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miércoles, 29 de agosto de 2012

IMPAGOS Y PEVS

Los impagos de la Generalitat de Cataluña de finales de julio afectaron a las entidades y empresas que gestionan centros públicos, a las residencias concertadas y a las colaboradoras.  Las personas que reciben prestaciones económicas para el cuidado no profesional y las que reciben prestaciones económicas vinculadas quedaron excluidas del impago.

La diferencia entre una prestación económica vinculada (PEV) y la colaboración es bastante pequeña.


  • En ambos casos se trata de dar una ayuda económica a una persona para que pueda pagar el precio de una residencia privada aportando  la diferencia entre lo que paga la Generalitat y el precio de la plaza. 
  • En ambos casos sólo las residencias que acreditadas (según los criterios que se establecen en cada momento) pueden acoger a usuarios beneficiarios de la prestación. 
  • En ambos casos la residencia factura el total de lo que cobra al ciudadano, de hecho en teoría la residencia no recibe nada de la Generalitat sino que ésta lo da al residente y éste a la entidad. 


La diferencia principal radica en que en el caso de la colaboración, desde el principio se estableció un sistema de precios máximos que podía cobrar la residencia y en el caso de las PEV, hasta que la Generalitat se sacó de la manga el establecimiento de un "tope", las residencias podían cobrar su precio de mercado.

Cuando en los años noventa del siglo pasado se empezaron a dar ayudas para ingresar en centros colaboradores, ICASS pagaba directamente a la persona para que afrontase el pago de la residencia.  Pasado el tiempo, y en parte para evitar que algunos familiares se quedasen el dinero "olvidando" pagar la residencia, se empezaron a "endosar" las ayudas, de forma que éstas, aunque eran del residente las cobraba directamente la residencia.  Con el tiempo se generalizó el pago directo a las residencias con lo que, cuando la Generalitat ha tenido que dejar de pagar algo, ha podido meter en el saco del impago a las plazas colaboradoras sin que los teóricos receptores de las ayudas (los residentes) se hayan dado cuenta.

Lo lógico sería que las residencias colaboradoras hubiesen reclamado el pago de las estancias directamente a los residentes, éstos habrían reclamado a la Generalitat el pago de sus prestaciones con lo que la situación hubiera sido mucho más incómoda para la administración catalana.  Esta no habría tenido delante a unos cientos de residencias sino a miles de furibundos ciudadanos.  Así que podemos convenir que el cambio de sistema  ha sido malo para las residencias pero bueno para la Generalitat.

Con esa premisa, podemos ver, como despacito, pero lo que pasó con la colaboración se va haciendo con los PEVS.

Veamos cómo van las cosas:

El Decreto 142/2010, que contiene la Cartera de Servicios Sociales de Cataluña establece en su artículo 5.2 que El importe de las prestaciones económicas otorgadas a las personas beneficiarias pueden ser abonadas directamente a la entidad proveedora del servicio vinculado informando a su vez a la persona beneficiaria o a quien la represente legalmente. 

La clave está en la palabra "podrá".  ¿Qué quiere decir?  ¿Que es una opción de la que disfruta la propia Generalitat o que depende de algo (como el acuerdo con la entidad)?  Además ¿qué es eso del "servicio vinculado"?

La respuesta la tenemos en la polémica instrucción 1/2011 del ICASS en la que se nos dice que "En aplicación del artículo 5.2 del Decreto 142/2010, de 11 de octubre por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales, el importe de las Prestaciones Económicas Vinculadas al Servicio otorgadas a personas beneficiarias serán abonadas directamente a la entidad proveedora del servicio vinculado  informando a su vez a la persona beneficiaria o a quien la represente legalmente. "

Siguiendo con esta línea, ICASS lleva ya unos mese enviando a las residencias acreditadas un mail en el que les dicen que "De acuerdo con la clausula sexta de la instrucción 1/2011 del procedimiento transitorio de acreditación  de las entidades que dispone que  el importe de las Prestaciones Económicas Vinculadas al Servicio otorgadas a personas beneficiarias serán abonadas directamente a la entidad proveedora del servicio vinculado  informando a su vez a la persona beneficiaria o a quien la represente legalmente, os agradecería que tramiteis el modelo cumplimentado lo antes posible".  Junto con el mail hay un formulario de transferencia bancaria.

