Muchas residencias me están llamando preguntando qué deben hacer ahora. ¿Vale la pena pagar más a los trabajadores?, ¿Hay que ponerse con los indicadores?
La verdad es que a la mayor parte de personas que me han llamado, después de volver la leer la resolución les han pasado tres cosas: las cosas les han quedado muy claras, saben que no les van a pagar ningún aumento y les ha aumentado su nivel de enfado.
En primer lugar hay que leer que la “aportación económica” que propone la Consellera sólo se aplicaca a residencias concertadas y para las residencias con plazas de colaboración que inicien durante 2010 el proceso para concertarlas.
O sea que para la inmensa mayoría de residencias colaboradoras, que este año han visto como ICASS les obligaba a bajar un 1% sus precios (al no permitirles repercutir la subida del IVA), se quedan sin tan siquiera la posibilidad de optar a la propinilla.
No quiere esto decir que estén perdiendo demasiado ya que las que sí pueden acceder a la “propinilla” verán que, si tienen que subir el salario, con efectos de Enero, a las gerocultoras y darles una semana más de vacaciones de aquí a final de año; si tienen además que cumplir con los indicadores de calidad y contratar a una auditora externa para que lo certifique antes de final de año, corren un grave riesgo de que acaben haciendo tortas con panes.
Ante esta situación, y a la espera de que ACRA, La Unió, UPIMIR y el resto de asociaciones representativas presenten el contencioso administrativo correspondiente cuando exista posibilidad, ¿qué pueden hacer las residencias colaboradoras?
Yo les propondría enviar un escrito a la Consellera, básicamente con el siguiente contenido:
Datos de quien escribe y de la residencia
EXPONGO
Que he tenido conocimiento de la existencia de la Resolución de 3 de Noviembre de 2010 por la que se establece una aportación económica destinada a la mejora de la calidad de los servicios de residencia asistida que el ICASS pagará a la residencias concertadas y las colaboradoras que hayan iniciado el proceso de concertación, pago sometido al cumplimiento de tres requisitos.
Que la residencia XXX que represento tiene plazas financiadas con fondos públicos de las conocidas como de “colaboración” que a efectos estadísticos de aplicación de la Ley de Dependencia se consideran como plazas de prestación de servicio residencial (Fuente: http://www.imsersodependencia.csic.es/documentos/estadisticas/indicadores/saad/2010-11/estadisticas-saad-nov-2010.pdf)
Que la residencia aplica el V Convenio Marco Estatal de Servicios a personas en Situación de Dependencia.
Que el artículo 37.1 de la Constitución Española determina claramente que “La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios”.
Que el acuerdo del Consejo Territorial del SAAD publicado en el BOE 303 de 17 de desembre de 2008 no determina ningún requisito que sea de aplicación directa por parte de los establecimientos de servicios de atención a la dependencia sino los criterios comunes de acreditación que deberían ser aplicados en las diferentes comunidades autónomas a la hora de redactar sus reglamentos de acreditación, unos reglamentos que estarán en vigor (según el punto 8º del anexo del acuerdo) antes del transcurso de doce meses desde la aprobación del presente acuerdo.
Que, en el mencionado acuerdo del Consejo Territorial del SAAD se determina que: Las Comunidades Autónomas, o administración que en su caso tenga la competencia, articularán las fórmulas de habilitación provisional de los centros, servicios y entidades, hasta tanto dicten las nuevas normas sobre acreditación adaptadas a los presentes criterios.
Que el Decreto 142/2010, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales 2010-2011 determina en su Disposición Transitoria que: En cuanto a lo previsto en el artículo 5 de este Decreto, y mientras no se apruebe el decreto de acreditación de entidades previsto en el artículo 70 de la Ley 12/2007, de 11 de octubre, de servicios sociales, se entenderán acreditadas:
a) Las entidades inscritas en el Registro de entidades, servicios y establecimientos sociales, si cumplen las cláusulas administrativas y las prescripciones técnicas para contratar con la Administración de la Generalidad según la tipología de servicios sociales.
b) Las entidades colaboradoras de las prestaciones de determinados servicios, al amparo de las órdenes dictadas por el departamento competente en materia de servicios sociales.
