia sobre cuestiones de fiscalidad).

Sólo falta que se plantee la consulta correspondiente y que un jurista de la Agencia Tributaria responda a la pregunta, "¿Es una plaza de colaboración una plazas concertada  o que se presta  mediante precios derivados de un concurso administrativo adjudicado a las empresas prestadoras?".  Créanme, esa será la única cuestión que se le planteará y, estoy casi seguro,  que alguien le hará saber que de su respuesta depende seguir recaudando o no varios millones de Euros.

Si dicen que sí, perfecto.  Yo creo que dirán que no.

Insisto en que lo que hay que hacer es bajar el tipo para los servicios a la dependencia del 10% al 4% con carácter general.  Si no se puede hacer, como mínimo bajar el de todos los servicios prestados en residencias geriátricas de Catalunya, que reciban algún tipo de financiación pública (concierto, PEVS y todo lo que se le parezca y que existe sólo en alguna comunidad autónoma).

Sé que escribir esto hace que muchas personas me llamen aguafiestas y cosas por el estilo.  Pero ahora ya llevo un tiempo escribiendo lo que me parece y, esta vez, aunque me gustaría hacerlo, no creo que vaya demasiado equivocado.

Espero comentarios



viernes, 5 de octubre de 2012

A VUELTAS CON EL IVA "¿UNA MUY BUENA NOTICIA?"

Hace pocos días, al mirar el correo electrónico, el título de un mensaje estuvo a punto de alegrarme el día: "Muy buena noticia para el sector catalán: El IVA de las plazas colaboradoras ".  El mensaje me lo enviaban desde ACRA, (Associació Catalana de Recursos Assistencials), una entidad que no es muy dada a los títulos rimbombantes.  Después de leer el mensaje entendí que lo que yo entiendo por una "muy buena noticia" difiere de lo que entienden en ACRA.

Este es el mensaje


La Generalitat elaborará un informe jurídico considerando las plazas colaboradoras como plazas de la red pública, equiparándolas así a nivel tributario con las concertadas 

Después de muchos años reivindicando la aplicación del tipo superreducido de IVA a todos los servicios de dependencia, ayer representantes de la Asociación Catalana de Recursos Asistenciales (ACRA) mantuvieron una reunión con la Directora General del ICASS, Carmela Fortuny, que mostró la disposición de la Generalitat de ponerse junto a ACRA, al considerar las plazas colaboradoras como plazas dentro de la red pública, tal y como ya pasa con las plazas concertadas. Hasta ahora, Cataluña es  la única Comunidad Autónoma que cuenta con una diferenciación en las plazas que la Administración contrata con el sector privado dependiendo si estás se han generado antes o después de la aplicación de la Ley de la Dependencia.  

En este sentido, Fortuny anunció que desde el ICASS se elaborará un informe jurídico para dar base legal a este argumento, que equipararía a nivel tributario las plazas concertadas y colaboradoras, cosa que significará que las 18.000 plazas colaboradoras existentes pasen a tributar al 4% del tipo superreducido de IVA. ACRA considera éste como un paso imprescindible en el camino del reconocimiento de los servicios asistenciales como servicios de primera necesidad, con todas las consecuencias positivas que esto tiene que comportar tanto para los usuarios, como para la reactivación económica de un sector capaz de garantizar una ocupación estable y localizada.

PEVS y privadas

Aun así, la reivindicación de ACRA sigue siendo la aplicación del tipo superreducido a todos los servicios de dependencia y, una vez resuelto el tema de las plazas colaboradoras, también se tendrá que revisar la tributación de las plazas ocupadas por usuarios con Prestación Económica Vinculada a Servicio (PEVS), así como la de las plazas privadas.

En cuanto a las primeras, este martes pasado tuvo lugar otra provechosa reunión, en este caso en Madrid, con el Director General del Imserso, César Antón, quién aceptó el hecho de pedir al Gobierno central que, mientras no se consiga el IVA superreducido para todos los servicios de dependencia, haga una corrección de errata del Real decreto-Ley 20/2012, en el sentido de eliminar el requisito legal que exige que para aplicar el tipo del 4%, las PEVS tengan que cubrir un 75% del precio del servicio, dado que este requisito es de imposible cumplimiento en Cataluña.