Las residencias que han recibido el mail se preguntan.  ¿Qué hace que la Generalitat se haya convertido de repente en alguien tan amable?  ¿Qué quiere decir "os agradecería"? ¿Estoy obligado a rellenar y enviar el formulario?

Yo creo que no.  No veo en el mensaje que están recibiendo las residencias un verdadero requerimiento.  Además no veo que la instrucción 1/2011 que establece el procedimiento transitorio de acreditación sea el instrumento adecuado para concretar la opción que establece la Cartera de Servicios, y lo creo porque, lo que dice la instrucción 1/2011 sólo se aplica a unas cuantas residencias de entre las que pueden acoger a beneficiarios de PEV ( la disposición transitoria de la propia Cartera de Servicios establece que los centros colaboradores y los concertados quedan automáticamente acreditados por lo que no les es de aplicación la instrucción 1/2011).

Por eso creo que las residencias que no quieran cobrar las PEVs directamente de la Genralitat  y sencillamente no respondan al mail no sufrirán mayores consecuencias (de momento).  Aquéllas que respondan y envíen el formulario empezarán a cobrar del ICASS.  A las que prefieran responder manifestando su negativa se les podría proponer un texto  como este: "Acusamos recibo de su mensaje de dia... y debido a que no nos requieren expresamente  a presentar el documento de domiciliación bancaria les comunicamos nuestra preferencia por mantener el sistema que hemos aplicado hasta ahora. Entendemos que nos ampara el  artículo 35 f de la Ley 30/1992 que establece el derecho a  no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate.   El punto de la instrucción 1/2011  a que se refieren en su escrito hace referencia al artículo 5.2 del Decreto de Cartera de Servicios (norma aplicable) que dice que las prestaciones económicas vinculadas se "podrán" pagar directamente al prestador.  Entendemos que estamos ante una potestad discrecional que requiere de motivación para ser concretada y no hemos sido capaces de encontrar esa motivación.  Por lo anterior, si existe una obligación de presentar el docmento solicitamos se nos realice el requerimiento mencionando la norma que la establezca".

Quizás pocas residencias se atrevan a enviar este escrito al ICASS.

Sea como sea, el camino parece establecido y no me extrañaría que una nueva remesa de cartas, esta vez conteniendo requerimientos, estén ya preparándose en algún despacho de Palau de Mar.  Se podrán encontrar argumentos jurídicos para evitarlo pero dudo que haya residencias que los planteen por miedo a perder la acreditación. Por eso me temo que la próxima vez que la tensión de tesorería atenace a la Generalitat, las prestaciones económicas vinculadas entrarán en el saco de los impagos.

sábado, 1 de octubre de 2011

ME MATAN SI NO TRABAJO..

Dice la canción de Nicolás Guillén popularizada por Ana Belén


Me matan si no trabajo,
y si trabajo me matan.
Siempre me matan, me matan, ay,
siempre me matan.

Acabo de colgar el teléfono. He hablado con una “persona amiga” del Departamento de Benestar de Cataluña. Se queja de que haya dado la sensación en este blog de que el Departament lo ha hecho todo mal: Si aplazaba pagos porque los aplazaba, si conseguía limitar el efecto de la suspensión, porque lo conseguía,  y que, en todo este proceso nadie está reconociendo el esfuerzo que han hecho, que ha sido considerable. Cuando le he dicho que me parece de risa que ahora digan que la primera información (la del día 26 al mediodía) no era sobre datos definitivos me ha respondido que es muy difícil apreciar desde fuera lo que les ha costado conseguir lo que al final ha sido.

Como he trabajado casi diez años en ese Departamento sé que muchas veces resulta difícil que un aparato tan grande actúe a la una. También sé que aún resulta más difícil coordinar el funcionamiento de un Departamento con todos los demás para dar la sensación de que la Generalitat es “una única cosa” y no el conjunto descoordinado de partes. Y por último, también sé, que en la situación actual, la fuerza que tiene el Departament d’Economia cuando plantea medidas dolorosas es muy intensa y de difícil apaciguamiento.