Que resulta imposible que una empresa auditoria de prestigio e independiente, en el plazo que transcurrirá entre la eficacia del acuerdo y el 31 de diciembre de 2010 pueda certificar el cumplimiento de los indicadores cuya guía se ha hecho pública junto con la resolución.
Que el artículo 1116 del Código Civil determina que: Las condiciones imposibles, las contrarias a las buenas costumbres y las prohibidas por la ley anularán la obligación que de ellas dependa. La condición de no hacer una cosa imposible se tiene por no puesta.
Que el artículo 62 de la Ley 30/1992 determina la nulidad de los actos que tengan un contenido imposible.
Que durante 2010 hemos recibido instrucciones por parte del ICASS según las cuales el aumento del tipo de IVA del 7 al 8% no podía ser repercutido en la cantidad que pagan los beneficiarios de plaza colaboradora ni en la parte que paga la administración por lo que, en la práctica hemos visto disminuida la facturación de la estancia de estos residentes en un 1%.
SOLICITO
Considere la situación de las plazas de colaboración como equiparables a las de concierto ya que, aunque el régimen jurídico sea diferente, los usuarios de una y otra, son personas con idéntico derecho a recibir un servicio de calidad, que han seguido un idéntico trámite de acceso.
Considere que, actualmente, en aplicación del Decreto 142/2010 la residencia que represento está acreditada a todos los efectos hasta que se apruebe y se aplique el Decreto de Acreditación.
Considere que las obligaciones relativas a formación y capacitación de gerocultores mencionadas en el acuerdo del Consejo Territorial del SAAD publicado en el BOE 303 de 17 de desembre de 2008 no son aplicables en Cataluña hasta que no las recoja el futuro reglamento de acreditación.
Considere que el requisito impuesto de aplicar las tablas salariales y la jornada a anual del pacto de eficacia no se ajusta al derecho constitucional a la negociación colectiva, derecho que incluye el respeto a la fuerza vinculante de los convenios.
Considere que resulta técnicamente que entre el día de la resolución y el 31 de Diciembre ningún centro pueda aplicar los indicadores de calidad y una entidad auditoria pueda certificar su cumplimiento.
Considere que la residencia que represento cumple los requisitos para obtener la aportación económica y los residentes acogidos a plazas beneficiarias tienen derecho a la mejora en la calidad asistencial que justifica esa aportación.
En consecuencia procedan a pagar la aportación económica correspondiente a los siguientes residentes beneficiarios del programa conocido como de colaboración:
Residentes que tienen reconocido el Grado I (Total)
- (Nombres, apellidos, número de expediente, meses efectivos estancia 2010)
Residentes que tienen reconocido el Grado II (Total)
- (Nombres, apellidos, número de expediente, meses efectivos estancia 2010)
Residentes que tienen reconocido el Grado III (Total)
- (Nombres, apellidos, número de expediente, meses efectivos estancia 2010)
Total a recibir: …….€ correspondiente a la siguiente suma
Nº Meses estancia efectiva residentes grado I x 43,82€
Nº Meses estancia efectiva residentes grado I Ix 50€
Nº Meses estancia efectiva residentes grado I x 59,35
Fecha y firma
Consellera. Departament D’Acció Social i Ciutadania. Pça Pau Vila, 1 08023 Barcelona
La verdad es que no creo que haga mucho efecto ya que no tienen presupuestado suficiente dinero como para pagar esa cantidad. Sí creo, sin embargo que los argumentos son correctos y, por lo menos deberían ser tenidos en cuenta de cara al futuro.
Si alguien quiere bajarse el documento en word para rellenar e imprimir pueden encontrarlo aquí
Opiniones sobre atención a personas mayores, Ley de Dependencia y políticas públicas. Cooperación público privada. Residencias, centros de día y servicios de ayuda a domicilio.
lunes, 15 de noviembre de 2010
viernes, 12 de noviembre de 2010
MÁS SOBRE LA "PROPINILLA"
Más de 200 personas han visitado este blog entre anteyer y ayer y muchas de ellas me han enviado mails o me han llamado aportando más datos y posibles interpretaciones sobre la resolución de la Consellera Capdevila de 3 de noviembre.
