Hace poco he leído que con algunas cosas pasa como con el
monstruo del lago Ness, muchos hablan de él pero muy pocos lo han visto.
Aunque el artículo donde leí la frase no trataba de nada
remotamente relacionado con atención a mayores, quizás por deformación
profesional me trajo a la cabeza lo que lleva un tiempo pasando con la
cualificación profesional de las gerocultoras en residencias.
Hay un monstruo acechando a las gerocultoras que a finales
de 2015 no hayan conseguido regularizar su situación consiguiendo un titulo
oficial que les habilite o un certificado de cualificación profesional que les
permita seguir trabajando en atención a personas mayores dependientes (en residencias geriátricas, centros de día para mayores o servicios de ayuda a domicilio).
Llevamos unos cuantos años, concretamente desde 2008, oyendo
hablar de ese ser terrible. Al igual que
en Escocia, alrededor de la existencia de Nessy (nombre que recibe allí el
supuesto habitante del lago), se ha creado un sector económico en forma de
consultores, asesores y centros de formación que acompañarán a los gerocultores
en su esfuerzo para no ser devorados a finales del año que viene. Pero, también al igual que en Escocia, cuando alguien quiere
convencerse de la existencia de la criatura mirándole a los ojos, nos
encontramos que ésta es tan esquiva que incluso resulta difícil encontrar
testigos fiables que nos permitan tener convencimiento de su existencia.
Lo cierto es que , aunque la obtención de un reconocimiento
en forma de cualificación profesional es algo positivo, a finales de 2015 no
tiene que pasar nada ya que esa fecha no es más que otro de los trastos rotos
que la Ley de Dependencia ha ido dejando por el camino.
Lo expliqué en este blog hace
tres años en una entrada que llevaba por título “La leyenda urbana de la cualificación profesional de las geroculoras”
y voy a intentar volverlo a explicar de forma sucinta ahora que algunos vuelven
a agitar el espantajo del 2015 ante no pocas gerocultoras temerosas que creen
que van a ver peligrar su puesto de
trabajo:
Dentro del proyecto inicial de la Ley de Dependencia, algún
optimista patológico pensó que el Estado podría dictar unos criterios comunes
de acreditación que todas las comunidades autónomas integrarían en su
reglamentación de forma que todas las residencias para mayores, centros de día
o servicios de ayuda a domicilio de España acabarían pareciéndose en lo
esencial. Como a aquel “alguien” lo que
le sobraba de optimismo le faltaba de capacidad técnica, los criterios comunes
de acreditación se acabaron plasmando en papel en un “Acuerdo” de 2008 que
establecía unos criterios muy vagos y sólo dos aportaciones de peso: la
primera, la obligación de las comunidades autónomas de establecer unas ratios
mínimas de personal para atender a los dependientes en residencias, la segunda,
la obligación de exigir al personal gerocultor una cualificación profesional en
un proceso paulatino que concluiría en 2015.
El resto eran referencias genéricas a la calidad, titulación de los
directores de residencias y poca cosa más.
El “Acuerdo de acreditación” no tenía la finalidad de ser
aplicado directamente por los prestadores de servicios sino únicamente, la de servir de base para
que cada comunidad autónoma dictase su propia normativa de acreditación. Para hacerlo, el propio acuerdo establecía un
plazo que finalizaba en 2009.
Corría el año 2008 y 2015 parecía tan lejano…
Supongo que el optimista debió tener un súbito despertar a
la realidad cuando acabado 2009 casi ninguna comunidad había aprobado su
normativa de acreditación. Pero no pasó
nada, el sopor de autocomplacencia era lo que imperaba en casi todo lo
relacionado con la Dependencia.
Sólo hay que considerar qué ha pasado en tres comunidades
autónomas con bastante peso demográfico para que salte a la vista el fracaso
del proceso de acreditación previsto en la Ley:
Andalucía promulgó su Decreto de Acreditación antes de que
el Consejo Territorial del Sistema de la Dependencia aprobase los criterios
comunes por lo que, difícilmente los pudo tener en cuenta. Cataluña y la Comunidad de Madrid, a día de
hoy todavía no han aprobado los suyos.
O sea, que la obligación de los prestadores de servicios de
tener a todas sus gerocultoras “cualificadas” antes de acabar 2015 está en un
“acuerdo estatal” de 2008 que cada comunidad autónoma debería haber convertido
en Decreto autonómico antes de acabar 2009 pero que la mayoría ha ignorado
ostensiblemente.
No creo que haya que ser un eminente jurista para entrever
que sólo existirá obligación y fecha límite en las comunidades autónomas que
hayan regulado la acreditación conteniendo esos requisitos.
Dicho esto, hay que tener en cuenta que la velocidad con la
que ha sido posible obtener la cualificación ha sido muy diversa en diferentes
comunidades. En algunas resulta casi
imposible hacer nada hoy, en otras el proceso está muy avanzado existiendo la
posibilidad de acceder a la cualificación mediante un sistema estatal y otro
autonómico.
Mi consejo a los empresarios del sector y a las gerocultoras
que reciben información preocupantes es que intenten obtener la
cualificación. Allí donde ésta es
posible, adelante. Allí donde es
difícil, sería bueno dirigirse por escrito al Departamento competente en
servicios sociales pidiendo instrucciones y exponiendo los esfuerzos que se
están haciendo.
Llevo unos cuantos años explicando en clases y conferencias
lo mismo que he expuesto en estas líneas y suelo acabar diciendo que no me creo
que nadie vaya a ser despedido el uno de Enero de 2016 por no tener la
cualificación profesional. Tal es mi
convencimiento que me juego una cena con quien quiera a que tengo razón.
Por cierto, 2013 ha sido el primer año desde los primeros
avistamientos en el que nadie ha dicho haber visto a Nessy.
No hay comentarios:
Publicar un comentario