Mientras que, en cuanto a las plazas privadas, la Asociación espera contar próximamente con otro informe jurídico a través de la FED, así como conseguir las firmas necesarias para poner en marcha una iniciativa legislativa popular para solicitar al Gobierno que todos los servicios de atención a la dependencia tributen al tipo de IVA superreducido.

He leído y releido el mensaje intentando encontrar la "muy buena" noticia y lo que he sido capaz de encontrar es "la semilla de lo que podría llegar a ser una muy buena noticia".

Pasados unos día, hoy  UPIMIR, (Unión de Pequeñas y Medianas Empresas de Cataluña) dice en el foro de Inforesidencia que Desde nuestra patronal nos congratulamos al poder informar que gracias al esfuerzo de nuestro departamento legal, el cual en Julio informo a la Conselleria de la manera legal que existia de que las plazas colaboradoras tributasen un IVA de solo el 4 % hoy se nos ha comunicado que dicha informacion sera la utilizada para en breve poder modificar tal tributacion impositiva. Buen trabajo. Tienes mas informacion en nuestra web 

Quizás con la edad me vuelvo cínico y desconfiado pero, cuando alguien parece cambiar de opinión sobre algo me gusta entender la motivación de ese cambio.  Me cuesta creer que las cosas pasen "porque sí".

Veamos los antecedentes.

La importancia que tiene el IVA de las plazas en residencias colaboradoras en Cataluña no viene tanto de la cifra en sí, sino del hecho de que siempre se ha considerado por parte de la Administración que el precio máximo que puede cobrar una residencia que atiende a un residente "de colaboración" es una cantidad "IVA Incluido".  Esta interpretación ha hecho que en las dos últimas subidas del IVA las residencias colaboradoras hayan tenido que, bien asumir ellas la subida bajando el precio (lo que les ha hecho perder un 3%) o encontrar fórmulas creativas les permitiesen evitar esa merma.

Durante este tiempo, tanto ACRA, como yo mismo, hemos argumentado, por un lado que el precio de las tarifas públicas debería entenderes "más IVA" y por el otro que todos los servicios de atención a la dependencia, sin importar quién los recibe, quién los presta y quién los paga, deberían estar sometidos al IVA superreducido del 4%.

La Generalitat, hasta ahora ha sido refractaria a estas argumentaciones y ahora, de repente apoya que las plazas de colaboración se asimilen a las de concierto en lo que a aplicación de IVA se refiere, y pasen a someterse al 4%.

¿Qué dudas me plantea todo esto?

En primer lugar, lo que se nos está diciendo es que la Generalitat redactará un informe jurídico para dar base legal al argumento de que las plazas de colaboración se pueden equiparar a las concertadas.  Pero, ¿No sería mejor esperar a dar la buena noticia a tener ese informe jurídico?  .  Yo creo que el informe existe, bien en papel o como esquema en la cabeza de algun jurista del Departament, y lo que el informe dice es que las plazas de colaboración son equiparebles a las Prestaciones Económicas Vinculadas más que a las concertadas.  No olvidemos que en un concierto la residencia factura el 100% del precio de estancia a la administración y que, tanto en las PEV como en las colaboradoras, se factura el 100% al residente (aunque una parte lo pague la administración).  No olvidemos, tampoco que tanto el PEV como el Programa de Suport a l'Acolliment Residencial tienen caràcter de prestación económica que, teóricamente, recibe el usuario, no la residencia.  Me gustará mucho ver el informe jurídico que ahora nos anuncian y, espero de todo corazón que encuentren argumentos lo suficientemente contundentes como para que el receptor de ese informe, o sea el Ministerio de Hacienda, lo acepte.

Ahí está la segunda mi segunda duda.  Aceptemos que se elabora el informe y que ICASS dice que lo que hasta ahora era una cosa, ahora será fiscalmente otra.  A partir del mes siguiente las residencias cambian el tipo de IVA y pasan del 10 al 4%. ¿Qué diría Hacienda?  ¿Aceptaría el informe y rebajaría su recaudación o pondría pegas?  Yo creo que Hacienda leerá con interés el informe jurídico y después abrirá el BOE de 12 de julio dónde dice que el IVA del 4% sólo cuando los servicios se presten en plazas concertadas en centros o residencias o mediante precios derivados de un concurso administrativo adjudicado a las empresas prestadoras, o como consecuencia de una prestación económica vinculada a tales servicios que cubra más del 75 por ciento de su precio.  ¿Cuál sería entonces el papel del ICASS?

