sábado, 30 de diciembre de 2017

FELIZ 2018, ESPERO QUE SÍ

Un año acaba y otro empieza.  Eso no tiene nada de peculiar.  Te miras en el espejo cada día y no precibes los cambios sutiles que el paso del tiempo van produciendo.  Eso era así hasta hace poco.  Ahora, los señores de Facebook te envían las fotos que publicaste hace dos años exactamente por estas fechas y el envejecimiento se hace palpable.

Durante 2017 la palabra "independencia" ha sido pronunciada muchas más veces que "dependencia".  Quizás por paradojas político/semántica ambos conceptos han acabado chapoteando en el mismo marasmo de anhelos inalcanzados; ese lugar en el que nadie queda contento con el resultado pero todo sigue adelante como si verdaderamente sucediese algo.

Me encantaría poder creer que 2018 será más positivo en ese aspecto.  Que surgirá algo que sea ilusionante en parecida proporción para todos.  Pienso en el 1 de Enero de 1986 cuando España entró en la Comunidad Económica Europea (hoy Unión Europea), un día en el que recuerdo, a mis veinte años, una sensación de alegría y esperanza en el futuro compartida por casi todos a los que conocía.

No sé que puede ser ese nuevo fenómeno generador de ilusión general a que aspiro. 

Parece que, tras años de crisis y de aparente mejoría, 2018 puede ser el que traiga un verdadero cambio de tendencia.  El problema es que una cierta mejoría económica no genera ilusión más que a un muy corto plazo.  Además la botella que se va llenando puede seguir siendo vista como "medio vacía" por parte de los que se siguen viendo tratados injustamente por las circunstancias.

En el mundo de la atención a personas mayores nos tocan vivir años de transición: quienes tienen que estar ingresando actualmente en las residencias son aquellos que nacieron en los años de la Guerra Civil.  Por desgracia entonces llegaron al mundo pocos bebés y muchos de ellos murieron por lo que hay una especie de "bache demográfico".  Esto hace que la demanda de plazas residenciales o de centro de día por parte de los octogenarios de hoy sea bastante más baja que lo que va a ser durante los próximos años cuando se produzca la verdadera explosión del super-envejecimiento (los mayores de 85 años).

Este bache no comporta que vaya a haber una bajada sustancial de la demanda de servicios sino que debe ser visto como  una especie de "bono" que nos da el destino para estar preparados para lo que viene.

Para quien trabaje o quiera trabajar cuidando a personas mayores, 2018 seguro que será un año en el que no le faltará trabajo aunque con condiciones laborales bastante ajustadas.  Para  quien se dedique profesionalmente puede ser un año de cierta mejoría después de los de estancamiento.  Para los propios mayores y sus familiares la clave estará, como ha estado en los últimos años en el mercado de trabajo:  si la economía sigue creciendo y se genera más ocupación, bajará el paro femenino y aumentará la demanda de servicios profesionales (Es una realidad sexista e injusta pero resulta innegable esa relación entre paro femenino y demanda de servicios).

No sé si de lo que he escrito puede concluirse  que 2018 será un año feliz por lo que recurro al final a la infalible arma de mirar al pasado:  Estoy seguro que 2018 será mucho mejor de lo que lo fue 1918, cuando no había antibióticos, la mortalidad infantil preocupaba más que el envejecimiento y muchos países luchaban contra el analfabetismo y por conseguir agua potable para la población.  Si mantenemos la vista en ese pasado y nos regocijamos en lo que hemos conseguido en cien años, entonces, sí:  Os deseo a todos un muy Feliz 2018.




jueves, 21 de diciembre de 2017

LLEGA EL 31 DE DICIEMBRE ¿QUÉ PASA CON LAS GEROCULTORAS/AUXILIARES Y EL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD?

El 31 de Diciembre de 2017 era la fecha en la que todas las gerocultoras /auxiliares que trabajasen en residencias para personas mayores acreditadas debían disponer de titulación adecuada o un certificado de profesionalidad.

Aunque por los pelos, un acuerdo del Consejo Territorial de la Dependencia de Octubre de 2017 cambió la cosa, quitó la fecha límite e introdujo nuevas formas de demostrar la capacitación profesional.

Si no hubiese sido así, habríamos tenido un 31 de Diciembre triste para muchas gerocultoras de todas España que habrían visto como la sombra del despido flotaba sobre ellas.

Ese requisito de titulación/certificación de profesionalidad, es de carácter estatal lo que produce que el diferente estado de desarrollo del proceso en diferentes lugares de España sea palpable.  Algunas comunidades han conseguido, gracias a las patronales y a las propias residencias, que la inmensa mayoría de gerocultoras/auxiliares, reúnan el requisito; otras van mucho más atrasadas.

Os recomiendo leer el artículo en NGD y una tribuna de opinión que he escrito:

Artículo: ¿Se quedan sin trabajo las gerocultoras /auxiliares sin certificado de profesionalidad el próximo 1 de Enero?