Entre los datos, llama la atención que entre el documento y sus anexos hay una contradicción de conceptos: La resolución habla claramente de "aportación económica" pero en el anexo se habla de "incremento de tarifas". Parece que con las prisas han hecho el "corta y pega" sin fijarse demasiado.
También ha llamado la atención un visitante sobre el hecho de que no son 26 los indicadores sino 26 procesos con ¡41 indicadores!
Sobre las interpretaciones quiero llamar la atención sobre dos:
- Un amigo me indica que me equivoco al decir que la consellera se burla del sector porque lo único que está haciendo es, dos días antes de empezar la campaña electoral, un guiño a los sindicatos. Parece que llevan años diciéndoles que van a conseguir que cualquier incremento de tarifas irá directamente dirigido a aumentar los salarios de los trabajadores de las residencias. Como ven que no lo han hecho (básciamente porque los salarios los pactan trabajadores y empresarios mediante el sistema de negociación colectiva) quieren dar la sensación de que lo intentan pero son los empresarios quienes no lo aceptan. Según esa opinión la resolución, de casi imposible cumplimiento, no va dirigida realmente a los empresarios sino a los sindicatos por lo que no sería una burla sino una triquiñuela.
- Otras personas me ha dicho que se me ve el plumero y que soy yo el que estoy escribiendo en clave electoral. Sobre esto, no voy a negar que tengo una ideología y, cualquiera que lea este blog puede deducirla sin demasiado esfuerzo. No obstante, el hecho de que comente la resolución el día que se hace pública me parece que tiene que ver más con la coincidencia cronológica que con cualquier otra cosa.
Por favor, amigos y amigas blogueros. Seguid enviándome opiniones o poniéndolas directamene en le foro de Inforesidencias.com.
Entre los datos, llama la atención que entre el documento y sus anexos hay una contradicción de conceptos: La resolución habla claramente de "aportación económica" pero en el anexo se habla de "incremento de tarifas". Parece que con las prisas han hecho el "corta y pega" sin fijarse demasiado.
También ha llamado la atención un visitante sobre el hecho de que no son 26 los indicadores sino 26 procesos con ¡41 indicadores!
Sobre las interpretaciones quiero llamar la atención sobre dos:
- Un amigo me indica que me equivoco al decir que la consellera se burla del sector porque lo único que está haciendo es, dos días antes de empezar la campaña electoral, un guiño a los sindicatos. Parece que llevan años diciéndoles que van a conseguir que cualquier incremento de tarifas irá directamente dirigido a aumentar los salarios de los trabajadores de las residencias. Como ven que no lo han hecho (básciamente porque los salarios los pactan trabajadores y empresarios mediante el sistema de negociación colectiva) quieren dar la sensación de que lo intentan pero son los empresarios quienes no lo aceptan. Según esa opinión la resolución, de casi imposible cumplimiento, no va dirigida realmente a los empresarios sino a los sindicatos por lo que no sería una burla sino una triquiñuela.
- Otras personas me ha dicho que se me ve el plumero y que soy yo el que estoy escribiendo en clave electoral. Sobre esto, no voy a negar que tengo una ideología y, cualquiera que lea este blog puede deducirla sin demasiado esfuerzo. No obstante, el hecho de que comente la resolución el día que se hace pública me parece que tiene que ver más con la coincidencia cronológica que con cualquier otra cosa.
Por favor, amigos y amigas blogueros. Seguid enviándome opiniones o poniéndolas directamene en le foro de Inforesidencias.com.
miércoles, 10 de noviembre de 2010
LA CONSELLERA CAPDEVILA SE DESPIDE RIÉNDOSE DEL SECTOR GEROASISTENCIAL
Si algo está claro en Cataluña en relación a las próximas elecciones es que en el Departamento competente en Servicios Sociales (hoy d'Acció Social i Ciutadania) habrá cambios profundos, como mínimo en lo que a personas se refiere. Es inimaginable que, sea quien sea quien gane, vuelva a hacer cohabitar a una consejera de un partido con una directora general del ICASS de otro viendo cómo han ido las cosas.
