jueves, 29 de junio de 2017

La Generalitat empieza a recular con la "Guarda de Fet"

Escribo estas líneas tras saber que el plazo para realizar las comunicaciones al juzgado y fiscalía de situaciones de guarda de hecho en Cataluña se vuelto a retrasar, esta vez hasta el 31 de Diciembre de 2017.

Hace unos meses la Generalitat pergeñó una instrucción que obligaba a las residencias de personas mayores catalanas a preparar a toda prisa documentación relativa a todos los residentes que sufriesen algún tipo de deterioro cognitivo de forma que se comunicase su ingreso al Ministerio Fiscal y/o al Juzgado.  Se trataba de una nueva vuelta de tuerca a la aplicación de la Guarda de Hecho (Guarda de Fet) como figura de protección de presuntos incapaces ingresados en residencias.

La cuestión no era inocua ya que el pasado mes de marzo, y sin que resultase notorio para casi nadie, en una de esas leyes omnibús que sirven para cambiar de golpe "trocitos" de muchas leyes anteriores, se introdujo un nuevo tipo de infracción grave en la panoplia de compotamientos que la legislación catalana de servicios sociales considera merecedores de sanción.  Así, la nueva letra "n" del artículo 97 de la ley de Servicios Sociales de Cataluña tipifica:

n) Incumplir la obligación de comunicar la guarda de hecho de las personas residentes, cuando ésta sea preceptiva, o incumplir las funciones inherentes a la guarda de hecho, cuando ésta recaiga en la persona responsable de un establecimiento residencial.

Eso quiere decir que, si una residencia no realiza la comunicación al juzgado "cuando esta sea preceptiva" puede recibir una multa de hasta 4.500 Euros o le pueden quitar la acreditación que le permite recibir usuarios beneficiarios de financiación pública durante dos años.

A partir de ahí la Generalitat decidió dejar negro sobre blanco lo que entendía era preceptivo en estos supuestos y así nació la instrucción 1/2017 a la que hacíamos referencia (y una serie de modelos de comunicación).  En ella se venía a generalizar la obligación de comunicar al juzgado y/o Fiscalía el ingreso de residentes que sufrieran deterioro cognitivo y determinaba cuándo y cómo el director/a de una residencia debía asumir la guarda de hecho de los residentes.

La instrucción determinaba su entrada en vigor al día siguiente de su firma (o sea, el 1 de abril).

Al cabo de unas semanas la Generalitat dijo que se postponía esa entrada en vigor al 30 de junio y ahora, hemos sabido a través de las patronales que, de nuevo se postpone hasta el 31 de diciembre.

¿Qué ha pasado para a que tengan que ir tirando hacia el futuro los efectos de su instrucción?

Lo he intentado decir en posts anteriores.

En primer lugar, una instrucción del Departamento de Trabajo y Asuntos Sociales no es una norma jurídica por lo que difícilmente puede utilizarse para interpretar el Código Civil catalán, algo que corresponde a los tribunales civiles.  Lo que sucede es que, es tal la desconfianza que demuestra la administración respecto a los prestadores de servicios sociales que, para afrontar la protección jurídica de los mayores que sufren demencia y viven en residencias, el camino elegido ha sido: primero instar al Parlament para abrir el camino a sancionar las residencias que no comuniquen al juzgado "cuando sea preceptivo" y después intentar concretar "cuándo es preceptivo".

A mi entender la instrucción o es la forma jurídica adecuada.  Dejando a parte la materia que trata, una norma que pretende regular una situación que se repite en múltiples ocasiones con diferentes protagonistas y circunstancias deber ser un Decreto cuando no una Ley.  La instrucción (considerada acto administrativo, no norma) debería reservarse para concreciones que no aporten contenido normativo nuevo.

Lo anterior tiene una relevancia jurídica pero podría ser arreglado.

Lo que sigue es mucho más peliagudo y es lo que está acabando con la instrucción.

Lo intenté explicar en otro post y tiene que ver con conceptos y números.