Por eso, quizás dentro de diez años, cuando miremos en perspectiva lo que ha pasado, el Conseller Cleries reciba una medalla por su ímprobo esfuerzo. Pero hoy no. Hoy tendrá que seguir esforzándose porque, con casi toda seguridad, el futuro nos deparará más embates como el que hemos vivido estos días y, por el bien de todos, espero que haga un análisis para aprender de esta experiencia y hacerlo mejor la próxima vez.

miércoles, 28 de septiembre de 2011

UNA REFLEXIÓN SOBRE LA SUSPENSIÓN DEL PAGO DE LOS CONCIERTOS

Desde que la Generalitat anunció que dejaría de pagar durante dos meses las plazas que tenía contratadas con las residencias geriátricas privadas mediante el sistema de concierto y que sólo pagaría una parte de lo que tenía comprometido con otras residencias para personas mayores dependientes mediante el sistema conocido como “de colaboración”, el enfado y la confusión se instaló en el sector.

Ese día hablé con varios medios de comunicación que me pedían aclarar conceptos y conseguir cifras: ¿qué diferencia hay entre colaboración y concierto?, ¿cuántas plazas hay de cada tipo en residencias? ¿de cuánto dinero estamos hablando?.  No era yo el primero a quien llamaban.  Antes habían intentado obtener respuesta en organizaciones patronales, asociaciones o en la propia administración.  Lo que consiguieron fue saber que el sistema es artificialmente complicado y que la Generalitat convergente no ha mejorado la opacidad estadística a que nos tenía acostumbrado el anterior gobierno.

Voy a intentar explicar en pocas líneas de qué va la cosa y qué puede suponer la medida adoptada por la Generalitat.

Lo primero es destacar que en Cataluña existe una tupida red de mil residencias asistidas para mayores con un tamaño medio de unas 55 plazas de las que más de dos terceras partes corresponde a una activa iniciativa privada (mercantil y sin ánimo de lucro) que lleva años invirtiendo y trabajando en el cuidado a personas mayores.

Una peculiaridad del sector de las residencias geriátricas en Cataluña, antes de la entrada en vigor de la Ley de Dependencia es que, cuando la administración quería financiar estancias de personas mayores en residencias, en vez de utilizar el sistema del concierto (compra de plazas) utilizaba el sistema de “colaboración”: una ayuda económica al mayor para ayudarle a pagar el precio de la residencia geriátrica privada “colaboradora” en la que ingresaba.  El usuario podía elegir en qué centro geriátrico ingresaba y, si no le gustaba podía cambiar.  Las residencias geriátricas privadas que querían ser colaboradoras se acreditaban cumpliendo unos requisitos y se comprometían a ingresar a un cierto número de residentes “del programa” cobrando como máximo un precio que determinaba la Generalitat.  El sistema de “copago” era también bastante equitativo ya que, alguien con capacidad adquisitiva podía llegar a pagar más del 90% del precio y, si los hijos de la persona mayor tenían capacidad adquisitiva se les hacía participar  con aportaciones que en muy pocas ocasiones superaban los 120€ al mes.  La verdad es que era un sistema que funcionaba bastante bien.  Yo diría que, si se hubiese ajustado la tarifa y agilizado la tramitación burocrática hubiera sido perfecto, y lo mismo pensaba casi todo el mundo.  El problema es que desde determinado posicionamiento ideológico se veía como un “cheque” y,   el “cheque es de derechas”.  Así que se tomó un sistema que funcionaba y se decidió cambiarlo por otro, el concierto, dejando el sistema de colaboración como algo “a extinguir”.

A todo ello, la Ley de Dependencia (LAPAD) creó dos nuevas modalidades de financiación: la Prestación Económica Vinculada, que supone más o menos lo mismo que la “colaboración” (una ayuda económica para ingresar en una residencia de tercera edad privada mientras se encuentra plaza en una pública o concertada) y la Prestación para el cuidado en el entorno familar (una ayuda de hasta 525€ al mes para que el mayor se quede en casa cuidado por un familiar) de forma que, en cuestión de poco tiempo se pasó de un  sistema a cuatro.

