martes, 10 de marzo de 2015

SOBRE LA ATENCIÓN SANITARIA QUE SE PRESTA EN RESIDENCIAS GERIÁTRICAS

El reto de cómo integrar la atención sanitaria a las personas mayores que viven en residencias geriátricas es uno de los más difíciles de afrontar que se encuentran los gestores públicos.

Y no es así porque las personas de edad que viven en residencias no estén recibiendo atención sanitaria, sino porque, aunque el derecho a dicha atención es algo básico y común; en cada comunidad autónoma, e incluso en cada residencia, se afronta de forma diferente.

Todos tenemos claro que cuando una persona está ingresada en un hospital público su atención corresponde a la sanidad pública, y seguirá siendo así incluso si algún día se establece un copago.  De igual forma sabemos que una persona que reside en su domicilio, con independencia de su edad, tiene derecho a recibir atención sanitaria, acudiendo para ello al centro de salud o al hospital que le corresponda.  En algún caso recibirá una receta para que vaya a la farmacia que libremente decida, y previo pago de una cantidad reciba la medicación prescrita.

El problema surge cuando una persona mayor ingresa en una residencia geriátrica pública o privada.  En ese caso parece que entra en una especie de limbo sanitario.

En principio, una residencia es el domicilio de la persona por lo que, en su relación con la sanidad debería tener los mismos servicios que alguien que viva en su casa.  O sea, la sanidad pública debería encargarse de su atención sanitaria desde el centro de salud o mediante algún servicio de urgencia domiciliaria.  Debería dispenarle unas recetas y, éstas deberían ser llevadas a la oficina de farmacia.

En la práctica la situación es diferente y variopinta.

Dentro de las muchas modalidades que existen voy a describir una.

La residencia tiene contratado un médico que es quien atiende a los pacientes y les prescribe medicación.  Esa medicación se escribe en dos listas iguales.  Una se dirige al médico de cabecera de los residentes y otra a una farmacia del municipio que, aunque no tenga las recetas oficiales, entrega a la residencia los medicamentos.  Al cabo de unos días el médico de cabecera convierte la lista en recetas electrónicas que se tramitan a la farmacia con lo que se cierra el círculo.

Es cierto que durante unos días la farmacia a entregado medicamentos sin receta; es cierto que puede suceder que durante el proceso alguien muera con lo que el médico de cabecera habrá recetado un medicamento a un fallecido.  Es cierto que la práctica no es legal:  ¡pero funciona! 

Las residencias que funcionan así saben que si necesitan hoy un medicamento lo podrán tener.   Las farmacias saben que aunque están incumpliendo la ley al entregar medicamentos aparentemente sin receta y aunque la administración tardará bastante en pagarles, por lo menos tienen un cliente (la residencia) al que suelen poder facturar bastante.  El médico de cabecera, concentra su tiempo en los pacientes a los que ve y compagina esa labor asistencial con la de “escribiente” lo que parece no ser vivido como un problema.

Desde hace unos años y desde diferentes comunidades autónomas se están llevando a cabo intentos por racionalizar este proceso.

Existen residencias en las que es directamente la atención primaria sanitaria la que atiende a los residentes; comunidades autónomas que regulan a qué farmacias hay que llevar las recetas o que han creado equipos dentro de la atención primaria que “filtran” el proceso de recetas y las derivaciones a urgencias.

A simple vista parecería que estos experimentos y programas piloto hacen que la atención sea mejor.  La realidad es que, como en muchas ocasiones se establecen con la indisimulada intención de ahorrar dinero, lo que acaban consiguiendo es que el mayor que vive en una residencia acabe siendo discriminado.

Veamos algunos ejemplos: 

Si hablamos de uso de pañales.  En muchas comunidades se ha establecido un sistema de racionalización que hace que tanto el número máximo por día como la marca de los mismos vengan pre-determinados por la administración.  El número máximo y la elección de la marca varía si la persona mayor vive en una residencia o en su casa siendo inferior en el primer caso.

Si hablamos de material de cura, de las agujas y tiras de reactivos que se utiliza para medir el azúcar en sangre u otros.  Las residencias reciben un número preestablecido por cada residente que las precisa que es inferior al que recibe quien vive en su casa.

A estos ejemplos se puede añadir la tendencia que existe en los hospitales de dar el alta mucho antes a personas que saben viven en residencias geriátricas que a las que provienen de sus domicilios, aunque la necesidad de atención y tratamiento haría recomendable una permanencia más larga en el hospital.

Vivimos, pues, pendientes de que exista un sistema único y racional que permita a los residentes recibir la mejor atención y a las residencias saber que lo que están haciendo es totalmente legal y mantenible en el tiempo.

He querido escribir esto en el blog porque hace unas semanas estuve hablando con unos responables autonómicos en el campo sociosanitario y me sorprendió ver que desconocían algunos aspectos de esta realidad que describo.

Hoy mismo (10 de marzo de 2015) se está celebrando en Madrid se celebrará el Congreso Internacional Dependencia y Calidad de Vida que versa sobre el reto de la cronicidad.  Supongo que pocos de los distinguidos ponentes leerán mi blog pero, si lo hacen, estaría bien que fuesen conscientes de que esta realidad existe en las residencias geriátricas de Madrid y en las de toda España.


Acabo con un ruego:  a los directores de residencia, ¿podríais confirmar o desmentir lo que digo?

No hay comentarios:

Publicar un comentario