La Generalitat parece estar jugando con esto de la acreditación transitoria.
Durante el año pasado, unas cuantas residencias "afortunadas" que no eran ni concertadas ni colaboradoras pidieron a ICASS poder acoger a usuarios de prestación económica vinculada y fueron agraciadas con ese regalo (ver carta que recibieron), eso sí, a condición de no cobrar a los residentes beneficiarios más de lo que ICASS paga por una plaza concertada de gran dependencia. El motivo aparente por el que se les concedía esa prebenda era que habían solicitado la concertación de plazas y que cumplían los requisitos de concertación (o sea los pliegos de cláusulas que utilizaba la administración por entonces).
Después vino la Cartera de Serveis que generalizaba el reconocimiento de acreditación transitoria para todas las residencias que cumpliesen los requisitos con los que la administración concierta plazas (otra vez, se supone que será los pliegos de los conciertos de entonces).
Ahora viene la Nota Informativa y el nuevo pliego que, como dije hace unos días básicamente contiene lo mismo que el de las 1.500 plazas más el requisito de inscribir en procesos de cualificación profesional a un número de gerocultores. Pero, se me pasó algo por alto.
Entre el nuevo pliego que se ha inventado la Generalitat aparece un regalito para las residencias de menos de 25 plazas.
Antes se les pedía que tuviesen como mínimo 12 m2 para una sala de fisioterapia, y 10m2 para las salas de visitas y de profesionales. Pues bien, ahora se mantiene eso para las de más de 25 y, para las que tienen menos, se reduce el mínimo a 6m2 para la sala de visitas y profesionales dejando la de 12m2 para la de fisio.
Conozco muchas residencias pequeñas a las que la obligación de disponer de las tres salas específicas les suponía un problema insalvable a la hora de ser colaboradores con el sistema anterior a 2008. No sé si muchas verán mejorar las cosas.
Lo que sí me queda claro es que lo opción que ha tomado la Generalitat está equivocada ya que está lanzando mensajes bastante equívocos.
¿Debemos pensar que este cambio indica que el futuro decreto de acreditación distinguirá por tamaño de la residencia a la hora de establecer requisitos? ¿Debería una residencia pequeña que pensaba que no podría acreditarse nunca porque le faltaban espacios afrontar unas obras para cumplir con los espacios que aparecen ahora, o éstos serán sólo provisionales y cuando aparezca el Decreto definitivo se volverá al 12+10+10m2?
La tarea de redactar el Decreto de Acreditación no es baladí. La Generalitat tiene primero que tomar unas decisiones clave:
- ¿Apuesto por un modelo de acreditación único o establezco una acreditación/clasificiación que segmente las residencias en niveles de forma que diferentes centros puedan atender a diferentes perfiles de dependientes con diferentes financiación?. Esta pregunta es clave y existen fuertes posicionamientos en una y otra postura.
- ¿Aprovecho la acreditación para hacer una reinvención del modelo sociosanitario de larga estancia?
- ¿Qué pasa con quiénes no puedan acreditarse? Quien diga que pueden seguir funcionando en el mercado privado no dice toda la verdad ya que, si todos los dependientes tienen derecho a algún tipo de ayuda que pueden gastar en un centro acreditado, no ser acreditado suponer no poder acceder a la mayor parte de la demanda. Lo he dicho muchas veces y lo repito. Si se apuesta por un modelo de acreditación que deja a empresarios autorizados, y que funcionan legalmente, fuera del mercado, deben arbitrarse medidas: plazo transitorio largo, un plan de reconversión serio o incluso indemnizaciones. Lo que no debería hacerse es actuar como si no pasa nada y ver como una intervención pública expulsa del mercado a quienes en su día fueron emprendedores y crearon tejido empresarial. Otra cosa sería que fueran los usuarios los que no quisieran ir a determinadas residencias y éstas tuvieran que cerrar, pero sabemos que no es lo que sucede.
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