lunes, 20 de mayo de 2013

UN "ALGO" ESCONDIDO

¿No es cierto que a veces haces algo bueno y con buena intención y por algún pequeño detalle acabas quedando mal?

Me temo que algo así es lo que le va  a pasar a la Generalitat  de Catalunya con un proyecto de Ley que se tramita en el Parlament.

Me refiero concretamente al proyecto de Ley de Accesibilidad que se tramita actualmente (mayo de 2013 en el Parlament de Catalunya) y que me ha facilitado el presidente de Upimir, Vicente Botella. Aunque en apariencia regula la accesibilidad  en los medios de transporte, los edificios, la comunicación  y los productos, esconde alguna sorpresa.

Alguien no familiarizado con los entresijos del poder pensaría que si se llama Ley de Accesibilidad y en su índice aparece que trata de accesibilidad, entonces es que, efectivamente trata sobre Accesibilidad.  ¡Pues no!  Nuestros gobernantes y parlamentarios, que seguro saben más que nosotros, han decidido que esta Ley es un buen lugar en el que meter un cambio del régimen de autorización y sancionador de servicios sociales.

O sea, que a partir del momento en que esta Ley se apruebe, cuando se busque cómo se autoriza una residencia o qué se considera infracción o sanción, tendremos que mirar en esta Ley.

Quizás estoy siendo demasiado sarcástico ya que la primera versión de la actual Llei de Serveis Socials, la 12/2007, aquélla por la que tanto se congratularon nuestros políticos al haber conseguido aprobarla por unanimidad, fue modificada a fondo mediante la   Ley 10/2011, del 29 de Diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa (en serio, le pusieron ese nombre) que popularmente se conoció como Ley Omnibus.  O sea que, eso de cambiar las leyes "de tapadillo", es algo a lo que ya deberíamos estar acostumbrados.

Digo "de tapadillo", no porque yo no tuviese ni idea de que se estaba tramitando, sino porque, hace muy pocos días, estuve en un acto en el que había altos representantes de diferentes asociaciones patronales del sector de las residencias para mayores y atención a la dependencia y, sorprendentemente, algunos no tenían ni idea, y los que sí, se acababan de enterar.

Dejando a un lado lo chapucero que resulta utilizar una disposición final de una Ley de Accesibilidad para modificar el régimen sancionador de servicios sociales, voy al grano.

Básicamente se cambian dos cosas:

En lo relativo a la autorización de servicios sociales se permite que, los que no estén vinculados a un establecimiento, o sea, los servicios de ayuda a domicilio, puedan abrirse comunicando a la administración que su cumplen una serie de requisitos.  Las residencias geriátricas de Cataluña y otros establecimientos para personas mayores seguirán con el mismo sistema de licencia municipal (ambiental) más autorización de la Generalitat (que comporta la inscripción en el RESES, Registro de Entidades Servicios y Establecimientos Sociales). Ver apartado de reglamentación de residencias geriátricas y otros servicios para personas mayores.

En lo relativo al régimen sancionador, casi no se cambia nada.  Se adaptan la redacción de varias infracciones para adecuarlas al nuevo sistema de autorización y se introduce lo único verdaderamente significativo:

Se modifica el artículo 99.1 de la Ley que quedará, si se aprueba la nueva Ley, con el siguiente redactado:  Las infracciones leves es pueden sancionar con una amonestación o con una multa, o ambas a la vez, por una cantidad equivalente al importe del Indicador de Renta de Suficiencia correspondiente a un periodo de entre un día y tres meses.

¿Dónde está el cambio? , hasta ahora el 99.1 establecía multas de entre "un mes y tres meses".  O sea, que la sanción económica mínima que impondrá el Departament de Benestar Social i Familia ya no será de 569,12 Euros, sino de 1.   

Muchos verán en la modificación algo nimio.  Muchos pensarán que, puestos a cambiar la tipificación de infracciones y sanciones se podría haber optado por una modificación más a fondo que dejase de lado la profunda desconfianza que se destila de su mera lectura.  Puestos a cambiar la Ley se podría haber introducido la prestación económica vinculada y la capacidad de elección por parte de los usuarios como pilares del sistema.  Pero claro, esos muchos, entre los que me encuentro, no entendemos tan bien como nuestros gobernantes y parlamentarios, cómo hay que hacer las cosas.  Y así nos va.


2 comentarios:

  1. Desde UPIMIR nos alegramos que aea de tu interes el documento que personalmente te entrege UPIMIR te comunica que se ha creado una comision parlamentaria donde estamos convcados ara debatir tal anteproyecto legislativo, hay q estar atentos siemre sin duda Informaremos a medida ue tengamos noticias

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  2. Normalmente intento ser discreto sobre quién me da qué. He modificado el contenido del post de forma que quede bien claro que fue el presidente de Upimir quien me envió el proyecto, cosa que le agradezco mucho ya que si no hubiese sido por él no lo hubiese conocido. Gracias Vicente.

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