sábado, 15 de mayo de 2010

LA REBAJA INTERRUPTA DEL IVA

La primera información que apareció en la prensa a mediados de marzo nos decía que el gobierno y Convergència estaban negociando un paquete de medidas para impulsar la economía del país entre la que destacaba la rebaja del IVA de los servicios a la dependencia al 4% (desde el actual 7%). Esa noticia llegó en un buen momento ya que, según la Ley de Presupuestos de 2010 a partir de julio ese tipo se iba a elevar al 8%.
Durante unos días muchos estuvieron contentos ante la perspectiva. Una rebaja de ese tipo no tiene repercusión directa en la cuenta de resultados de una residencia ya que, al fin y al cabo, el IVA se recauda y se repercute. Sobre quien sí tendría consecuencias benéficas sería sobre las familias que verían rebajada la factura de la residencia en unos 500€ a 700€ al año.
Cuando, unos días después se fueron concretando las cosas supimos que la intención del gobierno no era ayudar a las familias que pagan de su bolsillo residencias privadas sino a las Comunidades Autónomas que conciertan plazas.
El final de la historia lo vemos en el Real Decreto- ley 6/2010 que indica que habrá una rebaja de tipo "a los servicios de dependencia que se presten mediante plazas concertadas o mediante precios derivados de concursos administrativos".
Veamos pues a quién y cómo afecta: En España, según datos del Imserso de 2008, el 24% de las 329.000 plazas en residencias son concertadas, el 23% públicas y el 53% privadas. O sea que en principio, afectará a ese 24% de residencias concertadas más a las residencias públicas que estén gestionadas por empresas y cobren “precios derivados de concursos públicos”.
Si los datos el Imserso son ajustados, hablaríamos de unas 78.000 plazas concertadas en las que el usuario, co-paga alrededor de un 25% del precio público. O sea, que la parte importante de la rebaja no afecta al precio que paga un ciudadano sino al que paga una comunidad autónoma a un proveedor.
En principio daría igual que el IVA de los conciertos fuese el 4 o el 40% ya que lo pagaría con una mano la administración y lo cobraría con la otra de forma que a los ciudadanos les afectaría poco (sólo a la parte del copago). El embrollo está en que ese IVA lo paga ahora de forma íntegra las autonomías a sus proveedores pero quien lo cobra es Hacienda, o sea el Estado, quien a su vez lo reparte con las Comunidad Autónoma. Bueno, eso sucedería en situaciones normales. Ahora, debido a la crisis, al excesivo optimismo de las previsiones públicas de recaudación y la baja recaudación efectiva del impuesto, resulta que algunas comunidades autónomas han recibido en concepto de IVA más de lo que debían y tienen ahora que devolver o compensar al Estado.
En ese contexto bajar el tipo impositivo del IVA de los conciertos supone únicamente, y de forma imbrincada, aligerar un poco las cuentas de las comunidades autónomas.
Me imagino así lo que le dirá la Vicepresidenta económica a un consejero autonómico: “Antes me pagabas 7 y yo te devolvía 3,5. Ahora me pagarás 4 y te devolveré 2, o sea que sales ganando 1,5”. El Consejero asombrado preguntará “Me gusta la idea. ¿Y cuándo me empezarás a devolver esos 2?”, a lo que la Vicepresidenta responderá “No, no, lo de devolver es en sentido figurado. Lo que haré es descontártelo de lo que te di de más el año pasado”. Supongo que seguirán discutiendo un rato y después volverán a sus despachos en sus coches oficiales. “Todo sea por la recuperación económica”,

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