Hoy día tenemos una regulación que trata sobre cómo afrontar la incapacidad jurídica (cuando un mayor de edad sufre una afección permanente que le impide tomar decisiones y gobernarse por sí mismo) y el internamiento involuntario, pensada en un momento en el que relativamente muy pocas personas estaban en esa situación de incapacidad o necesitaban ser internadas (básicamente en un centro psiquiátrico).

Lo que fue pensando principalmente para afrontar "situaciones psiquiátricas" se ha ido aprovechando en los últimos años para tratar lo que en la mayoría de los casos es "deterioro cognitivo" del que suele producirse en edad avanzada.  Hoy el 18% de los habitantes de España tienen más de 65 años y esta cifra va a irse elevando hasta alcanzar casi el 35% antes de volver a bajar (cuando muramos los hijos del Baby Boom).

Se calcula que entre el 5 y el 15% de las personas de más de 65 años sufren algún tipo de demencia. (fuente).  Tambien que la incidencia (nuevos casos por año) es de entre 15 y 30 casos por año por cada 1.00 habitantes.

Si tomamos los datos recientemente presentados por ACRA y la Universitat  Pompeu Fabra en su Informe Económico y Social 2016 vemos que dos de cada tres residentes en residencias de mayores sufren deterioro cognitivo.  Siguiendo con el mismo informe, la lectura del cual recomiendo, actualmene hay unas 66.000 Plazas residenciales en Cataluña por lo que, si se aplica correctamente la instrucción de la Generalitat se deberían realizar unas 40.000 comunicaciones al juzgado.

Lo que ha sucedido durante estos últimos dos meses es que las residencias han decidido hacer caso de la instrucción de la Generalitat, ante la amenaza de la multa, y han empezado a recopilar datos, rellenar papeles e intentar entregarlos en juzgados y fiscalías.

¿La respuesta?  Variada.  Al principio, nada.  Al cabo de pocas semanas, resistencia:  Algunos juzgados se han negado a recibir comunicaciones informando, los oficiales a quienes las llevaban, que no eran necesarias.  Lo cierto es que los jueces y fiscales se han visto colapsados y han decidido errar el grifo antes de arreglar la avería.

Como ya he dicho muchas veces, pasó algo muy parecido hace 27 años (no aprendemos tanto del pasado como parece) cuando el Decreto 145/1990 de la Generalitat hizó algo muy parecido a la instrucción 1/2017 obligando a realizar muchas comunicaciones.

Entonces, como ahora, se vió que el sistema era farragoso, complicado y consumía mucho tiempo y esfuerzo de fiscales, jueces y médicos forenses cuando, en realidad, en la mayoría de casos las personas no acababan teniendo mucha más protección jurídica que sin el sistema.

Por aquel entonces muchas residencias comunicarcon, muchas comunicaciones llenaron cajas y cajones de juzgados y pocos procedimientos culminaron.

Cuando la Generalitat ha atrasado por segunda vez la fecha en la que, según parece, empezará sancionar, ha enviado el mensaje de que 1990 se reencarna en 2017.  O sea, que todo ha sido un artificio.

Yendo al fondo del asunto.  Hay un 65% de residentes que viven en residencias que sufren demencia y que difícilmente pueden tomar decisiones correctamente formadas.  Algunas de estas personas son susceptibles de sufrir maltrato y expolio.  Por suerte, la gran mayoría forman parte de familias estructuradas que realmente les quiere y les cuida.  Familias que, como parte de ese amor, administran ordinariamente los bienes del residente y toman decisiones por ellos.

A mi me parece que lo que debiera hacer la Generalitat y los parlamentos catalán y español, es en primer lugar dictar normas que potencien que la mayor parte de personas mayores de edad y con capacidad, prevean que en el futuro pueden sufrir deterioro cognitivo, tomen decisiones, otorguen poderes preventivos y decidan por adelantado quién quieren que tomen decisiones por ellos, incluído el eventual ingreso en residencias.

En segundo lugar, aunque sé que soy minoritario en esta opinión, defiendo que debiera haber una forma de "geroguarda", me refiero a un sistema de protección jurídica a mayores con deterioro cognitivo en el entorno familiar que se casase en la intervención de médicos de la sanidad pública y de la propia administración.  Una especie de certificado de discapacidad que permitiese un cierto control administrativo y dejase a los jueces para los casos más conflictivos o disputados.