Esto me lleva a la tercera duda que es la del calendario.  En Cataluña en cincuenta días estaremos votando en unas elecciones de las que saldrá un Parlament que elegirá a un nuevo gobierno.  O sea que, o se dan mucha prisa o entre encargar el informe, tenerlo, difundirlo, convencer a Hacienda y aplicar el nuevo tipo, nos vamos mucho más allá de Navidad.

¿Será entonces Carmela Fortuny la Directora General del ICASS? ¿Será Josep Lluís Cleries el Conseller?  Quizás sí, quizas no.  Lo que está claro es que quien ahora genera la noticia no sabe con seguridad si estará en la silla cuando esta pueda surtir efectos.

Y aún me queda una última duda que yo llamaría efecto bumerang. ¿Sería posible que, una vez aceptado que el IVA de las plazas de colaboración es del 4% la Generalitat también aceptase que los precios de la Cartera de Serveis se deben entender todos "sin IVA"?  Si así lo hiciese podría producirse una perversión tal  que podría suponer una merma adicional de unos 40€ al mes.

Me explico.

Imaginemos un usuario de plaza colaboradora que paga IVA incluido  1.650€ al mes.  Esto quiere decir que lo que paga es 1500€ más el 10% de IVA.

Qué dos escenarios podrían suceder:

1.  La Generalitat sigue aceptando que el precio de 1.650€ es "IVA Incluído" con lo que el ciudadano pagaría lo mismo pero con un desglose diferente 1.586€ más el 4% de IVA .  En ese caso la residencia vería un incremento real de 86€ al mes por residente.

2. La Generalitat decide que el precio  debe considerarse "Más IVA".  En ese caso podría decir, "El ciudadano te seguirá pagando los 1.500€ sobre los que se aplicará un IVA del 4% con lo que pasa a pagar un total de 1.560€.  En ese caso la residencia no gana ni pierde y es el ciudadano el que pasa a pagar 90€ menos al mes.

Ahora pongámonos en los zapatos de un político ¿Qué prefieres, subir 86€ al mes lo que cobran unos centenares de residencias o bajarles 90€ al mes lo que pagan 18.000 personas?  A tí no te va a costar nada ya que en ambos casos quien ingresará menos es otra administración.

Esta cuarta duda es la que me da más miedo.

Creo que la solución al problema es la que plantea, entre otros ACRA:  La aplicación del tipo superreducido (4%) a todos los servicios a la dependencia con independencia de quien los preste.  Pero eso es algo de se debería regular a nivel estatal.  Esa sí sería una "muy muy buena noticia".

Lo que yo veo ahora es una maniobra muy inteligente por parte de la Generalitat.  Darán un golpecito en el hombro del sector de las residencias en forma de un informe que, si dice lo que quieren que diga, servirá para que las residencias hagan algo que, si Hacienda acepta podría beneficiarlas,  y si Hacienda lo no acepta, permitirá desviar la atención hacia un tercero. Encima, se quedan en la manga la carta de convertir todo en algo con efecto neutro para las residencias pero que pueda venderse como un descuento de 90€ para 18.000 personas.

Si me estoy equivocando y resulta que mi cinismo no me ha dejado ver lo bueno de la noticia, me alegraré  por las residencias de ancianos y dejaré esta entrada para que todo el mundo vea lo mal que analicé la situación.  Si en cambio no me he equivocado lo sentiré mucho.


lunes, 20 de agosto de 2012

POR SUS FRUTOS LOS CONOCEREIS



En Julio de 2010, cuando gobernaba en España el PSOE y en Cataluña el  segundo tripartito, se produjo una modificación en el régimen del IVA.  Hasta entonces las estancias en residencias para mayores pagaban un 7%.  A partir de entonces se bajó el IVA de las plazas concertadas y de gestión al 4% y se subió el resto al 8%.