¿De qué depende hoy que un ciudadano acabe cuidado en su casa, en un centro residencial geriátrico público, privado, concertado o de prestación económica vinculada?.  La respuesta es ruborizante ya que no existe una clara. Teóricamente son personas con idéntico derecho pero si uno acaba atendida en una residencia geriátrica pública gestionada por la propia administración costará a las arcas públicas unos 4.000 Euros al mes, si se le atiende en una residencia geriátrica pública gestionada por una empresa o en una concertada el coste baja a menos de la mitad, si se utiliza el sistema de colaboración o el de prestación vinculada, difícilmente pasará de los 1.200 euros; si se opta por dar la ayuda para el cuidado en casa no subirá de 525 euros.  Por supuesto las cifras son estimaciones ya que en Cataluña no se hacen públicos los datos de coste per cápita según sistema de prestación.

Así las cosas, durante los últimos años la Generalitat ha mantenido unas cuantas residencias geriátricas públicas gestionadas por la propia administración, ha construido residencias públicas contratando a empresas para gestionarlas,  ha ido firmando conciertos de miles de plazas y ha reconocido prestaciones económicas vinculadas dejando el sistema de colaboración como algo residual pero numéricamente importante. Pero también desde la entrada en vigor de la Ley de Dependencia, la misma Generalitat ha permitido que el 70% de las personas que piden prestaciones de la Ley de Dependencia sean cuidados por sus familiares a precio de saldo. Durante estos mismos años los costes de las residencias han crecido (nuevos requisitos administrativos, creciente costes de personal) mientras la “tarifa pública” se ha congelado o a crecido por debajo de los costes  llevando a una situación difícil a muchas empresas.  También durante este tiempo la administración ha seguido relacionándose con el sector privado desde la desconfianza, ha reglamentado hasta el detalle el funcionamiento de las residencias (hoy es más meticulosa la reglamentación de personal y espacios que se aplica  a una residencia que a un hospital) y se ha aprobado  una ley  super-sancionadora no comprensible si no es desde la desconfianza.

Un último elemento nos servirá para entender el intríngulis de la situación actual: la forma de actuar de la Generalitat:  dejando aparte un proceso de concertación transparente en 2008 en que, se concertaron 1.500 plazas permitiendo concurrir a todas las residencias de tercera edad privadas, se ha utilizado sistemáticamente un sistema del cual el nombre lo dice todo: “sistema negociado sin publicidad”.  También la administración ha ido convirtiendo en “informal” su relación con el sector.  En vez de dictar resoluciones y normas publicándolas en el diario oficial y notificándolas a los interesados, la Generalitat ha ido optando por “colgar” documentos en su página web o informar a las patronales de asuntos que, legalmente requerirían de unos requisitos y formalidades que permitiesen un grado de seguridad jurídica.

Sólo la falta de visión general o el “cortoplacismo político” pueden explicar que se haya dejado llegar la situación hasta aquí, pero aquí estamos.

Veamos ahora lo que parece que ha hecho la Generalitat, digo “parece” porque hasta hoy (28 de septiembre) no ha entregado un documento escrito a nadie en  el que se explique qué  ha decidido exactamente:

Dejar de realizar dos de los pagos periódicos que reciben los centros concertados y las empresas que gestionan residencias públicas 

y que deberían hacerse el 30 de septiembre y el 30 de octubre.  Estos pagos corresponden a las estancias producidas en la residencias los meses de julio y agosto.  Cuando las residencias reciban el 30 de noviembre un pago, éste corresponderá a las estancias de septiembre, por lo que los dos pagos no realizados quedarán en una especie de limbo que, según han asegurado, se liquidará antes de finalizar el año.  La Generalitat sabe que muchas de las empresas que gestionan residencias públicas tienen como mayor cliente a la propia Generalitat  por lo que espera que, si se quejan lo hagan con la boca pequeña.  Más o menos puede esperar lo mismo de aquéllas empresas que hayan concertado mediante un sistema negociado sin publicidad ya que, al fin y al cabo, muchas hubieran querido tener ese concierto pero no fueron llamadas.  Así, las que se quejarán con más fuerza serán las que concurrieron al concierto de 1.500 plazas, ajustaron su precio, constituyeron la fianza que se les pedía y ahora se enteran de que no van a cobrar.  Algunas  de estas empresas pueden tener verdaderos problemas para hacer frente a sus gastos corrientes si no reciben más ingreso que el copago de los usuarios (que difícilmente alcanzará al 30% del total). 

Pagar únicamente el 65% a las colaboradoras en los libramientos que reciban en Septiembre y Octubre.  