Llevo tiempo defendiendo esta opción (concretamente desde 1993) como la menos mala en una situación en la que tendremos tantos cientos de miles de personas con demencia.  Como tenemos el sistema judicial que tenemos, lo mejor sería, a mi parecer, crear un sistema en el que los jueces tuviesen que intervenir poco y en el que siempre quedase apuntado en un registro público quién es el "geroguardador" (casi siempre, alguien elegido por la propia persona cuando tenía capacidad para hacerlo), a quien pedir responsabilidades cuando se detectase un abuso.

Seguro que hay otras formas de conseguirlo pero será difícil descubrirlas mientras  a nuestros parlamentos y gobernantes les importe tan poco el tema.   Prueba del desinterés es que  hace años deberían haber adaptado toda la legislación relativa a incapacitación e internamientos a varios tratados internacionales, pero, sencillamente no lo han hecho.

Creo que lo que va a pasar a partir de ahora es que, como todo se ha retrasado seis meses, las residencias se relajarán y los jueces se tranquilizarán.  Pasará el verano y, a medida que se acerque el final de año alguier recordará la fecha límite con lo que, junto con las felicitaciones de Navidad, nuestros jueces recibirán otro lote de comunicaciones.  Si entonces se enfadan mucho, quizas vuelvan a postponer la obligación y así pasará el tiempo.

¿Estarán más protegidos los residentes que sufren demencia gracias a estas medidas?


sábado, 24 de junio de 2017

COMUNICACIÓN AL JUZGADO DE LOS INGRESOS EN RESIDENCIAS "DÉJÀ VU"

Un "déjà vu" es esa sensación que se tiene a veces de haber vivido una situación cuando lo cierto es que es la primera vez que se vive.

Entramos en una habitación y pensamos "yo he estado aquí", pero sabemos que es imposible porque es la primera vez que visitamos esa ciudad; alguien dice algo y pensamos "esto ya lo he vivido", pero sabemos que no es así.

Dejando de lado exóticas explicaciones paranormales, la psicología nos explica que esa sensación puede tener varias causas: unas tienen que ver con la forma en que el cerebro almacena la memoria y clasifica los recuerdos, otra más prosaica es que, a veces sencillamente "hemos estado allí" o ya habíamos vivido la situación.

Digo esto después de asistir a la conferencia de un fiscal en unas interesantes jornadas organizadas por Geriatros SARquavitae sobre protección jurídica de los mayores que decía cosas como que, de acuerdo con la ley, ingresar a una persona mayor con demencia (que no es capaz de formar una voluntad, o sea que no entiende lo que supone ingresar en una residencia) sin obtener una autorización judicial previa supondría un delito de detención ilegal.

Según este Fiscal, de acuerdo con la Constitución y la Ley sólo un juez puede privar de libertad a una persona.  Por eso sólo el juez puede "meterte en la cárcel" y sólo un juez puede autorizar un internamiento.  La policía podrá detenerte unas horas; una situación de urgencia habilita a un médico a proceder a un internamiento de urgencia, pero la intervención del juez y la garantía jurisdiccional siempre planea y puede "ponerte en libertad" en cualquier momento.

El Fiscal explicó que según la Ley hay dos procedimientos (Artículo 763 Ley Enjuiciamiento Civil):

  • Uno ordinario, que es el que más se debería utilizar, que requeriría a los familiares a acudir al juzgado, solicitar una autorización, tramitar un procedimiento y, una vez obtenido el Auto, proceder al ingreso en la residencia.
  • Uno de urgencia que permite a un médico autorizar el ingreso obligándole a comunicarlo al juzgado lo antes posible (máximo 24 horas).  El juzgado en 72 horas da respuesta ratificando el internamiento o no.  En esas 72 horas el juez ofrece a la persona la posibilidad de tener representación de un abogado; escucha directamente a la persona afectada, al Ministerio Fiscal, a un facultativo y practica las pruebas que considere adecuadas.
Después avisó que no hay que caer en la tentación de utilizar el procedimiento de urgencia cuando éste no es justificado y comparó ingresar en una residencia con ir al teatro.  "Primero compras la entrada y después entras en la sala", "A nadie se le ocurre entrar en el teatro, sentarse y entonces pensar en comprar la entrada".  Nos ilustró con una sentencia del Tribunal Constitucional e incluso llegó a plantear que a veces, aplicarlo mal puede llevarnos a la necesidad de "dejar en libertad" al residente.

