miércoles, 15 de abril de 2015

AL FINAL DE 2015 NO LE PASARÁ NADA A LAS GEROCULTORAS

A cualquiera que escriba de forma más o menos regular se le escapa uno de vez en cuando.  Me refiero al  anacoluto, un cambio repentino en la construcción de la frase que produce una inconsistencia. Hablando lo hacemos constantemente y suele pasar desapercibido pero en escrito salta a la vista.

Un ejemplo lo hemos tenido muy recientemente cuando el Consejo Territorial del Sistema de la Dependencia SAAD nos ha regalado un papel sin firmar en el que dice que han decidido posponer la obligación que, parecía ser, tenían las gerocultoras de obtener alguna forma de cualificación profesional.

Alguien me ha dicho que ese papel no tiene ningún valor porque no está firmado ni publicado. Yo les he contestado que sólo le he dado valor desde que lo he visto publicado en la web de la Generalitat de Cataluña, una administración que forma parte del Consejo Territorial y que, en principio no debería tener interés en divulgar algo que no fuese cierto sobre esta cuestión.

Siguiendo con el fondo del asunto. Aunque la verdad es que sólo existía la obligación en las comunidades autónomas que lo hubieran introducido en su normativa (Ver “La Leyenda Urbana de lacualificación profesional de las gerocultoras”), en estos años se ha ido extendiendo una sensación de ansiedad injustificada en muchas gerocultoras.

Veamos el documento en el que el Consejo Territorial comunica que se propondrá una nueva fecha situada más allá de diciembre del 2015


COMUNICADO DEL CONSEJO TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES Y DEL SISTEMA DE AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA.

En el Pleno del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 27 de noviembre de 2008, se aprobó el Acuerdo sobre Criterios Comunes de Acreditación para garantizar la Calidad de los Centros y Servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, publicado mediante Resolución de 2 de diciembre de 2008.

En dicho Acuerdo se recoge que las categorías profesionales de Cuidadores/as, Gerocultores/as y Auxiliares de Ayuda a Domicilio, deben acreditar la cualificación profesional y cumplir los requisitos que en el Acuerdo se establecen siendo el 31 de diciembre de 2015 el plazo establecido para que el 100% de estos profesionales tengan la acreditación de la cualificación profesional.

Diversas causas no han hecho posible la culminación de los procesos de acreditación.
Este hecho no debe perjudicar ni a los trabajadores que estén actualmente prestando servicios y que no hayan podido participar en estos procedimientos por no estar desarrollados, tampoco a las empresas o entidades prestadoras de la atención, ni a las Administraciones Públicas.

Por lo anterior, el Consejo Territorial de Servicios Sociales y Dependencia Acuerda difundir el siguiente comunicado:

Mantener el compromiso de seguir avanzando en el cumplimiento del proceso de acreditación.

Analizar el procedimiento con todas las partes implicadas, a través de un grupo de trabajo creado con esta finalidad y antes de que finalice el año 2015, se determinen las actuaciones a realizar y se fije un nuevo plazo para la consecución de la cualificación profesional del total de los profesionales recogidos en el Acuerdo.

La falta de acreditación no tendrá efectos sobre los trabajadores, que estén participando en estos procesos , sobre las empresas o entidades prestadoras de la atención, ni a las Administraciones Públicas, hasta la finalización de los procedimientos de acreditación, garantizando de este modo la estabilidad en el sector.
Madrid ,a 4 de marzo de 2015.

Creo que todos entendemos lo mismo si lo leemos rápidamente, aunque si lo hacemos con mayor detención surge la duda.

Parece que la frase clave del documento es  se “fije un nuevo plazo para la consecución de la cualificación profesional del total de los profesionales recogidos en el Acuerdo”.  O sea, que queda sin vigor el de finales de 2015.

Entonces, por qué dice  La falta de acreditación no tendrá efectos sobre los trabajadores, que estén participando en estos procesos”.  ¿Quiere decir que sí puede tener efectos sobre los trabajadores que no estén participando?.

Yo creo que no.

Es más, pienso que la intención es que no sea así y me baso en…. El anacoluto.

Leamos detenidamente la frase:

“La falta de acreditación no tendrá efectos sobre los trabajadores, que estén participando en estos procesos , sobre las empresas o entidades prestadoras de la atención, ni a las Administraciones Públicas”

He resaltado  la disonancia.  Lo correcto sería decir que no tendrá efectos sobre … ni sobre…;  o decir que no perjudicará a…. ni a…  Aquí claramente ha habido un texto que se ha ido redactando sobre la marcha o abusando del “copia y pega”.

En un texto tan corto tenemos además otra frase que dice casi lo mismo pero con diferente redactado:

“Este hecho no debe perjudicar ni a los trabajadores que estén actualmente prestando servicios y que no hayan podido participar en estos procedimientos por no estar desarrollados, tampoco a las empresas o entidades prestadoras de la atención, ni a las Administraciones Públicas”

En conclusión, creo que, dejando de lado las florituras, el texto dice una cosa clara.  Que la fecha límite de finales de 2015 ya no es de aplicación y  piensan determinar otra.

Cuando leo que la nueva fecha será determinada  por un grupo de trabajo que se va a constituir y que la determinará antes de finalizar 2015 me da la risa.

Cuando se aprobó el acuerdo de acreditación del Consejo Territorial a finales de 2008, ese acuerdo daba a las comunidades un año para aprobar sus decretos de acreditación.  A abril de 2015 la mayoría de las comunidades no lo han hecho.

Si pensamos que en mayo y septiembre casi todas las comunidades autónomas tienen sus elecciones, y en noviembre a más tardar tendremos las generales, ¿alguien cree de verdad que vamos a tener “nuevo plazo” “dentro de plazo”?

Yo tampoco.

Otro punto por dirimir es qué sucederá en aquellas comunidades autónomas que han introducido en sus decretos de acreditación o en algún requisito de concertación o contratación pública la obligatoriedad del plazo.

Entiendo que aquí es donde radica el verdadero problema, aunque la solución sería tan fácil como acordar una prórroga del plazo cuando se sepa cuál es el nuevo  y, mientras tanto, sencillamente dejar las cosas como están.


No quisiera acabar sin reiterar que la cualificación profesional de las gerocultoras es algo muy positivo por lo que administraciones, prestadores y los propios trabajadores, deberían esforzarse para que el proceso siga adelante y se pueda certificar la cualificación profesional del máximo número de gerocultoras.  Eso sí, sin amenazas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario