Junio 2007
“¡Que ellos hagan las leyes y me dejen a mí hacer los reglamentos!” Esta frase atribuida al conde de Romanones, ha servido tradicionalmente para indicar la poca aplicabilidad directa de las leyes y la capacidad que tienen los gobiernos para desvirtuarlas mediante la elaboración de normas de desarrollo.
En el siglo XXI las cosas se han modernizado y sofisticado, pero los gobernantes, aunque no lo digan, parece que piensan igual que el ilustre político.
La ley de Dependencia alcanzó en las Cortes una amplísima mayoría que parecía vaticinar un desarrollo pacífico. Pero las cosas no están siendo así. Esta ley, a diferencia de lo que sucede con la mayoría de textos legales, no ha de ser desarrollada directamente por el gobierno sino a propuesta de un Consejo Territorial formado por representantes del gobierno y de las comunidades autónomas y con el acompañamiento ornamental de dos órganos consultivos. Y allí es donde han empezado los problemas. La composición del Consejo Territorial (en la que el gobierno ha querido reservarse una mayoría suficiente) rompió el consenso entre los grandes partidos, y a partir de allí han seguido las discrepancias.
El gobierno ha dejado claro que, con Consejo o sin Consejo, será él quien haga los reglamentos. Si vemos el orden en el que están apareciendo podemos saber hacia dónde van los tiros.
Primero el decreto de baremo que ha permitido que se empiecen a tramitar solicitudes de valoración. Después el nivel mínimo de cobertura que nos dice que el Estado garantiza una aportación mínima de 250€/mes por cada persona con mayor nivel de dependencia. E, inmediatamente a continuación, la incorporación de los cuidadores familiares a la seguridad social.
En el tintero han quedado por el momento normas tan relevantes como las e intensidad de atención, copago o acreditación que, si bien se discuten y aprueban en el Consejo, no llegan a ver la luz del BOE.
Si el orden en que aparecen los reales decretos pueden ser considerado como indicador de la voluntad del gobernante, en el futuro próximo, habrá muchos cuidadores familiares cobrando 390€ al mes, más la nanocotización de 74€ (la mitad de lo que cotiza alguien en el régimen de trabajadores del hogar).
Por supuesto que la calidad y profesionalización requiere potenciar los servicios profesionales pero.. la pela es la pela y el año que viene tenemos elecciones generales.
¿Caerán nuestros queridos gobernantes en la tentación de crear el PER de la Dependencia o serán valientes y harán una apuesta por los principios que establece la Ley?
Opiniones sobre atención a personas mayores, Ley de Dependencia y políticas públicas. Cooperación público privada. Residencias, centros de día y servicios de ayuda a domicilio.
domingo, 24 de junio de 2007
jueves, 24 de mayo de 2007
¿RESIDENCIAS O CÁRCELES? CUESTIÓN DE PRECIOS
Mayo 2007
Uno de los debates que se reiteran con más insistencia cuando se habla de la atención a personas dependientes es el del coste de la atención. Sabemos que, según la comunidad podemos encontrar una plaza en residencia privada a precios que oscilan entre los 1.300 y los 3.000 euros/mes. La diferencia se justifica por lo variado de las normativas, calidades y en condicionantes de mercado. También sabemos que la mayoría de comunidades autónomas concierta plazas con la iniciativa privada estableciendo para ello un precio público que tiene oscilaciones altísimas de una comunidad a otra, pero ¿tiene justificación esa oscilación?. Ahora que tenemos un Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia que establece un común para todo el Estado, puede plantearse una pregunta: ¿estaría justificada la existencia de un precio público común?, y un paso más allá ¿Cuál debería ser ese precio público?
Sobre esas cosas iba yo cavilando cuando un amigo me envía una noticia sacada de un periódico según la cual construir una plaza penitenciaria cuesta 90.150 € y que a la administración pública le cuesta de media 60 euros al día la manutención de un interno en un centro penitenciario (sin imputar amortizaciones). El artículo (El Periódico, 17-09-2006) no tiene desperdicio, dice que en las prisiones hay masificación “hay seis personas por celda”. Las palabras del político buscan justificar la construcción de más cárceles.
