miércoles, 29 de enero de 2014

NOVEDADES SOBRE EL COPAGO EN SERVICIOS DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

Una de las cuestiones que ha pasado desapercibida cuando se habla de cómo se creó y aplicó la Ley de Dependencia (LAPAD) es la relativa a la”participación del usuario en el coste del servicio”, algo conocido popularmente como “el copago”.

La memoria económica de  la Ley previó que el coste del nuevo sistema debía repartirse a partes iguales entre el Estado, las Comunidades Autónomas y los propios usuarios, que acorde a su capacidad económica, pagarían una parte del coste cuando recibiesen un servicio o verían reducida la cuantía de la prestación económica que pudiera corresponderles.

En el mundo antes de la LAPAD el copago era algo existente aunque heterogéneo.  En todas las comunidades autónomas quien ocupaba una plazas residencial financiada por la administración debía pagar algo si tenía recursos.  Lo cierto era que, como no había un derecho universal, sólo los que tenían poca capacidad económica podían acceder a una de esas plazas en residencias asistidas por lo que el copago solía ser bastante bajo.  A partir de allí, algunas comunidades introdujeron aspectos originales: en algunas se obligaba a los familiares directos a colaborar en el coste, en otras se introdujo el reconocimiento de deuda que permitía a la administración recuperar una parte de lo pagado tras el fallecimiento del residente, y otras iniciativas por el estilo.

En el caso de la ayuda a domicilio la cosa era aún más variopinta ya que, siendo un servicio que prestaban básicamente los ayuntamientos, cada administración local establecía “su” sistema, siendo en la mayoría de los casos el “gratis total”.

Como la LAPAD suponía el advenimiento del cuarto pilar del Estado de Bienestar, uno de los objetivos que se planteó fue el de armonizar los sistemas de copago existentes hasta entonces.   Para hacerlo importaron de más allá de los Pirineos conceptos como “capacidad económica” basada en ingresos y patrimonio o separación entre costes hoteleros/manutención y de servicio.   Como he tenido la suerte de poder organizar y participar en diferentes viajes geroasistenciales (aquellos en que se visita otro país para conocer su sistema de atención a personas mayores), no me resultó nada novedoso escuchar que el coste de una residencia tiene tres partes:  la hotelera, la de atención y la sanitaria.  Tampoco me resultó novedosa la propuesta de separar estos costes y hacer que quién tenga capacidad económica pague íntegramente el coste hotelero/manutención como haría si estuviese en su casa.

Para establecer el nuevo sistema de copago el Consejo Territorial de la Dependencia elaboró un “acuerdo” estableciendo los elementos comunes que debería contener aquél. Las comunidades autónomas por su lado hicieron lo que han estado haciendo desde que entró en vigor la Ley, o sea, cada una lo que le dio la gana. “¿Por qué tengo que adaptar mi normativa a lo que diga el Estado?”, parece que pensaron casi todas “Al fin y al cabo la competencia en servicios sociales es mía”.

En poco ayudó al esfuerzo armonizador que el Estado fuese tan chapucero que ni siquiera había sabido tramitar correctamente el acuerdo del copago.  La Audiencia Nacional acordó que técnicamente estaba mal por lo que acabamos con algo “muy de la Ley de Dependencia”: una sentencia que anula un acuerdo que de todas casi no se estaba aplicando.

A todo ello ya llevábamos cuatro años de vida de la Ley y de aquél reparto del coste  “a tercios” que se había previsto (recordemos: 1/3 el Estado, 1/3 las CCAA y 1/3 los dependientes) no se veía ni la sombra.  Resultó que el copago se quedó en el 14% (menos de la mitad de lo previsto), que no se distinguió entre costes hoteleros y de manutención y que la mayor parte del SAD seguía prestándose de forma atomizada, mayoritariamente gratuita.

Y llegó el PP.

Por supuesto que la Ley estaba mal hecha y peor desarrollada.  Por supuesto que necesitaba modificaciones a fondo para hacerla viable.  Es más, lo que necesitaba la Ley era una derogación y sustitución por una nueva redactada bajo los principios de “universalidad para la gran dependencia”, “servicios profesionales”, “copago equitativo” y “sostenibilidad”.  Necesitaba un esfuerzo de humildad por parte de alguien que la votó y que ahora nos tenía que decir que se había equivocado.

Pero el nuevo gobierno optó por hacer ese cambio sin decírnoslo.  Se puso a manosearlo todo con la avidez de quien acaba de descubrir las funciones “corta y pega”.  Al final mutiló la esencia de una ley defectuosa y la convirtió en otra igualmente deficiente.

A pesar de hacer lo que ha hecho cómo lo ha hecho, el gobierno ha dejado una Ley que, obsesionada con la reducción del gasto, se ajusta más a nuestras posibilidades reales como país.  Eso no es malo en sí.  El problema es que las modificaciones no parecen haber seguido una línea maestra sino  que han sido respuestas a una pulsión  ahorrativa demasiado cortoplacista.

Las críticas que ha recibido el gobierno han sido furibundas, especialmente por parte de usuarios y de asociaciones profesionales.   Sinceramente me sorprende que el oprobio no se haya repartido un poco más.  Al fin y al cabo ¿A quién hay que vilipendiar más? ¿al pirómano o al bombero negligente que intenta apagar el incendio y destruye media casa en el proceso?