Como el sector llevaba mucho tiempo reclamando una bajada general del tipo para los servicios de atención a la dependencia al 4% y, en algún momento parecía que podía obtenerse, lo llamé la “Bajada Interrupta”.   Escribí en mayo de 2010 que me parecía muy mal que los poderes públicos se bajasen a sí mismos el IVA mientras se lo subían a los ciudadanos por recibir exactamente el mismo servicio.  Esa crítica iba dirigida contra el Gobierno de España.    La actuación del gobierno de la Generalitat me pareció perversa de una forma especial ya que, no sólo aprovechó la bajada que le ofrecía el nuevo sistema, sino que además obligó a las residencias colaboradoras a “comerse” la subida.  Lo expliqué en “Preparados para la subidilla” en Julio de 2010: En Cataluña, los usuarios de "plazas colaboradoras" pagan una cantidad que viene determinada en una resolución de la Generalitat. Ésta a su vez paga la diferencia entre lo que paga el usuario y una cantidad que se determina "IVA incluido" que oscila entre los 1.500 y 1.850 aproximadamente. El hecho de que el precio se determine "IVA incluido” hace que las residencias colaboradoras hayan tenido que facturar por una cantidad total equivalente al precio establecido por la Generalitat o sea que, al subir el IVA, han tenido que rebajar la base.

Creo que la Generalitat entonces debería haber considerado que lo que determina la cantidad que corresponde recibir al prestador por la atención a la persona es el precio que se establece en la Cartera de Servicios y que éste es “IVA aparte”.  Si lo hubiese hecho así, las residencias sólo tendrían que haber trasladado a la factura el aumento de un punto del IVA y éste lo habrían pagado, bien la Generalitat y el usuario según su participación en la cantidad total, bien el usuario directamente en su totalidad.   Si la Generalitat hubiese tomado la decisión y lo hubiera trasladado a los centros, se habría aplicado y, estoy seguro que la aplicación habría sido pacífica.   La subida de entonces era de un punto, o sea que oscilaba entre los 15 y los 18 Euros al mes por residente. Para una residencia con 50 plazas colaboradoras esto ha supuesto desde entonces una merma en los ingresos de 10.000 Euros al año.

Como mi fe en el tripartito era bastante limitada, que en aquél momento mostrase una actitud “anti empresa” me pareció mal pero no me sorprendió.

Ahora tenemos gobiernos diferentes.  En Madrid uno que prometía austeridad y contención fiscal como vías para sacarnos de la crisis.  En Cataluña, uno con un Conseller que proclama, siempre que tiene la ocasión, el importantísimo papel que cumplen las empresas en el campo de los servicios sociales (sin olvidar que también lo tiene la iniciativa pública y  la social, por supuesto) y como la relación entre el sector público y privado debe basarse en la confianza y la flexibilidad.

Ambos gobiernos están teniendo la ocasión de mostrar la solidez de sus creencias cuando éstas se convierten en actos.  El de España ha subido en pocos meses el IRPF y el IVA, el de Cataluña ha dejado en el aire el pago de una mensualidad de los conciertos, PEVS, gestión y colaboraciones siendo incapaz de ofrecer alguna medida que pueda paliar el terrible efecto que su impago pueda producir.

Ahora a la Generalitat se le ofrece una nueva oportunidad para que nos muestre su verdadera naturaleza.
Es un hecho que todo el mundo sabe en España que el uno de Septiembre se aplicarán nuevos tipos incrementados de IVA.  Esto hace que, si pago unos céntimos más cuando compre algo en una tienda o unos euros más cuando me corte el pelo, sabré exactamente que no es el tendero o el peluquero quiénes han subido precios sino Hacienda.  Por eso, el hecho de permitir que las residencias colaboradoras trasladen la subida del IVA al consumidor (idea esencial en la que se basa en impuesto) no generaría ningún problema.
Otro argumento que hay que tener en cuenta a la hora de valorar cómo debe aplicarse el IVA en centros colaboradores es que, en esencia el Programa de Apoyo al Acogimiento Residencial (Programa de Suport a l’Acolliment Residencial), que es la base sobre la que se asienta el sistema de colaboración, no es muy diferente de lo que actualmente son las Prestaciones Económicas Vinculadas (PEV), o sea, una ayuda a la persona para pagar la residencia.  La diferencia principal es que en el caso de la colaboración siempre ha existido un precio máximo que se puede cobrar y en las PEV ese “tope” en el precio no existe en la Ley (es un invento de la Generalitat).  Cuando se trata de PEV, el tipo de IVA que se aplica depende de si la prestación cubre más o menos del 75% del precio de la plaza (4% si es de menos y 10% si es de más), o sea que queda claro que una cosa es el precio de la estancia y otra el IVA.  Si mañana vuelven a subir el tipo, en lo que respecta a las PEV estará claro que quien asume la subida es el consumidor final.