Reconoció el Fiscal que estos trámites, necesarios para no atentar contra derechos fundamentales, pueden plantear algunos inconvenientes burocráticos pero que éstos nunca serán tan graves como el hecho de privar de libertad a una persona, que recordó, es un delito.

En ese momento yo ya empezaba a dudar sobre si ese Fiscal era un extraterrestre que acababa de llegar al planeta Tierra y sólo había tenido tiempo de leer la ley antes de su aterrizaje; si se estaba burlando de nosotros o si, verdaderamente creía lo que decía.

Para mí la base del error del argumento del Fiscal es el cómo vemos eso de la voluntariedad en el ingreso en residencias y cómo lo situamos en el contexto socio/demográfico que vivimos.

Lo intenté explicar en un capítulo que escribí en el libro "Diez temas jurídicos de Portal Mayores" para el Imserso en 2006 que empieza así:


El Sr. A, de 52 años, sufre una enfermedad mental en fase aguda y existe un serio riesgo de que cause daño a sus familiares con los que convive, a sus vecinos o a sí mismo. El tratamiento que requiere tiene que ser administrado, a criterio de su médico, en una unidad psiquiátrica de internamiento pero él no quiere ingresar de ninguna manera. Dice que «no está loco», que no quiere que le «metan en un manicomio» y que todo es un complot del médico y su familia.

La Sra. B, de 87 años, sufre un Alzheimer en fase avanzada y vive con su hija, de 65 años y el mari- do de ésta. Tras una caída sufrida por la Sra. B, su hija, que a su vez sufre una lesión de espalda que le impide levantar pesos, se da cuenta de que cuidar a su madre cada vez le resulta más difícil. Además, el marido de la hija insiste en que la situación no es sostenible teniendo recursos suficientes como para poder pagar una residencia. Finalmente deciden ingresar a la Sra. B. Buscan una residencia, la contratan y efectúan el ingreso. ¿Qué dice la Sra. B?, nada. A veces sonríe, a veces llora, pero hace tiempo que no dice nada inteligible.

¿Tienen algo en común el Sr. A y la Sra. B?
Sí. En ambos casos se ingresa a personas en un centro del que no podrán salir voluntariamente sin que ellos hayan consentido.

¿Tienen lo suficiente en común como para que la Ley arbitre el mismo procedimiento para ambos casos? 


A mi entender no tienen lo suficiente en común para que se justifique la puesta en funcionamiento de un mecanismo costoso y complicado.  Además sabemos que, con la cantidad de personas mayores que sufren demencia e ingresan en residencias, es imposible que los juzgados puedan hacer aquello que la Ley prevé de una forma lo suficientemente ágil como para que ayuden.

A mi entender la señora B no ingresa "contra su voluntad" ni "de forma involuntaria".  Lo que sucede es que la demencia ha provocado que millones de personas en el mundo, incluida la señora B, vivan "más allá de la voluntad".  Estas personas son lo suficientemente importantes y lo suficientemente numerosas para que nuestros legisladores, gobernantes y jueces se den cuenta de que lo que se pensó "para meter locos en manicomios" y se fue adaptando para convertirse en "internamientos psiquiátricos", no vale para el ingreso de personas con demencia en residencias de mayores.


Ahora el tema vuelve a ser de actualidad en Cataluña al hilo de las instrucciones que ha enviado una administración a las residencias obligándolas a realizar nuevas comunicaciones a fiscales y jueces sobre el ingreso y estancia de residentes.

Cientos de residencias de tercera edad de Catalunya están preparando quilos de papel que en las próximas semanas habitarán las mesas y archivos de los juzgados y fiscalías catalanas.

