Mostrando entradas con la etiqueta llei de serveis socials. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta llei de serveis socials. Mostrar todas las entradas

lunes, 20 de mayo de 2013

UN "ALGO" ESCONDIDO

¿No es cierto que a veces haces algo bueno y con buena intención y por algún pequeño detalle acabas quedando mal?

Me temo que algo así es lo que le va  a pasar a la Generalitat  de Catalunya con un proyecto de Ley que se tramita en el Parlament.

Me refiero concretamente al proyecto de Ley de Accesibilidad que se tramita actualmente (mayo de 2013 en el Parlament de Catalunya) y que me ha facilitado el presidente de Upimir, Vicente Botella. Aunque en apariencia regula la accesibilidad  en los medios de transporte, los edificios, la comunicación  y los productos, esconde alguna sorpresa.

Alguien no familiarizado con los entresijos del poder pensaría que si se llama Ley de Accesibilidad y en su índice aparece que trata de accesibilidad, entonces es que, efectivamente trata sobre Accesibilidad.  ¡Pues no!  Nuestros gobernantes y parlamentarios, que seguro saben más que nosotros, han decidido que esta Ley es un buen lugar en el que meter un cambio del régimen de autorización y sancionador de servicios sociales.

O sea, que a partir del momento en que esta Ley se apruebe, cuando se busque cómo se autoriza una residencia o qué se considera infracción o sanción, tendremos que mirar en esta Ley.

Quizás estoy siendo demasiado sarcástico ya que la primera versión de la actual Llei de Serveis Socials, la 12/2007, aquélla por la que tanto se congratularon nuestros políticos al haber conseguido aprobarla por unanimidad, fue modificada a fondo mediante la   Ley 10/2011, del 29 de Diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa (en serio, le pusieron ese nombre) que popularmente se conoció como Ley Omnibus.  O sea que, eso de cambiar las leyes "de tapadillo", es algo a lo que ya deberíamos estar acostumbrados.

Digo "de tapadillo", no porque yo no tuviese ni idea de que se estaba tramitando, sino porque, hace muy pocos días, estuve en un acto en el que había altos representantes de diferentes asociaciones patronales del sector de las residencias para mayores y atención a la dependencia y, sorprendentemente, algunos no tenían ni idea, y los que sí, se acababan de enterar.

Dejando a un lado lo chapucero que resulta utilizar una disposición final de una Ley de Accesibilidad para modificar el régimen sancionador de servicios sociales, voy al grano.

Básicamente se cambian dos cosas:

En lo relativo a la autorización de servicios sociales se permite que, los que no estén vinculados a un establecimiento, o sea, los servicios de ayuda a domicilio, puedan abrirse comunicando a la administración que su cumplen una serie de requisitos.  Las residencias geriátricas de Cataluña y otros establecimientos para personas mayores seguirán con el mismo sistema de licencia municipal (ambiental) más autorización de la Generalitat (que comporta la inscripción en el RESES, Registro de Entidades Servicios y Establecimientos Sociales). Ver apartado de reglamentación de residencias geriátricas y otros servicios para personas mayores.

En lo relativo al régimen sancionador, casi no se cambia nada.  Se adaptan la redacción de varias infracciones para adecuarlas al nuevo sistema de autorización y se introduce lo único verdaderamente significativo:

Se modifica el artículo 99.1 de la Ley que quedará, si se aprueba la nueva Ley, con el siguiente redactado:  Las infracciones leves es pueden sancionar con una amonestación o con una multa, o ambas a la vez, por una cantidad equivalente al importe del Indicador de Renta de Suficiencia correspondiente a un periodo de entre un día y tres meses.

¿Dónde está el cambio? , hasta ahora el 99.1 establecía multas de entre "un mes y tres meses".  O sea, que la sanción económica mínima que impondrá el Departament de Benestar Social i Familia ya no será de 569,12 Euros, sino de 1.   

Muchos verán en la modificación algo nimio.  Muchos pensarán que, puestos a cambiar la tipificación de infracciones y sanciones se podría haber optado por una modificación más a fondo que dejase de lado la profunda desconfianza que se destila de su mera lectura.  Puestos a cambiar la Ley se podría haber introducido la prestación económica vinculada y la capacidad de elección por parte de los usuarios como pilares del sistema.  Pero claro, esos muchos, entre los que me encuentro, no entendemos tan bien como nuestros gobernantes y parlamentarios, cómo hay que hacer las cosas.  Y así nos va.


domingo, 16 de diciembre de 2012

SEGUIMOS HABLANDO DEL ENDOSE DE LAS PEVS

El pasado 29 de Agosto escribí una entrada en el blog titulada Impagos y PEVS a raíz de las noticias que me llegaban según las cuales la Generalitat de Catalunya estaba pidiendo a las residencias acreditadas para acoger a beneficiarios de Prestaciones Económicas Vinculadas (PEVs) que enviasen sus datos bancarios de forma que estas prestaciones fuesen ingresadas directamente en la cuenta de la residencia en vez de pagarse al beneficiario.

Entonces dije claramente que no había una base jurídica clara para obligar a las residencias a aceptar el pago directo y que las residencias podían optar.

Ha ido pasando el tiempo y sigo recibiendo llamadas de residencia a las que les siguen presionando desde el ICASS para que presenten el papel con los datos bancarios.

Para contrastar algo las cosas he estado en contacto con el ICASS a ver si me podían confirmar que existía esa "presión" sobre las residencias para que acepten cobrar directamente.

En el fondo lo que busco es respuesta a una pregunta:  Si el beneficiario de la prestación es la persona dependiente ¿quién es la residencia para decidir cómo tiene que cobrarse la prestación económica?  ¿No sería más razonable que fuese el propio dependiente o sus familiares de referencia quienes decidiesen si quieren que la ayuda se les siga pagando a ellos o vaya directamente a la residencia?

Desde el ICASS me informan de lo que parece ser un malentendido.

Al parecer la intención de la administración al permitir que las residencias pidan cobrar directamente las prestaciones es dar respuesta a un problema que tienen algunas residencias (que las familias cobren la prestación y después no la paguen a la residencia).  Por eso, no existe presión, si la residencia no quiere el endose, sólo hace falta que lo diga (palabras textuales).

Antes de recibir estas aclaraciones pensaba que lo mejor era hacer intervenir a los usuarios y sus familiares, pero, si diciéndolo es suficiente, es mejor no liar la cosa.

En la Generalitat están sorprendidos por todo este asunto ya que, según me comentan, cuando hicieron las reuniones para explicar el sistema y expusieron que las PEVS se irían pagando a las residencias nadie puso objeciones.

Creo que ICASS tiene en parte razón ya que, para algunas residencias que temen que la familia no pague, el endose puede ser una buena opción.  Por otro lado, el miedo más intenso que tienen las residencias se centra en la posibilidad de que la Generalitat se retrase en el pago de las prestaciones con más facilidad si tiene que pagarlas a las residencias que a los usuarios.  No es un temor sin fundamento ya que, hasta ahora las PEV se han librado de los impagos producidos.

Quizás porque llevo unos cuantos años en esto, me resulta imposible dejar de ver el paralelismo entre lo que estamos viviendo ahora y lo que fue la entrada en funcionamiento del sistema de colaboración en los años noventa.  La diferencia es que entonces la colaboración era casi el único sistema mientras ahora conviven tres (concierto, colaboración y PEV).  En dos de ellos la Generalitat puede retrasarse en el pago haciendo recaer el menoscabo en las residencias mientras en las PEV, si deja de pagar, quien dejaría de cobrar serían los ciudadanos.

Con los antecedentes que tenemos, no es descabellado pensar que, si todas las PEV se pagasen directamente a las residencias, la próxima vez que una tensión de tesorería recomendase atrasar pagos, ese atraso afectaría a estas prestaciones igual que lo haría con el concierto y la colaboración.  Quizás sería más equitativo que así fuera, pero para las residencias que tienen usuarios beneficiarios de PEV, pedirles que entren voluntariamente en la boca del lobo se me muestra un poco desmesurado.

Lo bueno es saber que no es la intención de la Generalitat presionar a nadie por lo que, cada residencia puede decidir y sólo deberá escribir a Palau de Mar aceptando o no el cobro directo.

Espero, además, que las tensiones de tesorería vayan disminuyendo y esta reflexión se quede en papel mojado.