¡Qué tontería de pregunta!  Mejor seguimos hablando del copago.

En 2012, en la penúltima vuelta de tuerca, el Estado planteó un nuevo sistema que debía servir de base para que las Comunidades Autónomas estableciesen “su copago”.  Y en esta ocasión parece que las Comunidades sí lo están haciendo.

Sólo hay que leer los periódicos para ver como en diferentes lugares de España 2014 ha llegado con una subida considerable en lo que pagan los usuarios.

Con el nuevo sistema, parecido en su mayor parte al anterior, la capacidad económica de las personas incluye sus ingresos y un porcentaje del valor de su patrimonio neto.  Se descuentan las obligaciones familiares y se reserva para los usuarios una cantidad para sus gastos que varía según el servicio que reciban.  Lo que pagará como máximo un dependiente será el 90% de un “coste de referencia” que establecerá cada comunidad pero que rondará en los 1.550€/mes en el caso de las residencias.

El texto del acuerdo incluye varias menciones a los costes hoteleros pero sin llegar a indicar de una forma clara cómo se diferenciarán éstos dentro del “coste de referencia”.

Ahora estamos en ese momento en el que muchas comunidades han introducido ya el nuevo sistema, otras “están en ello” y otras lo acabarán haciendo.

Las dudas que se plantean son varias:

¿Se conseguirá alcanzar el objetivo de que un tercio del coste de la dependencia salga del copago?

Lo más seguro es que no.  Aunque el Gobierno se ha comprometido ante Bruselas a aumentarlo de forma considerable lo cierto es que para alcanzar los objetivos casi se debería doblar lo que se recauda, cosa poco realista.  Lo que sí es posible es que un aumento del copago suponga un “ahorro perverso” consistente en que personas que necesitan atención y tienen derecho a obtenerla prefieran estar en sus casas en condiciones precarias pero sin pagar nada.

¿Qué pasará con los costes hoteleros y de manutención?

Dicho está que el texto no lo deja nada claro.  Imagino que, por un lado esa diferenciación podría permitir a los prestadores privados de servicios públicos establecer “servicios hoteleros opcionales” que se pudieran cobrar a los usuarios.  Imagino poder cobrar un plus por disponer de habitación individual o con características más lujosas en una residencia concertada (ya existe en alguna comunidad); o por poder acceder a un sistema de elección de menús.  La clave estaría en que los servicios básicos estuviesen cubiertos para todos los beneficiarios y que lo que se ofreciese como opcional fuese realmente algo valorable pero no esencial.

Más allá de esto me imagino un sistema en el que se calculase lo que cuesta de verdad el alquiler del espacio y los servicios hoteleros (alimentación, lavado de ropa, limpieza de espacios..) y se determinase de forma separada en el precio total.  Esta cantidad la debería pagar íntegramente el usuario y podría ser diferente en cada residencia.  Quien no pudiera pagar pero tuviese bienes inmuebles debería garantizar con los mismos que en algún momento la administración recuperaría el coste de la atención hotelera.  Al fin y al cabo ¿por qué debemos pagar entre todos que a alguien le laven las sábanas y le den de comer cuando tiene capacidad económica para pagárselo él mismo?.

Creo que puede ser un debate interesante y, para tenerlo planteo lo siguiente:  Una misma persona dependiente puede obtener del sistema unas horas de ayuda a domicilio o el ingreso en una residencia.  ¿Tendría lógica que de forma generalizada como parte del SAD le ofreciésemos pagarle la factura de la luz, el agua, el gas además de todas sus comidas?

Dejo el debate abierto y me encantaría recibir comentarios cuanto más críticos y razonados mejor.

¿Son realistas los costes de referencia que puedan establecer desde la administración?

Esa es otra cuestión interesante.  Cada comunidad establece su coste según considera adecuado y sin ninguna relación  con lo que a la propia administración le cuesta atender a una persona mayor residente en una residencia pública gestionada por la propia administración.

En Madrid ronda los 1550€/mes, en Cataluña se establecen diferentes precios, según el nivel de dependencia (el más alto al rededor de los 1850€/mes) y se determina arbitrariamente una cantidad que se conoce como módulo social que queda exenta de copago.  En muchas otras comunidades (Castilla La Mancha o Cantabria) los precios de referencia se han reducido en los últimos años para afrontar la crisis.

Lo cierto es que debido, sobre todo a las diferencias en las exigencias normativas y en los convenios colectivos, hoy por hoy resulta mucho más caro prestar el mismo servicio en una comunidad que en otra.

Como casi siempre, la transparencia debería ser nuestro faro.  Estaría bien poder considerar qué cuesta realmente atender a una persona mayor dependiente en una residencia en los diferentes modelos de gestión.  Después, con datos fiables, se podría hablar de un precio de referencia real.

Como casi siempre, ahora hay que esperar a ver cómo se acaban de desarrollar las cosas. Qué efecto tienen los nuevos reglamentos de copago y cómo reaccionan los dependientes, sus familiares  los prestadores de servicios.

Seguiremos atentos. ¡Qué remedio!

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