Volviendo al "déjà vu".  Cuando empecé a trabajar como inspector en febrero de 1991 en Cataluña se empezaba a aplicar el decreto 145/1990 (hoy derogado) que obligaba a las residencias a comunicar los ingresos de los presuntos incapaces y obtener autorización judicial.  En ese momento muchas residencias empezaron a "comunicar todo para curarse en salud" y utilizaron por defecto el sistema de urgencia. Los jueces empezaron a tramitar expedientes hasta que se hartaron y empezaron a acumular las comunicaciones sin hacer nada o incluso se negaron a admitirlas.   Lo expliqué en un escrito de hace casi veinte años.

Ahora parece que volvemos a estar en lo mismo.  Lo que dice el Fiscal y lo que exige la Generalitat, me temo, se volverá a convertir en un mero trámite burocrático sin una verdadera consecuencia sobre el residente.

Las residencias comunicarán y las comunicaciones, en su inmensa mayoría, envejecerán almacenadas alimentándose de "polvo de juzgado".

No pude preguntarle al fiscal algo que me apetecía mucho plantear.   ¿Podría una residencia concertada decirle a la comunidad autónoma que se niega a ingresar a un presunto incapaz si no tiene un auto judicial que autorice ese ingreso?  ¿Debería una residencia que no ha obtenido respuesta sobre el ingreso urgente al cabo de 72 horas "dejar en libertad" al residente?

¿Hay alguna solución?  Yo llevo planteando ésta desde hace unos 20 años cuando la articulé en mi proyecto de final de curso del Máster en Gerontología Social.  Lo dejo para quienes entienden

El deterioro de salud que, en muchos casos, acompaña al envejecimiento, los cambios de la estructura familiar, los problemas económicos que se prevén para los mayores en el futuro próximo, unido al previsible aumento de este estrato de la sociedad hace necesaria una regulación específica de la protección de aquellos que no pueden valerse por sí mismos.


Los guardadores de hecho, familiares o personas que se encargan del mayor aunque no dispongan de documento alguno que lo acredite, deberían recibir de la ley unos poderes que les permitiesen, bajo control administrativo, administrar el patrimonio y proteger al mayor. Estos poderes deberían venir necesariamente acompañados por una serie de obligaciones, en especial en caso de ingreso en residencia que supusiese hacerles corresponsables de posibles condiciones humillantes o menoscabo si éste pudo ser previsto por el guardador en el momento de pactar el ingreso. La figura de la guardada de hecho, que podría denominarse "geroguarda" sería siempre fruto de un procedimiento administrativo "pacífico", queriendo decir que se haría participar a los familiares de primer grado intentando que, entre ellos nombrasen al "geroguardador" y pudiesen establecer medios de control, siempre dentro de la familia.


Por supuesto seguiría en vigor la normativa de incapacitación e instituciones tutelares para casos en que no fuese posible establecer la geroguarda por oposición de parte de la familia. En estos casos, mientras durase el proceso se debería intentar crear guardadores provisionales (administración o entidades sin ánimo de lucro) que ejerciesen de tales hasta la resolución judicial.


La idea es ambiciosa ya que, al tratar de derechos fundamentales de las personas exigiría la aprobación por parte del parlamento de una Ley orgánica y del correspondiente desarrollo por parte de la Administración Central y Autonómica. Pero no por ello debe desestimarse ya que, aunque, fruto de discusiones podría alterarse sustancialmente la propuesta, considero muy importante que empecemos a plantear posibles soluciones a un problema que empieza a acercársenos a pasos agigantados y no esperemos a que se nos eche encima para adoptar medidas de urgencia improvisadas y condenadas al fracaso.

martes, 20 de junio de 2017

GEROCULTORAS SUB-MILEURISTAS

A veces las cosas más sencillas acaban convirtiéndose en las más complicadas.

El VI Convenio colectivo Marco que rige las relaciones laborales en el sector de la dependencia (residencias de mayores, centros de día o servicios de teleasistencia) en la mayor parte de España tenía unas previsiones de incremento salarial que se hacían depender de la evolución de la economía española.