Columna de opinión:  1 de Enero de 2018 auliares y gerocultoras.  ¿Ahora qué?


martes, 19 de diciembre de 2017

LLEGA EL 31 DE DICIEMBRE. ¿QUÉ PASA CON LA GUARDA DE HECHO (GUARDA DE FET)?

Nota: este post puede tener más interés para residencias de mayores que lo lean desde Cataluña.

La Generalitat es muy dada a hacer cosas "originales" como dar plazas coladoras a las residencias que considera oportuno sin procedimiento alguno, o, hace algún tiempo proponer una "subidilla" de tarifas a cambio de unos requisitos, para retirarla al cabo de unos meses.

Este año que acaba una de las "originalidades" ha sido una instrucción cambiando la forma de realizar comunicaciones al juzgado y Fiscalía de los ingresos de personas que no pueden decidir por sí mismas; vamos, la "Guarda de Fet" (guarda de hecho).   La cosa no iba en broma, ya que, poco antes de difundirla en su primera versión, la Ley de Serveis Socials había incorporado una nueva infracción consistente en no realizar la comunicación cuando fuera menester.

El pasado Abril escribí en este blog que me parecía que la instrucción no tenía fundamento jurídico y que los jueces y fiscales, ahogados por tanto papel acabarían tumbando la instrucción.

Como la fecha 31 de Diciembre era muy importante y está tan cerca, he decidido preguntar a un gran experto y amigo: Josep María Barcelona, de Bufete Escura,  qué podemos esperar de cara al principio de 2018.

Su respuesta no tiene desperdicio:  Recomiendo su lectura para añadir un poco de tranquilidad a estas fiestas que se acercan:


En relación a las comunicaciones de las guardas de hecho, hay que recordar que la última Instrucción dictada por el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalidad de Cataluña, establece que el plazo para realizar las comunicaciones de los usuarios que a la fecha de entrada en vigor de misma ya estuvieran ingresados ​​en un establecimiento residencial, finaliza dentro de pocos días, el 31 de diciembre de 2017.

Desde que los centros y establecimientos residenciales comenzaron a realizar este año un gran número de comunicaciones en los juzgados, en cumplimiento de las Instrucciones de la Generalitat, nos hemos encontrado con diferentes tipos de respuestas por parte de los mismos.

La más interesante y relevante, es el auto dictado el pasado 26 de septiembre de 2017 por la Audiencia Provincial de Barcelona. Lo más importante de todo lo que dice esta resolución de más de 30 hojas, y resumiendo mucho su contenido, es que si existe un familiar o guardador de hecho que ejerce sus funciones correctamente, NO hay que comunicar la guarda de hecho en el juzgado.

Esta afirmación contradice lo que dice la mencionada Instrucción de la Generalidad de Cataluña, ya que según esta, hay que comunicar TODOS los casos de guarda de hecho de presuntos incapaces, aunque tengan familiares que se hagan cargo de los mismos.

La Audiencia Provincial de Barcelona dice que existe lo que llama "avoluntarietat" que es la ausencia de manifestación de voluntad y que no equivale a la existencia de una voluntad contraria al ingreso y por tanto, este ingreso es voluntario y no hay que comunicar la guarda de hecho.

También dice expresamente que el guardador de hecho puede ser un familiar de los residente, aunque este esté ingresado en un centro residencial. Es decir que al contrario de lo que han considerado algunos juzgados y fiscales, no siempre será el centro o el director técnico del establecimiento residencial, el guardador de hecho del residente.

Finalmente, la Audiencia también contradice lo que han puesto de manifiesto algunos juzgados y muchos fiscales, ya que no considera de aplicación general del artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que regula el procedimiento para solicitar la autorización judicial con carácter previo a un internamiento por trastorno psíquico. Dice que la aplicación de este artículo es totalmente residual en el sector asistencial.

Llegados a este punto y teniendo en cuenta que el auto se pronuncia en un caso concreto y que no podemos decir que establezca jurisprudencia, sí podemos considerar que hace una interpretación ponderada y muy acertada de lo que realmente tendrían que ser las comunicaciones de las guardas de hecho. Podemos decir que la Audiencia Provincial de Barcelona, ​​ha establecido las bases para volver a la situación anterior a las Instrucciones de la Generalidad de Cataluña de este año.

Por lo tanto, podemos hacer nuestros los argumentos de la Audiencia Provincial de Barcelona y defender ante el servicio de inspección y registro del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalidad de Cataluña (servicio competente para sancionar a los centros por no comunicar las guardas de hecho), que no hay que comunicar todas las guardas de hecho si hay familiares responsables. También podemos optar por una postura más prudente y comunicar todas las guardas antes de acabar el año, ya que nadie nos podrá sancionar por hacer de más. Personalmente considero que la postura de la Audiencia Provincial es la correcta y que no hay que realizar un trabajo, que en la inmensa mayoría de los casos, es totalmente innecesario.

Josep Ma Barcelona Pedret
abogado
BUFETE ESCURA