¿Es tan difícil considerar que a efectos del IVA la plaza de colaboración es como la de PEV?  Yo creo que no. Sólo hace falta convenir que lo que estábamos entendiendo como  “IVA incluido” era efectivamente “Con el tipo de IVA vigente en el momento de la concesión de la prestación, incluido”

Por lo que me dicen los propietarios y directores de residencias con los que estoy hablando, tal como pasó en 2010, cuando ahora llaman a la Generalitat les dicen que  “no hay ningún cambio.  Las residencias seguirán cobrando lo mismo”.  Detrás de esta respuesta telefónica, que no escrita, se oculta la verdadera naturaleza.  Parece que, a pesar de todas las palabras, a pesar de ser personas diferentes de partidos diferentes, los actos van por el mismo camino que hace dos años.

Quedan pocos días, estamos en Agosto, pero la Generalitat tiene una ocasión muy buena de actuar correctamente.  Si no lo hace, nadie escuchará sus palabras y cuando hablen pensaremos “por sus frutos los conoceréis”.

sábado, 14 de julio de 2012

IVA DE RESIDENCIAS ENTRE LA EXENCIÓN Y EL 10%

Creo que  más de uno habrá tenido un buen susto esta mañana cuando al leer el BOE para conocer cómo ha quedado la subida del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)  en relación con las residencias geriátricas y servicios para mayores, se ha encontrado que, a primera vista, el tipo a aplicar por parte de las empresas a clientes privados subía del 8% al 21%.

Tranquilos todos,  en algunos casos queda igual  y en otros “sólo” subirá el 8% al 10%.

El motivo del posible equívoco está en el sistema como se regula el IVA: Existe un tipo general (que a partir del 1 de Septiembre será el 21%) y dos tipos reducidos (10% y 4%) que sólo se aplican a los bienes y servicios que vienen expresamente recogidos en la Ley.  Así, el motivo por el que floristas, funerarias o peluquerías están tan molestos es porque han dejado de aparecer en la “lista de las excepciones” pasando a la del tipo general.

Al repasar la Ley (todavía no me creo que haya pasado una mañana de sábado leyendo el BOE), intentando encontrar los servicios de atención a tercera edad,  personas mayores, ancianos, o cualquier otro nombre que me hiciera pensar en el campo geroasistencial en la lista de excepciones,  sólo he visto una mención directa a los servicios de residencia y similares cuando, entre los servicios al IVA de 4%, he leído la siguiente mención:

3.º Los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche y atención residencial, a que se refieren las letras b), c), d) y e) del apartado 1 del artículo 15 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, siempre que se presten en plazas concertadas en centros o residencias o mediante precios derivados de un concurso administrativo adjudicado a las empresas prestadoras, o como consecuencia de una prestación económica vinculada a tales servicios que cubra más del 75 por ciento de su precio, en aplicación, en ambos casos, de lo dispuesto en dicha Ley.


Lo dispuesto en este número 3.º no se aplicará a los servicios que resulten exentos por aplicación del número 8.º del apartado uno del artículo 20 de esta Ley.

Esto básicamente no cambia nada ya que es cómo estaba, pero.  ¿Y los servicios prestados por parte de empresas privadas a clientes mayores privados?  No se mencionan con su nombre, pero aparecen, concretamente, en la lista de servicios sometidos al tipo del 10%:

7.º Las prestaciones de servicios a que se refiere el número 8º del apartado uno del artículo 20 de esta ley cuando no estén exentas de acuerdo con dicho precepto ni les resulte de aplicación el tipo impositivo establecido en el número 3º del apartado dos.2 de este artículo.

