miércoles, 14 de octubre de 2015

Residencias en Cataluña: Por qué mejoran las cosas para las concertadas y no para las colaboradoras

Hace ocho años en Inforesidencias.com hicimos una serie de seminarios con la intención de intentar orientar a las residencias en un momento peculiar en el que la Ley de Dependencia llevaba muy poco en funcionamiento y la nueva Llei de Serveis Socials de Catalunya estaba a punto de entrar en vigor.

Era el último año en que la Generalitat publicó una convocatoria para que una residencia fuera centro colaborador y nosotros recomendamos a quienes vinieron a los seminarios que, todo aquél que pudiese, haría bien pidiendo "la colaboración" y ofreciendo algunas plazas a la administración.

Sabíamos que la situación más adelante sería peculiar ya que ni la Ley de Dependencia ni la nueva Ley Catalana preveían que existiese el sistema de "colaboración" sino que se centraban en el concierto de plazas.  Nosotros pensamos entonces que valía la pena intentar ser centro colaborador para tener más posibilidades después de convertirse en centro concertado que es lo que acabaría imponiéndose.

Pocos años después, cuando la Generalitat convocó la contratación de 4.000 plazas concertadas, recomendamos a quien nos quiso escuchar que era bueno entrar en el concierto.

Han pasado los años y hoy siguen existiendo plazas de colaboración y de concierto (muchas más de las primeras que de las segundas) y, a medida que la Generalitat ha ido concertando plazas, entre las residencias colaboradoras se ha ido generando una sensación de expectativa y preocupación.

Recientemente la Generalitat ha anunciado una serie de medidas que van a aliviar algo la situación de las residencias concertadas, por ejemplo que podrán cobrar a partir de 2016 un 85% del precio de la plaza desocupada durante los primeros 15 días posteriores a la baja del residente; o que se va a poner en marcha un programa de estancias temporales de "respiro".  Estas medidas se suman a otras, como la existencia de un protocolo para evitar los impagos por parte de los residentes.  

Los únicos centros que pueden beneficiarse de esas medidas son las residencias concertadas, no las colaboradoras.

La pregunta surge rápidamente:  ¿por qué?

La clave está en que cuando una residencia concierta plazas con la administración lo que está haciendo es "convertir esa plaza en pública".   Una residencia concertada emite una factura por la estancia del residente a la Generalitat que es en ese caso su cliente.  El residente que vive en una plazas concertada y paga una cantidad no recibe factura por el copago ya que teóricamente ese copago se lo paga a la administración y ésta paga el 100% a la residencia.  En realidad, y para facilitar las cosas se hace que el residente  pague directamente su parte  al centro.

El hecho de que la plaza concertada sea una plaza pública hace que la administración esté obligada a ocuparla  y pagarla y que  la residencia no pueda disponer de ella libremente.  Todo lo relativo a la misma se regula en un contrato público que ha firmado con la administración después de un proceso de "contratación pública" con bastantes requisitos burocráticos y con una limitación temporal que obliga al centro a tener que "volver a concertar" al cabo de unos años.   Resulta farragoso pero supone una situación de cierta seguridad para el centro.

Una residencia colaboradora tiene un régimen bastante diferente. La plaza de colaboración es una plaza privada. La residencia se presentó a una convocatoria, cumplió unos requisitos y ofreció una serie de plazas a la administración. 

Cuando un usuario es beneficiario de una plaza de colaboración  recibe una ayuda para pagar su estancia en la residencia y él o ella ponen la diferencia hasta alcanzar el precio que ha acordado el centro con la Generalitat cuando ofreció sus plazas al programa.  Esas plazas son privadas y por eso las residencias colaboradoras no facturan nada a la Generalitat sino que todo se lo facturan al usuario. Esa es la clave de la diferencia.  

Lo cierto es que la situación es un poco más compleja ya que, para según qué cosas, las plazas de colaboración se asimilan a las de concierto (a los efectos de las estadísticas de la dependencia se consideran como prestación de servicio y no como prestación económica) y, además se les permite, como a las concertadas, acoger a usuarios beneficiarios de Prestaciones Económicas Vinculadas sin necesidad de obtener una acreditación especial.

A pesar de esa cierta confusión, lo que está claro es que el SISPAP (sucesor del ICASS)  no tiene ninguna obligación de ocupar las plazas de las residencias colaboradoras y que, en la medida en que la colaboración dejó de estar en la Ley desde 2007, tarde o temprano será un  modelo que desaparecerá.

Mientras tanto, parece que, cuando la Generalitat se plantea y negocia medidas que puedan suponer alivio para el sector de las residencias geriátricas catalanas, su interés se centra en las concertadas y no en las colaboradoras.  Por supuesto que puede explicar esa preferencia por motivos legales: le resultaría muy difícil pagar por plazas colaboradoras desocupadas pero no le costaría tanto apoyar a las residencias colaboradoras que sufren impagos o incorporar plazas de colaboración en el futuro programa de respiro.  Sencillamente no le interesa hacerlo.

Viendo cómo actúa la Generalitat en esta materia, muchas residencias colaboradoras se preguntan ¿y por que no nos pasan a residencia concertada y ya está?

Eso es otro problema que presenta complicaciones particulares y sobre el que escribiré la semana que viene.  De momento, felicidades para las residencias concertadas que a partir de Enero podrán volver a cobrar un 85% durante 15 días por las plazas desocupadas, algo que pudieron hacer durante un tiempo y después perdieron.

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