En aplicación del convenio (vigente hasta que se apruebe el séptimo), este año tocaba un aumento automático de salarios.

El problema llegó en el momento de hacer públicas las tablas salariales que contuviesen el mencionado incremento salarial.

En años anteriores, con los salarios congelados, no parecía problemático el no publicar nada en el BOE pero ahora sí.

La cosa ha ido avanzando lentamente. Primero se difundieron las "tablas oficiosas" después las partes llegaron al acuerdo de publicarlas y ahora, finalmente el BOE las ha plasmado oficialmente.

Aquí están


Ahora lo que cabe preguntarse es: si apostamos por ofrecer servicios de calidad a nuestros mayores (que somos nosotros mismos en unos años); si queremos aplicar modelos de Atención Centrada en la Persona en los que la gerocultora/auxiliar es la protagonista, junto con el propio mayor, del proceso de cuidado, ¿Podemos tener un sistema en el que esta profesional gana menos de mil euros al mes?

La respuesta es obvia: lo tenemos.  Pero ¿lo podremos seguir teniendo?

Cada vez hay menos personas jóvenes en proporción a los mayores.  Dentro de unos veinte años, cuando nos  estemos acercando al 30% de personas de más de 65 años (hoy son el 18%), será verdaderamente difícil encontrar a quien quiera trabajar haciendo labores de gerocultor.  Tenemos que ir preparando el camino y, la verdad, salarios sub-mileuristas son un ingrediente amargo de la receta.

El problema es que todo forma parte de la misma ecuación.   Allí donde la administración paga más  sus plazas concertadas, (vease País Vasco, en Guipúzcoa, por ejemplo 2.700 Euros al mes), los profesionales que trabajan en el sector tienen salarios más altos; en los mismos lugares, quienes no pueden acceder a plaza pública se ven incapaces de pagar los precios de las plazas privadas y optan por acudir a comunidades cercanas con convenios menos elevados y un precio más acorde con sus bolsillos.

Si alrededor de lo que factura una residencia de tercera edad lo gasta en personal y la demanda pública y privada pueden pagar determinados precios, los salarios de los profesionales acabarán adaptándose a los mismos.

Ya lo he explicado muchas veces pero lo voy a hacer de nuevo:  Cuando empecé a trabajar como inspector de residencias en 1991, el precio mensual de una residencia para mayores en Barcelona era de unas 65.000 pesetas al mes, cantidad que coincidía más o menos con lo que ganaba una gerocultora.  En los siguientes veinticinco años hemos introducido normativas y el sector ha hecho un gran esfuerzo de profesionalización que ha conllevado un incremento en los costes de los centros.  Ahora, el salario base de una gerocultora es algo inferior a los mil euros y en Barcelona la plaza en una residencia privada ronda los 1.750€ (sobrepasando muchas de ellas los 2.000€).

La consecuencia de esta evolución la vemos en el día a día de las residencias.  La posibilidad de ingresar a un familiar dependiente en una residencia privada requiere ahora un sacrificio mucho más elevado ahora que hace veinte años.  En consecuencia los residentes ingresan en un estado mucho más comprometido y requieren muchas más atenciones socio-sanitarias.  Las residencias son cada vez más centros residenciales para personas frágiles, con enfermedades crónicas, con polimedicación y con una elevada necesidad de apoyos.

Difícilmente podrán pagar más las residencias a sus empleados si nose incrementan los precios y difícilmente se incrementarán de forma importante los precios en una situación como la actual, en la que todavía nos estamos recuperando de la crisis.

Es en momentos como éste cuando necesitamos a gente imaginativa que planteen iniciativas originales.   ¿Alguien así está leyendo estas líneas?

lunes, 12 de junio de 2017

De viaje geroasistencial por Dinamarca, visitamos Dronning Anne Marie Centret



Volvemos a Escandinavia en un viaje geroasistencial organizado por Inforesidencias.com.  En esta ocasión somos 23 participantes y vamos a pasar cinco días entre Dinamarca y Suecia visitando residencias que tengan en común, además de la aplicación del modelo nórdico de Atención Centrada en la Persona, el uso de alta tecnología en el diseño y funcionamiento de los centros.  Como siempre que viajamos al Norte hemos contado con el apoyo fundamental de Astrid Lindstrom, una especialista en servicios sociales que posiblemente sea la mayor conocedora de los modelos de atención escandinavos en relación a los españoles.