Estas residencias tienen una connotación diferente ya que teóricamente la cantidad no la van a dejar de recibir las residencias sino los usuarios. La “colaboración” es una ayuda económica al ciudadano para que pague la residencia, lo que pasa es que desde hace años, para facilitar las cosas, la administración ingresa directamente las cantidades al centro.  O sea que, en teoría, las residencias colaboradoras podrían comunicar a la Generalitat que ya no quieren cobrar directamente y que prefieren cobrar el 100% del usuario y que sea éste quien cobre la ayuda de la Generalitat.  No creo que haya demasiadas residencias que lo hagan  ya que, en muchos casos los familiares no podrán pagar o, sencillamente se negarán, trasladando el problema al propio centro.

¿Por qué no ha afectado la suspensión a las prestaciones económicas vinculadas o a las prestaciones para el cuidador familiar?   


No le veo ninguna lógica ya que son cantidades que vienen a sufragar exactamente la misma contingencia relativa exactamente a las mismas personas.  Además, si se busca salvar un problema de tesorería, porqué no afectar a la prestación que se está prestando en el 70% de los casos.  Imaginemos que se hubiese dicho que los cuidadores familiares recibirán en septiembre y octubre el 65% o el 80% de la ayuda. Esta medida podría haber permitido atemperar las otras o incrementar su efecto sobre “la falta puntual de tesorería”.  Quizás el problema es que, después del desgaste que tuvo el Departament durante el verano con la PIRMI, no les ha parecido correcto abrir un nuevo frente.  Si este ha sido su razonamiento, ha sido erróneo ya que la polémica estaba servida y no hubiese sido mucho más ruidosa habiendo acabado de hacer el trabajo.
Decía más arriba que no sabemos exactamente en qué quedará todo esto, pero vayamos a lo que sí sabemos:

Hablando con directores y gerentes de residencias para mayores saco la conclusión de que, muchos de ellos estaban esperando que se produjese “algo” y en la medida de sus posibilidades se estaban preparando.  Sólo quien no lea ningún periódico podía pensar que la restricción pasaría de largo del sector de mayores.  Lo que les ha indignado es el alcance de la medida y las formas:

-          Anunciar el varapalo cuatro días antes de que tenga efecto.
-          Encargar el anuncio a la Directora General del ICASS sin la presencia del conseller ni de nadie de Economía.  Es más, algunos de los asistentes al anuncio me comentaron que parecía que la Directora General estuviese anunciando una especie de imposición “de fuera” como si no fuese tan Generalitat Benestar y Familia como Economía y Finanzas.
-          No comunicar nada a los interesados directamente y por escrito sino de forma informal a las patronales (no olvidemos que muchas residencias no están adscritas a ninguna de estas patronales).  Esto ha producido que la reunión se haya convertido en una especie de “aparición” de la que cada testigo tiene su versión.
-          Anunciar la suspensión sin acompañarla de alguna medida que permitiese aligerar sus efectos y que demostrase un mínimo de empatía con el sector.  Estas medidas, que no tendrían efecto presupuestario podrían ser, entre otras, la flexibilización en la forma de exigir los requisitos de personal a los centros concertados y colaboradores; permitir cobrar los servicios hoteleros extras o aplicar directamente el IPC a la cuota que pagan los usuarios.
-          Incrementar la falta de empatía cuando el Conseller aparece en televisión y quita importancia a la medida.

A principios de octubre y de noviembre, cuando se tengan que pagar las nóminas (el personal supone más del 60% de los gastos de una residencia) conoceremos el alcance de la medida y veremos en qué medida los empleados y proveedores de los centros la sufren como las empresas prestadoras de servicios a personas ancianas dependientes.

El sector privado de la atención a mayores es un tesoro para Cataluña en el que conviven fundaciones, asociaciones y órdenes religiosas con empresarios de diferente tamaño y naturaleza que durante años, y mucho antes de que la administración adquiriese protagonismo, ya invertían y prestaban servicios.  Quizás debería tenerse esto en cuenta antes de tomar otras decisiones o antes de pensar cómo comunicarlas.

Mientras tanto.  Los que están buscando plaza en una residencia para personas mayores privada, ya sea que piensen o no pedir una ayuda pública, tardarán un poco en sufrir las consecuencias de este impago, pero de alguna forma, la sufrirán.