Es cierto que el gobierno que acaba ha visto como tenía que poner en funcionamiento el Sistema de la Dependencia y la Llei de Serveis Socials, elaborados en una época de vacas gordas, en plena crisis económica, pero también lo es que los presupuestos de dependencia han sido de los menos afectados por las medidas contra el déficit.
En su relación con el sector geroasistencial empresarial, este gobierno se ha ido moviendo entre el acercamiento y la desconfianza. Es cierto que las mesas técnicas se han reunido y que, tanto la Consejera como la directora del ICASS han participado en actos públicos organizados por asociaciones patronales, pero no lo es menos que, en todo momento han actuado como si el sector empresarial de atención a mayores fuese poco digno de confianza. Sólo así puede entenderse que, a pesar de comprometerse en diversas ocasiones no hayan sido capaces de aprobar un decreto de acreditación; que hayan dejado en la estacada durante dos años a las residencias que esperaban poder acreditarse durante 2009 y 2010 o que, en relación a la subida de tarifa de los conciertos hayan ido alargando las cosas hasta muy, muy al final.
Tan al final que, el día 3 de noviembre (a poco más de tres semanas de las elecciones), la Consellera dicta una resolución en la que se entrelee su carcajada. ¿Queríais subida de concierto?, Aquí la tenéis.
Al final la subida no es subida sino "propinilla", y además "propinilla envenenada". Una subida de tarifas supone que los precios quedan determinados de una forma de ahora en adelante. Una "propinilla envenenada" consiste en dar una cantidad que "no implica consolidación de derechos económicos para ejercicios futuros" (literal de la resolución) y que supone incrementar los costes del servicio de forma permanente.
Vayamos por partes. Esta resolución se parece mucho a la que ya circuló como propuesta en junio pero hay algún cambio. Para conseguir la "aportación económica" hay que cumplir tres requisitos:
1. Condiciones laborales:
Según me cuentan personas que han asistido a las reuniones de la mesa técnica, la necesidad de que exista un convenio colectivo catalán es una fijación de la Sra. Carolina Homar (Directora del ICASS), que no acepta que, aplicando la Ley de la negociación colectiva, los sindicatos y empresarios hayan acordado el V Convenio Marco Estatal de la Dependencia que es de aplicación en Cataluña. Esta fijación se alimenta a su vez de los sindicatos, sobre todo UGT, que consideran que cualquier subida de tarifas debe ir dirigida a subir los salarios de los empleados. Desde hace años se ha intentado negociar el convenio catalán, y hace poco casi se alcanzó, pero se rompieron las negociaciones (por decisión de los sindicatos, según dos fuentes de la parte empresarial).
De uno de aquéllos intentos surgió un pacto de eficiacia (una especie de convenio pero que sólo aplican las partes que lo han firmado) que firmaron los sindicatos con la patronal de las entidades religiosas (entonces FERS) y que tiene unas condiciones laborales diferentes al V Convenio estatal. El salario y la jornada anual son mejores para los trabajadores pero la forma de computar los festivos trabajados así como los descansos, por ejemplo, no lo son tanto.
Explico todo esto porque sin saberlo no se entiende que ahora la Generaliat diga que las residencias que quieran recibir la "propinilla" tienen que aplicar el pacto de eficacia o garantizar que sus gerocultores cobran un salario base de 991,2€ (un 8% más que en el V Convenio) y tener una jornada anual de 1744horas (un 3% menos que el V Convenio). Este requisito está muy bien para quien ya aplica el pacto de eficacia pero, ¿Puede una residencia arriesgarse a cambiar el salario y jornada de sus trabajadores con efecto 1 de Enero de 2010 para cobrar una cantidad este año que no está garantizada el que viene?. Además, la subida sólo se aplica a los usuarios de plaza pública por lo que las residencias que tengan plazas públicas y privadas verían incrementar sus costes para todos sólo a cambio de la "propinilla".