El aspecto exterior no es nada institucional
Empezamos en la Vivienda Asistida (un híbrido entre residencia/apartamentos para mayores/unidades de convivencia que es el modelo dominante en Escandinavia) Dronning Anne Marie Centret de OK-Fonden.

OK-FONDEN es una Organización sin fin de lucro, fundada en 1967, propietaria de 15 establecimientos para personas mayores, 4 para personas con enfermedad mental y 1 establecimiento específico de cuidados paliativos tipo Hospice.  Esta entidad ha creado hace unos años una filial,  OK-Bolig A/S para el desarrollo de nuevos proyectos de Vivienda Asistida y de “Senior Colaborativas” (SeniorCo-Housing), la modernización de las antiguas el resultado es una verdadera especialista en diseño de lugares para la vida de personas mayores.  Una de las iniciativas que están llevando a cabo es la construcción en el centro de Dinamarca de una comunidad para personas con demencia pero a la vez para todo tipo de personas en la que convivan los mayores con cuidadores, estudiantes y otras personas, un lugar totalmente accesible física y cognitivamente para que todos, incluso quienes sufren demencia, puedan vivir bien. Verdaderos modelos de Atención Centrada en la Persona (ACP).

La Vivienda Asistida DRONNING ANNE MARIE CENTRET fue construida en 1978 y reformada en 2010, formando un conjunto de 3 edificios de 2 plantas, con 70 apartamentos de 65 a 85m2, agrupados en unidades de convivencia (modelo housing), con cocina y comedor en cada unidad, repartidas en dos alas, con terrazas y acceso a jardines. Y, en el edificio central, una cocina central, un café y salas para realizar actividades.  Podéis ver su perfil de Facebook aquí https://www.facebook.com/dronningamc.

Algo que sorprende cuando visitas la residencia es la sensación de libertad con la que viven los

residentes, muchos de ellos con un estado cognitivo deteriorado.  La ley prohíbe tener las puertas cerradas por lo que han optado por algo que ya hemos visto en Holanda, Alemania y también en España: disimular las puertas con imágenes que, salvo que sepas que lo que hay detrás es una puerta la hace pasar desapercibida.   Lo original de esta residencia es que los trampantojos no son vinilos o fotografías de papel pegadas sino que están pintados a mano convirtiéndose en unas pequeñas obras de arte.  Aquí tenéis algunos ejemplos.

No es una librería, es una salida de emergencia
Una pequeña obra de arte
Los apartamentos son posiblemente los más grandes que he visto en una residencia en mi vida, verdaderamente tienen más de 60m2 repartidos en dormitorio, minicocina, salita y un gran lavabo adaptado.  Lo único que pone la residencia es la cama, todo lo demás es del propio residente por lo que cada apartamento es totalmente diferente de los otros. Nos enseñan algunos que son los que sus ocupantes han accedido a abrir y, la verdad, tenemos la sensación de entrar en “su casa” no en una habitación. Nos comentan que en la reforma de 2010 sacaron dos de cada tres de los antiguos y colocaron en todos unas grúas de techo que permiten levantar y movilizar a los residentes de una forma original.


El exterior también resulta interesante.    Una zona ajardinada enorme con una valla que sólo la separa parcialmente de la calle exterior peatonal.  Esto quiere decir que una persona puede salir del jardín sin pasar por puerta alguna y simplemente irse.

Aquí empieza la experiencia interesante para un conjunto residencial que en total tiene casi a 100 residentes, el 80% con deterioro cognitivo.  Lo primero es que todo el equipo tiene que intentar que en la residencia pasen cosas interesantes para que los residentes se queden y no se vayan.

