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domingo, 16 de diciembre de 2012

SEGUIMOS HABLANDO DEL ENDOSE DE LAS PEVS

El pasado 29 de Agosto escribí una entrada en el blog titulada Impagos y PEVS a raíz de las noticias que me llegaban según las cuales la Generalitat de Catalunya estaba pidiendo a las residencias acreditadas para acoger a beneficiarios de Prestaciones Económicas Vinculadas (PEVs) que enviasen sus datos bancarios de forma que estas prestaciones fuesen ingresadas directamente en la cuenta de la residencia en vez de pagarse al beneficiario.

Entonces dije claramente que no había una base jurídica clara para obligar a las residencias a aceptar el pago directo y que las residencias podían optar.

Ha ido pasando el tiempo y sigo recibiendo llamadas de residencia a las que les siguen presionando desde el ICASS para que presenten el papel con los datos bancarios.

Para contrastar algo las cosas he estado en contacto con el ICASS a ver si me podían confirmar que existía esa "presión" sobre las residencias para que acepten cobrar directamente.

En el fondo lo que busco es respuesta a una pregunta:  Si el beneficiario de la prestación es la persona dependiente ¿quién es la residencia para decidir cómo tiene que cobrarse la prestación económica?  ¿No sería más razonable que fuese el propio dependiente o sus familiares de referencia quienes decidiesen si quieren que la ayuda se les siga pagando a ellos o vaya directamente a la residencia?

Desde el ICASS me informan de lo que parece ser un malentendido.

Al parecer la intención de la administración al permitir que las residencias pidan cobrar directamente las prestaciones es dar respuesta a un problema que tienen algunas residencias (que las familias cobren la prestación y después no la paguen a la residencia).  Por eso, no existe presión, si la residencia no quiere el endose, sólo hace falta que lo diga (palabras textuales).

Antes de recibir estas aclaraciones pensaba que lo mejor era hacer intervenir a los usuarios y sus familiares, pero, si diciéndolo es suficiente, es mejor no liar la cosa.

En la Generalitat están sorprendidos por todo este asunto ya que, según me comentan, cuando hicieron las reuniones para explicar el sistema y expusieron que las PEVS se irían pagando a las residencias nadie puso objeciones.

Creo que ICASS tiene en parte razón ya que, para algunas residencias que temen que la familia no pague, el endose puede ser una buena opción.  Por otro lado, el miedo más intenso que tienen las residencias se centra en la posibilidad de que la Generalitat se retrase en el pago de las prestaciones con más facilidad si tiene que pagarlas a las residencias que a los usuarios.  No es un temor sin fundamento ya que, hasta ahora las PEV se han librado de los impagos producidos.

Quizás porque llevo unos cuantos años en esto, me resulta imposible dejar de ver el paralelismo entre lo que estamos viviendo ahora y lo que fue la entrada en funcionamiento del sistema de colaboración en los años noventa.  La diferencia es que entonces la colaboración era casi el único sistema mientras ahora conviven tres (concierto, colaboración y PEV).  En dos de ellos la Generalitat puede retrasarse en el pago haciendo recaer el menoscabo en las residencias mientras en las PEV, si deja de pagar, quien dejaría de cobrar serían los ciudadanos.

Con los antecedentes que tenemos, no es descabellado pensar que, si todas las PEV se pagasen directamente a las residencias, la próxima vez que una tensión de tesorería recomendase atrasar pagos, ese atraso afectaría a estas prestaciones igual que lo haría con el concierto y la colaboración.  Quizás sería más equitativo que así fuera, pero para las residencias que tienen usuarios beneficiarios de PEV, pedirles que entren voluntariamente en la boca del lobo se me muestra un poco desmesurado.

Lo bueno es saber que no es la intención de la Generalitat presionar a nadie por lo que, cada residencia puede decidir y sólo deberá escribir a Palau de Mar aceptando o no el cobro directo.

Espero, además, que las tensiones de tesorería vayan disminuyendo y esta reflexión se quede en papel mojado.

lunes, 30 de enero de 2012

PARECE QUE EL CAMBIO DE COPAGO VA EN SERIO

Hace unos días pensaba que eso de subir el IPC la parte del copago de los usuarios de residencias catalanas manteniendo el precio que cobran las residencias colaboradoras se quedaría en agua de borrajas. Después de hablar con unos y los otros pensé que era una táctica de la Generalitat para que las residencias dejasen de pedir el poder subir ese IPC.  El planteamiento era claro:  "Si queréis subir el IPC a los usuarios lo podéis hacer, pero yo os bajaré lo que os pago en una cantidad equivalente, de forma que, al final, cobraréis lo mismo".

Como en mi cabeza seguían sonando las palabras del Conseller Cleries en un acto reciente ("Flexibilidad y confianza" como principios en la relación entre su Departamento y el sector), me costaba mucho entender cómo se le podía dar la vuelta a una propuesta realizada desde las asociaciones de residencias volviéndola contra ellas mismas.  Pensé entonces que todo se quedaría en agua de borrajas, pero me equivoqué.