2. Indicadores de calidad
Se exige el registro de los famosos "26 indicadores" que ya se hicieron públicos pero que ahora se complementan con un manual de 80 páginas para su aplicación. Además se pide, para poder cobrar la "propinilla" que la residencia presente un certificado emitido por una empresa auditora reconocida e independiente. ¿Cuánto creen que cobrará Applus+ o Bureau Veritas por acreditar que se cumplen unos indicadores el manual de los cuales tiene 80 páginas? No piensen en cientos de Euros sino más bien en miles. Por otro lado, ¿existe alguna auditoria reconocida e independiente preparada para acreditar antes de finales de 2010 que una residencia cumple con los indicadores?. Lo digo porque supongo que esas auditadoras necesitarán de un tiempo para preparar su manual de auditación y formar a algún auditor antes de empezar a auditar residencias concretas. Yo creo que es imposible que en siete semanas las residencias se preparen y las auditoras auditen. También creo que esto lo saben perfectamente la consellera y la directora del ICASS y por eso creo que se están mofando del sector.
Sigo pensando que la Generalitat tendría que gastar menos en inventar y más en aplicar. Existen certificaciones y sistemas de calidad creados, algunos genéricos (ISO, EFQM) y otros más específicos como las normas UNE 158000. ¿De verdad hace falta exigir algo nuevo y diferente? Pues parece que sí.
3. Titulación de los gerocultores
La regla general para todas las comunidades es que todas las gerocultoras tengan un título o reconocidas sus competencias a finales de 2015 (así lo estableció el Consejo Territorial) y que, a medio camino, a finales de 2011, se alcance el 35%.
Aquí, por un lado somos más lanzados que los demás y queremos que el 35% sea a finales de 2010 para poder cobrar la "propinilla". Pero, por otro lado sabemos que el proceso está atascado (la resolución dice que es un "proceso en construcción") y que es imposible que se cumpla tal como estaba previsto por lo que imaginaremos que cumple quien se haya inscrito en un proceso (o sea registrado una solicitud) y se comprometa a alcanzar el 100% en el futuro.
El tercer requisito no supone ningún obstáculo pero los otros dos, unidos al carácter puntual de la subida hacen que, casi ninguna residencia perteneciente a una empresa vaya a obtener la "propinilla".
Incluso si alguna, de las que aplican el V Convenio, se lo plantease, debería pagar con efectos enero un aumento del 8% a sus gerocultores y reducirles la jornada anual un 3%. Admitiendo que alguna lo hiciese ¿Aceptarían los trabajadores que eso funciosase sólo en 2010 debido a que lo que se cobrará de más será algo puntual y no consolidable?. Lo más seguro es que no, por lo que las residencias que se arriesguen a hacerlo saben que están cargando su cuenta de resultados con un gasto que se mantendrá cuando los ingresos no están garantizados. Claro que si lo hacen, cuando se den cuenta del error y se quejen a la Generalitat, las quejas se las tendrán que presentar a los nuevos inquilinos de Palau de Mar (sean del partido que sean pero que seguro, no serán las mismas personas). Un regalito que deja en el cajón la Consellera.
Me gustaría poder contrastar lo que pienso con alguien que esté viviendo directamente la situación, yo veo una jugada política: Cuando presentaron en junio el borrador, la Consejera ofreció una rueda de prensa y la mayor parte de los periodistas se fueron sin entender de qué iba exactamente la cosa. Supongo que ahora habrá otra.
El final de la resolución parece un pequeño guiño al sector ya que, después de mostrar "el caramelo que no comeréis", abre la puerta a que las residencias concertadas que ofrezcan habitaciones individuales con baño y una superfície un 10% superior a la exigida (o sea 6m2) puedan cobrar un suplemento a quien las ocupe como servicio opcional.