Cuando éstos se van, cosa que pasa a menudo, suelen ir a las tiendas que hay alrededor (un supermercado o una panadería). Pues la residencia ha llegado a un acuerdo con esas tiendas, ha formado a los empleados y les ha animado a que, si va algún mayor que parezca desorientado, le tienen que tratar de una forma determinada que no le ponga nervioso; si el mayor coge algo del súper, le hacen la cuenta, apuntan la guardan y después la residencia se hace cargo (pasándole la cuenta al residente, supongo) de lo comprado.  De esta manera la residencia ha ido formando a “voluntarios del alzheimer” que ayudan a que la vida de las personas con demencia sea la más normal posible.  A mí, lo confieso, me parece bastante increíble pero tal como nos lo cuentan no parece que estén mintiendo
 
La habitación apartamento individual con sus tres espacios
¿Qué hacer en la residencia para que sea tan interesante que los mayores prefieran quedarse?  Eso es responsabilidad del amplio equipo de personas que trabajan: contando atención directa e indirecta tienen 0,90 empleados por cada residente.  Esa cifra es muy interesante pero poco útil para hacer comparaciones. En las residencias danesas quienes trabajan en turno de noche, nos cuentan, trabajan 27 horas a la semana y quienes lo hacen en turno de día 37 por lo que, contando vacaciones.. se convierte en jornadas anuales de unas 1600 h.

Los empleados piensan siempre cosas para hacer que sean interesantes, signifiquen cosas y hagan que los residentes se sientan útiles. O sea muchas cosas domésticas, juegos a los que jugaban antes de ir al centro y muchas actividades de exterior.

Aquí un detalle simpático. Muchos daneses han practicado durante su vida el camping en roulotte, para ellos hay una en el jardín que utilizan para tomar el café o pasar el rato. A veces montan sillas y mesas plegables alrededor y hacen camping. Hasta ahora no se han quedado a dormir en la caravana pero no renuncian a hacerlo algún día.

Caravana reminiscente

Esto no lo vimos pero es lo que hacen como actividad significativo/campista

Cada habitación/apartamento con su balcón o porche

Una orientación al exterior verdaderamente espectacular

Los asistentes estamos de acuerdo que quizás tampoco querríamos irnos.

Como todo lo bonito tiene su lado pecuniario, hacemos las preguntas de rigor. ¿Cuánto cuesta? ¿Quién lo paga? ¿Cuánto ganan los empleados?

Según la Ley Danesa todos tienen derecho a una atención residencial si reúnen unos requisitos. Esta atención y financiación se gestiona desde los municipios. En el que visitamos calculan que el coste de la atención residencial, o sea lo que pagan por los cuidados que recibe la persona es de 130€/día, y es una cantidad que paga el municipio al prestador.   Además de este coste está el alquiler del apartamento y los costes hoteleros que paga cada residente y que viene a rondar los 1.000/1.200 Euros mensuales dependiendo del apartamento en sí.  Además hay algunos gastos adicionales y algunos servicios que se pagan a parte pero que no son muy significativos.  Aunque hacer una suma global puede resultar engañoso ya que tenemos en cuenta lo que es el alquiler del espacio, que entienden en Escandinavia que debe ser pagado por la persona, y la atención.  Podemos pensar que el coste total ronda los 4.500 Euros.

El salario del personal también es elevado, en comparación con España.  Lo que escribo es lo que nos responden ellos por lo que no son datos oficiales que haya consultado.  Nos hablan de un salario bruto anual de unos 49.000 Euros brutos para un profesional medio que, tras deducir el 40% de impuestos supone un salario neto de 2.200/2.400 Euros al mes.

Si alguien que conozca a fondo el sistema danés quiere corregir alguno de estos datos le invito a hacerlo en el apartado de comentarios.

Como siempre que visitamos Escandinavia, sales pensando, “Me encanta, pero ¿cómo pueden mantener esto?”. 

El grupo con nuestros anfitriones. Gracias.

 Yo me quedo con este pensamiento, otro día os explico la residencia high tech que hemos visto el mismo día por la tarde donde están aplicando el sistema Lean de Toyota para optimizar la eficiencia de forma que los empleados utilicen el mínimo tiempo posible haciendo cosas que no tienen que ver con el bienestar directo de los residentes, es lo que llaman “manos tibias” pero eso os lo cuento otro día.