Hoy me han hecho llegar la circular que ha enviado la Asociación Upimir a sus asociados en la que se hacen eco de una reunión mantenida con la Directora General del ICASS el día 27 y en la que les confirmó que su intención era modificar el copago de "algunos" residentes, amparándose en el artículo 67.1 de la Llei de Serveis Socials de Catalunya.  

Lo primero que ahora me ha sorprendido es que la Generalitat, en vez de reunir a la Taula Tècnica (donde normalmente se reúne con los representantes de las residencias), ha decidido llamar por separado a las asociaciones e ir informando a cada una (sin entregarles documento alguno) de su decisión.  Así que, como en otras ocasiones, cada asociación redacta su circular y la envía a sus asociados con lo que "ha entendido que les han dicho".  Esta es la circular de Upimir se explica la intención de la Generalitat.  Subir a los residentes que ocupan plaza de colaboración,  que no están pagando lo máximo permitido en la cartera del serveis, un 2,9% su aportación y restar esa cantidad de lo que paga la Generalitat.

Con independencia de quién se vaya a quedar con lo que supone la medida (sean las residencias o el ICASS), lo que está claro es que, para cambiar lo que paga el usuario haría falta un procedimiento.

Entiendo que el único supuesto en el que casi no haría falta hacer nada sería si se hubiese optado por subir el IPC a las cantidades correspondientes a copago y dejarlo a disposición de los prestadores.  En cualquier otro supuesto haría falta, cuanto menos una notificación y, si queremos ser muy escrupulosos, una modificación de la cartera de serveis.

Digo que podría no haberse hecho nada porque el Programa de Suport a l'Acolliment Residencial, o sea, todo lo de las residencias colaboradoras, viene de lo que existía antes de la Ley de Servicios Sociales de 2007.   Se trata, pues, de una figura a extinguir y  por ello tiene un encaje un poco peculiar en el sistema actual.  Me explico:  Una persona acogida en una residencia colaboradora, en teoría, no está recibiendo un servicio sino una prestación económica.  La residencia no está prestando un servicio público en forma de concierto (la única forma contemplada por las Leyes de Dependencia y Servicios Sociales para que se preste un servicio en un centro privado) sino que tiene firmado un acuerdo con ICASS que le compromete a acoger a una serie de usuarios a un precio pactado, cumpliendo unas condiciones y siguiendo una serie de las instrucciones del ICASS.

La última vez que ICASS se dirigió por escrito a las residencias colaboradoras, a finales de 2008 (cuando ya estaba en vigor la Llei de Serveis Socials de 2007), les hizo llegar un documento titulado "Instrucciones para entidades colaboradoras"  en el que se les explicaban, entre otras cosas, la gestión de listas de espera, el ingreso de los residentes, la comunicación de los traslados,  el cómo obtener la contraseña para relacionarse con ICASS por internet,  la modificación del grado de dependencia y ¡sorpresa!  qué se podía y no cobrar al residente.  Esto decían las instrucciones:  "Las aportaciones económicas llevan incluido el IVA, por tanto el centro no puede cargar ningún importe por este concepto.  Excepto la actualización del IPC, en ningún caso, el usuario y/o su familia abonarán, por los servicios mínimos obligatorios una cantidad superior a la establecida en la resolución de la concesión de la ayuda económica".

O sea, que en las últimas instrucciones escritas que han recibido los centros colaboradores, ICASS les dice que pueden actualizar lo que cobran por los servicios mínimos aplicando el IPC a la parte que cobran del residente.

Insisto, que, en la medida en que el Programa de colaboración es algo que vive en la transitoriedad, si la Generalitat hubiese querido, sin decir nada hubiera podido permitir que las residencias colaboradoras cobrasen el IPC a los residentes.

¿Y si alguien hubiese dicho que eso suponía superar el coste de referencia para el servicio de residencia asistida previsto en el Decreto de Cartera de Serveis? La respuesta podría ser que, al no tratarse de una prestación de servicio en residencia pública o concertada, no sería de aplicación el punto de la cartera de serveis referido a los servicios de residencia asistida (1.2.3.3.2.)  sino el 2.1.10 referido a la prestación económica vinculada.  Al fin y al cabo, el programa de colaboración se parece mucho más a una PEV que a un concierto.

Sé que la solución que propongo tendría sus implicaciones ya que haría surgir a la superficie que, según para qué, estamos considerando las plazas de colaboración como servicio o prestación económica.  Pero, aplicando los principios de "flexibilidad y confianza" seguro que se encontraría una solución.

Saliendo de especulaciones y volviendo al mundo real:  ¿qué pueden y deben hacer las residencias?

Las patronales dicen muy bien que, hasta que no haya una instrucción por escrito del ICASS no hay que hacer nada.  Pero, ¿y las residencias colaboradoras que no reciben circulares de las patronales ni leen este blog y que lo único que tienen es la instrucción escrita de ICASS que les dice que pueden subir el IPC?

Yo entiendo que si cumplen con la instrucción recibida no pueden ser sancionadas ni sufrir efecto adverso alguno.  Las residencias, como los ciudadanos, están afectadas por lo que las administraciones les comunican directamente o a través de los diarios oficiales.

Si una residencia ha actuado siguiendo el criterio escrito recibido de la administración.  Que espere al nuevo criterio mientras se rige por el vigente.