Y, cómo si de un homenaje a Gila se tratase, se establece una excepción: Los centros en que todas las habitaciones san individuales no podrán cobrar el suplemento ya que en ese caso tener habitación individual no será una opción. Ya lo saben esas residencias, sea como sea hay que tener una habitación doble.
Es cierto que el gobierno que acaba ha visto como tenía que poner en funcionamiento el Sistema de la Dependencia y la Llei de Serveis Socials, elaborados en una época de vacas gordas, en plena crisis económica, pero también lo es que los presupuestos de dependencia han sido de los menos afectados por las medidas contra el déficit.
En su relación con el sector geroasistencial empresarial, este gobierno se ha ido moviendo entre el acercamiento y la desconfianza. Es cierto que las mesas técnicas se han reunido y que, tanto la Consejera como la directora del ICASS han participado en actos públicos organizados por asociaciones patronales, pero no lo es menos que, en todo momento han actuado como si el sector empresarial de atención a mayores fuese poco digno de confianza. Sólo así puede entenderse que, a pesar de comprometerse en diversas ocasiones no hayan sido capaces de aprobar un decreto de acreditación; que hayan dejado en la estacada durante dos años a las residencias que esperaban poder acreditarse durante 2009 y 2010 o que, en relación a la subida de tarifa de los conciertos hayan ido alargando las cosas hasta muy, muy al final.
Tan al final que, el día 3 de noviembre (a poco más de tres semanas de las elecciones), la Consellera dicta una resolución en la que se entrelee su carcajada. ¿Queríais subida de concierto?, Aquí la tenéis.
Al final la subida no es subida sino "propinilla", y además "propinilla envenenada". Una subida de tarifas supone que los precios quedan determinados de una forma de ahora en adelante. Una "propinilla envenenada" consiste en dar una cantidad que "no implica consolidación de derechos económicos para ejercicios futuros" (literal de la resolución) y que supone incrementar los costes del servicio de forma permanente.
Vayamos por partes. Esta resolución se parece mucho a la que ya circuló como propuesta en junio pero hay algún cambio. Para conseguir la "aportación económica" hay que cumplir tres requisitos:
1. Condiciones laborales:
Según me cuentan personas que han asistido a las reuniones de la mesa técnica, la necesidad de que exista un convenio colectivo catalán es una fijación de la Sra. Carolina Homar (Directora del ICASS), que no acepta que, aplicando la Ley de la negociación colectiva, los sindicatos y empresarios hayan acordado el V Convenio Marco Estatal de la Dependencia que es de aplicación en Cataluña. Esta fijación se alimenta a su vez de los sindicatos, sobre todo UGT, que consideran que cualquier subida de tarifas debe ir dirigida a subir los salarios de los empleados. Desde hace años se ha intentado negociar el convenio catalán, y hace poco casi se alcanzó, pero se rompieron las negociaciones (por decisión de los sindicatos, según dos fuentes de la parte empresarial).
De uno de aquéllos intentos surgió un pacto de eficiacia (una especie de convenio pero que sólo aplican las partes que lo han firmado) que firmaron los sindicatos con la patronal de las entidades religiosas (entonces FERS) y que tiene unas condiciones laborales diferentes al V Convenio estatal. El salario y la jornada anual son mejores para los trabajadores pero la forma de computar los festivos trabajados así como los descansos, por ejemplo, no lo son tanto.
Explico todo esto porque sin saberlo no se entiende que ahora la Generaliat diga que las residencias que quieran recibir la "propinilla" tienen que aplicar el pacto de eficacia o garantizar que sus gerocultores cobran un salario base de 991,2€ (un 8% más que en el V Convenio) y tener una jornada anual de 1744horas (un 3% menos que el V Convenio). Este requisito está muy bien para quien ya aplica el pacto de eficacia pero, ¿Puede una residencia arriesgarse a cambiar el salario y jornada de sus trabajadores con efecto 1 de Enero de 2010 para cobrar una cantidad este año que no está garantizada el que viene?. Además, la subida sólo se aplica a los usuarios de plaza pública por lo que las residencias que tengan plazas públicas y privadas verían incrementar sus costes para todos sólo a cambio de la "propinilla".
