jueves, 28 de febrero de 2013

MANERAS DE ENTENDER EL ENDOSE DE LAS PEV


La Generalitat ha decidido que la mejor forma de transmitir a las residencias cómo funcionarán los pagos de las Prestaciones Económicas Vinculadas es convocar una serie de reuniones y explicarlo directamente a los afortunados asistentes.

Quizás sería más “del siglo XXI” poner una información clara y para todos en la web del Departament de Benestar Social i Família.  Quizás sería más “de estado de derecho”, publicar una norma o comunicar a los interesados unas instrucciones. Pero no, la Generalitat parece valorar más la cercanía  y la comunicación verbal.

El problema es que no todas las residencias acreditadas han podido asistir a las reuniones que se llevaron a cabo entre el 19 y el 21 de febrero. Bueno, también es un problema que no todos los que asistieron entendieron lo mismo.

Para ayudar a aclarar las cosas, tres patronales:  ACRA, Upimir y la Unió han hecho llegar a sus asociados sendas circulares en las que les comunican lo que se dijo en la reunión.  De nuevo un problema: o lo entendieron diferente, o no se dijo lo mismo en todas las reuniones, o quienes escriben tienen diferente capacidad de condensación de la información.

Durante los últimos días me han llegado de diferentes personas las circulares y recomiendo la lectura de las tres para poder aclarar un poco las cosas.


La sensación al leerlas es parecida a la que se tiene al leer los Evangelios:  hay varios, todos nos ofrecen un mensaje básicamente igual aunque a veces hay matices e incluso contradicciones.  No soy nadie para opinar sobre la forma en que la Divinidad transmite su mensaje pero sí lo soy para exigir más concreción y seguridad a mis gobernantes.

Centrándome en el mensaje: Está claro que a partir de ahora no es obligatorio endosar las PEVs y que tampoco hay que tomar una opción que afecte a todos los residentes por lo que las residencias podrán acabar teniendo algunas prestaciones endosadas y otras no. 

Queda también claro que la opción, por defecto es el endose.

No es que haya enormes diferencias pero, algunas frases llaman la atención.

En la circular de ACRA se indica que “Mientras no haya resolución administrativa que le reconozca la prestación, el centro puede cobrar al usuario el precio de la plaza privada”.

En la de Upimir se indica “Desde ahora todas las altas y las bajas de residentes que sean beneficiarios de una PEV se deben hacer vía web del Departamento, o sea, a todos los usuarios que tengan reconocida una PEV y no se les haya dado de alta en un establecimiento vía la página web del Departamento se les parará la tramitación del PIA hasta que les conste el alta en un establecimiento adecuado  a su reconocimiento de la Dependencia”.

Si ICASS no decide sacar una instrucción y enviarla a todos los centros acreditados aclarando todos los extremos corremos el grave riesgo de mantener una situación de inseguridad jurídica. 

Por lo menos parece que estamos a 28 de febrero y mañana las residencias concertadas cobrarán lo que toca este mes.