Mi amigo me dice que en la residencia que dirige cobra la plaza pública de alta dependencia a 53,01€, que con ese precio tiene que afrontar las amortizaciones y una ratio de personal que supera el 0,5. Tiene contratados médico, enfermero, trabajador social, fisioterapeuta, psicólogo, educador social y otro personal. Además, él paga todos los salarios cada mes aunque tarde algo más en cobrar parte del precio público.
Sé que comparar, por el motivo que sea, una cárcel y una residencia suena fatal, pero hay un aspecto en el que sí puede hacerse. Son entornos que sustituyen (por motivos diametralmente opuestos) el domicilio de personas y en los que trabajan profesionales cualificados. Aunque sólo sea por eso debería poder establecerse un sistema objetivo de valorar cuál es el coste del servicio y, aunque sólo fuese por estética, en ninguna comunidad debería existir un precio público por dar atención las 24 horas del día a una persona dependiente menor al “coste neto” que tiene para la administración el mantenimiento de un recluso en un centro penitenciario.
Uno de los debates que se reiteran con más insistencia cuando se habla de la atención a personas dependientes es el del coste de la atención. Sabemos que, según la comunidad podemos encontrar una plaza en residencia privada a precios que oscilan entre los 1.300 y los 3.000 euros/mes. La diferencia se justifica por lo variado de las normativas, calidades y en condicionantes de mercado. También sabemos que la mayoría de comunidades autónomas concierta plazas con la iniciativa privada estableciendo para ello un precio público que tiene oscilaciones altísimas de una comunidad a otra, pero ¿tiene justificación esa oscilación?. Ahora que tenemos un Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia que establece un común para todo el Estado, puede plantearse una pregunta: ¿estaría justificada la existencia de un precio público común?, y un paso más allá ¿Cuál debería ser ese precio público?
Sobre esas cosas iba yo cavilando cuando un amigo me envía una noticia sacada de un periódico según la cual construir una plaza penitenciaria cuesta 90.150 € y que a la administración pública le cuesta de media 60 euros al día la manutención de un interno en un centro penitenciario (sin imputar amortizaciones). El artículo (El Periódico, 17-09-2006) no tiene desperdicio, dice que en las prisiones hay masificación “hay seis personas por celda”. Las palabras del político buscan justificar la construcción de más cárceles.
Mi amigo me dice que en la residencia que dirige cobra la plaza pública de alta dependencia a 53,01€, que con ese precio tiene que afrontar las amortizaciones y una ratio de personal que supera el 0,5. Tiene contratados médico, enfermero, trabajador social, fisioterapeuta, psicólogo, educador social y otro personal. Además, él paga todos los salarios cada mes aunque tarde algo más en cobrar parte del precio público.
Sé que comparar, por el motivo que sea, una cárcel y una residencia suena fatal, pero hay un aspecto en el que sí puede hacerse. Son entornos que sustituyen (por motivos diametralmente opuestos) el domicilio de personas y en los que trabajan profesionales cualificados. Aunque sólo sea por eso debería poder establecerse un sistema objetivo de valorar cuál es el coste del servicio y, aunque sólo fuese por estética, en ninguna comunidad debería existir un precio público por dar atención las 24 horas del día a una persona dependiente menor al “coste neto” que tiene para la administración el mantenimiento de un recluso en un centro penitenciario.
martes, 24 de abril de 2007
Benchmarking. ¿Quién lo está haciendo mejor?
Abril 2007
Últimamente he disfrutado mucho asistiendo o participando en congresos y jornadas sobre la Ley de Dependencia y, en cada uno de esos actos, hay alguna mesa en la que representantes de tres o cuatro comunidades autónomas explican su sistema de contratación de atención domiciliaria, su original programa para que las empresas creen plazas en suelo público u otras iniciativas por el estilo. Siempre cada uno lo hace basándose en las “peculiares características” de la comunidad autónoma de manera que parece que en cada sitio se hace lo que “toca hacer”. Y yo me pregunto ¿no hay algún sistema que nos permita, de una forma objetiva, comparar las diferentes formas de gestionar de manera que podamos saber qué funciona mejor (y qué peor)?.
Lo primero que habría que comparar de una forma objetiva, a mi forma de ver, son los planes que se idearon a finales de los noventa y que hoy ya son una realidad: el “Plan Velocidad de Madrid”, el “sistema alemán” de Castilla la Mancha y el “Plan 9000” (después llamado “Plan Blasco”) de la Comunidad Valenciana. En los tres casos se nos presentaron como una forma de trasladar a la iniciativa privada el coste de la inversión en la construcción de residencias de forma que las administraciones sólo gastasen en servicio. En los tres casos se han construido y funcionan residencias y, también en los tres casos, cuando viajas por la comunidad en cuestión, escuchas opiniones más o menos favorables a la experiencia. ¿Podemos saber cuál de los tres programas es mejor? Para hacerlo deberíamos obtener datos básicos de los mismos que nos permitiesen, con la perspectiva del tiempo transcurrido cuál ha sido el sistema más eficaz y eficiente (qué sistema ofrece una mayor calidad a igualdad de gasto público), y cuál ha tenido efectos más positivos desde la perspectiva de los ayuntamientos que cedieron en algunos casos el suelo, la comunidad autónoma, los usuarios y las empresas . Quizá estaría bien tener un “grupo de control” formado por alguna comunidad que sólo utiliza el concierto.
Creo que sería fundamental, ahora que creamos un sistema de dependencia de ámbito estatal, que desde un ámbito no público (ni con posible vinculación partidista) se empezasen a hacer esas comparaciones ya que parece que la gran discusión sobre la Ley de Dependencia es la financiación pero, una vez se empiece a repartir dinero la verdadera duda será ¿está gastando mi comunidad autónoma el dinero de la dependencia de la forma más racional posible?. Difícilmente podremos saberlo si no disponemos de herramientas objetivas y fácilmente nos podremos ver embaucados por gestores poco eficientes que culpen “al otro” de la falta de recursos
¿Sería osado intentar hacer una comparación objetiva entre las residencias públicas gestionadas por la administración y las dadas a gestión privada?
Últimamente he disfrutado mucho asistiendo o participando en congresos y jornadas sobre la Ley de Dependencia y, en cada uno de esos actos, hay alguna mesa en la que representantes de tres o cuatro comunidades autónomas explican su sistema de contratación de atención domiciliaria, su original programa para que las empresas creen plazas en suelo público u otras iniciativas por el estilo. Siempre cada uno lo hace basándose en las “peculiares características” de la comunidad autónoma de manera que parece que en cada sitio se hace lo que “toca hacer”. Y yo me pregunto ¿no hay algún sistema que nos permita, de una forma objetiva, comparar las diferentes formas de gestionar de manera que podamos saber qué funciona mejor (y qué peor)?.
Lo primero que habría que comparar de una forma objetiva, a mi forma de ver, son los planes que se idearon a finales de los noventa y que hoy ya son una realidad: el “Plan Velocidad de Madrid”, el “sistema alemán” de Castilla la Mancha y el “Plan 9000” (después llamado “Plan Blasco”) de la Comunidad Valenciana. En los tres casos se nos presentaron como una forma de trasladar a la iniciativa privada el coste de la inversión en la construcción de residencias de forma que las administraciones sólo gastasen en servicio. En los tres casos se han construido y funcionan residencias y, también en los tres casos, cuando viajas por la comunidad en cuestión, escuchas opiniones más o menos favorables a la experiencia. ¿Podemos saber cuál de los tres programas es mejor? Para hacerlo deberíamos obtener datos básicos de los mismos que nos permitiesen, con la perspectiva del tiempo transcurrido cuál ha sido el sistema más eficaz y eficiente (qué sistema ofrece una mayor calidad a igualdad de gasto público), y cuál ha tenido efectos más positivos desde la perspectiva de los ayuntamientos que cedieron en algunos casos el suelo, la comunidad autónoma, los usuarios y las empresas . Quizá estaría bien tener un “grupo de control” formado por alguna comunidad que sólo utiliza el concierto.
Creo que sería fundamental, ahora que creamos un sistema de dependencia de ámbito estatal, que desde un ámbito no público (ni con posible vinculación partidista) se empezasen a hacer esas comparaciones ya que parece que la gran discusión sobre la Ley de Dependencia es la financiación pero, una vez se empiece a repartir dinero la verdadera duda será ¿está gastando mi comunidad autónoma el dinero de la dependencia de la forma más racional posible?. Difícilmente podremos saberlo si no disponemos de herramientas objetivas y fácilmente nos podremos ver embaucados por gestores poco eficientes que culpen “al otro” de la falta de recursos
¿Sería osado intentar hacer una comparación objetiva entre las residencias públicas gestionadas por la administración y las dadas a gestión privada?
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