2. Indicadores de calidad
Se exige el registro de los famosos "26 indicadores" que ya se hicieron públicos pero que ahora se complementan con un manual de 80 páginas para su aplicación. Además se pide, para poder cobrar la "propinilla" que la residencia presente un certificado emitido por una empresa auditora reconocida e independiente. ¿Cuánto creen que cobrará Applus+ o Bureau Veritas por acreditar que se cumplen unos indicadores el manual de los cuales tiene 80 páginas? No piensen en cientos de Euros sino más bien en miles. Por otro lado, ¿existe alguna auditoria reconocida e independiente preparada para acreditar antes de finales de 2010 que una residencia cumple con los indicadores?. Lo digo porque supongo que esas auditadoras necesitarán de un tiempo para preparar su manual de auditación y formar a algún auditor antes de empezar a auditar residencias concretas. Yo creo que es imposible que en siete semanas las residencias se preparen y las auditoras auditen. También creo que esto lo saben perfectamente la consellera y la directora del ICASS y por eso creo que se están mofando del sector.
Sigo pensando que la Generalitat tendría que gastar menos en inventar y más en aplicar. Existen certificaciones y sistemas de calidad creados, algunos genéricos (ISO, EFQM) y otros más específicos como las normas UNE 158000. ¿De verdad hace falta exigir algo nuevo y diferente? Pues parece que sí.
3. Titulación de los gerocultores
La regla general para todas las comunidades es que todas las gerocultoras tengan un título o reconocidas sus competencias a finales de 2015 (así lo estableció el Consejo Territorial) y que, a medio camino, a finales de 2011, se alcance el 35%.
Aquí, por un lado somos más lanzados que los demás y queremos que el 35% sea a finales de 2010 para poder cobrar la "propinilla". Pero, por otro lado sabemos que el proceso está atascado (la resolución dice que es un "proceso en construcción") y que es imposible que se cumpla tal como estaba previsto por lo que imaginaremos que cumple quien se haya inscrito en un proceso (o sea registrado una solicitud) y se comprometa a alcanzar el 100% en el futuro.
El tercer requisito no supone ningún obstáculo pero los otros dos, unidos al carácter puntual de la subida hacen que, casi ninguna residencia perteneciente a una empresa vaya a obtener la "propinilla".
Incluso si alguna, de las que aplican el V Convenio, se lo plantease, debería pagar con efectos enero un aumento del 8% a sus gerocultores y reducirles la jornada anual un 3%. Admitiendo que alguna lo hiciese ¿Aceptarían los trabajadores que eso funciosase sólo en 2010 debido a que lo que se cobrará de más será algo puntual y no consolidable?. Lo más seguro es que no, por lo que las residencias que se arriesguen a hacerlo saben que están cargando su cuenta de resultados con un gasto que se mantendrá cuando los ingresos no están garantizados. Claro que si lo hacen, cuando se den cuenta del error y se quejen a la Generalitat, las quejas se las tendrán que presentar a los nuevos inquilinos de Palau de Mar (sean del partido que sean pero que seguro, no serán las mismas personas). Un regalito que deja en el cajón la Consellera.
Me gustaría poder contrastar lo que pienso con alguien que esté viviendo directamente la situación, yo veo una jugada política: Cuando presentaron en junio el borrador, la Consejera ofreció una rueda de prensa y la mayor parte de los periodistas se fueron sin entender de qué iba exactamente la cosa. Supongo que ahora habrá otra.
El final de la resolución parece un pequeño guiño al sector ya que, después de mostrar "el caramelo que no comeréis", abre la puerta a que las residencias concertadas que ofrezcan habitaciones individuales con baño y una superfície un 10% superior a la exigida (o sea 6m2) puedan cobrar un suplemento a quien las ocupe como servicio opcional.
Y, cómo si de un homenaje a Gila se tratase, se establece una excepción: Los centros en que todas las habitaciones san individuales no podrán cobrar el suplemento ya que en ese caso tener habitación individual no será una opción. Ya lo saben esas residencias, sea como sea hay que tener una habitación doble.
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