El artículo 20.8 de la Ley del IVA (37/1992) declara exentos de IVA:

Las prestaciones de servicios de asistencia social que se indican a continuación efectuadas por entidades de Derecho público o entidades o establecimientos privados de carácter social:


Protección de la infancia y de la juventud. Se considerarán actividades de protección de la infancia y de la juventud las de rehabilitación y formación de niños y jóvenes, la de asistencia a lactantes, la custodia y atención a niños menores de seis años de edad, la realización de cursos, excursiones, campamentos o viajes infantiles y juveniles y otras análogas prestadas en favor de personas menores de veinticinco años de edad.


a) Asistencia a la tercera edad.
b) Educación especial y asistencia a personas con minusvalía.
c) Asistencia a minorías étnicas.
d) Asistencia a refugiados y asilados.
e) Asistencia a transeúntes.
f) Asistencia a personas con cargas familiares no compartidas
g) Acción social comunitaria y familiar.
h) Asistencia a exreclusos.
i) Reinserción social y prevención de la delincuencia.
j) Asistencia a alcohólicos y toxicómanos.
k) Cooperación para el desarrollo.
La exención comprende la prestación de los servicios de alimentación, alojamiento o transporte accesorios de los anteriores prestados por dichos establecimientos o entidades, con medios propios o ajenos.


O sea, que el IVA para los servicios propios del sector geroasistencial (residencias para la 3ª edad, centros de día para personas mayores, teleasistencia y ayuda a domicilio SAD)queda situado en tres niveles:

Exento de IVA: Cuando  el servicio lo preste  una entidad de Derecho público o entidades o establecimientos privados de carácter social (o sea, nunca una empresa).

4%:  Cuando no hay exención y la plaza es concertada o está ocupada por un beneficiario de prestación económica vinculada, siempre que la ayuda que recibe de la administración suponga más de un 75% del precio.

10%: En todos los demás casos.

Por qué el tipo de IVA depende de si una ayuda pública alcanza o no al 75% del precio de lo que se compra me parece algo ridículo además de arbitrario.  Sólo hay que leer las listas de excepciones para ver que no hay ningún otro servicio en el que existan tantas excepciones.

Creo que lo mejor hubiera sido someter este tipo de servicios al tipo del 4%.  Se puede pensar que si tienes un IVA más bajo recaudarás menos pero, ¿No nos decían nuestros actuales gobernantes que si se bajan los impuestos se genera más actividad económica y se acaba recaudando más?

Por otro lado ¿qué justifica que el IVA sea del 10% si el cliente es privado pero del 4% si la plaza es concertada? No hay que ser ningún genio para ver que el IVA del 4% es el que pagan las Comunidades Autónomas y recauda el Estado.  Como las Comunidades lo pagan pero no pueden repercutirlo, para ellas, el hecho de tener el mismo IVA que las residencias privadas supondría una carga que prefieren no soportar.  El Gobierno del Estado, hace dos años, lo entendió y por eso les bajó el IVA, pero sólo a ellas.

En definitiva, la subida del IVA no es una buena noticia para el sector aunque, viendo todas esas actividades que han visto pasar su tipo del 8  al 21%, más de uno habrá respirado aliviado.

Esperemos que las medidas den el resultado previsto y que, efectivamente se trate de un sacrificio en aras de una mejora para todos.  De momento sabemos, porque conocemos los datos que introducen las personas que utilizan el buscador de plazas libres en residencias de tercera edad de Inforesidencias.com, que un aumento de un punto o dos no será una hecatombe pero sí un obstáculo más que acabará haciendo que un grupito más de residentes vuelvan a sus casas dejando la residencia para mayores en la que vivían.

La Ley que se ha publicado hoy también trata sobre modificaciones a la Ley de Depenendencia, pero a éstas les voy a dedicar algo más de tiempo.

Lo que, de momento está claro es que, aunque casi todo lo que traga sobre atención a mayores se regula de forma diferente en cada comunidad autónoma, por lo menos esto funcionará igual si hablamos de residencias geriáricas en Madrid, Barcelona o Cádiz. (Bueno,  no exactamente ya que las residencias de Canarias no aplican IVA)

Autor del post  Josep de Martí