sábado, 24 de febrero de 2007

SE ACERCA EL TSUNAMI DE LA LEY DE DEPENDENCIA

Febrero 2007

Una de las primeras iniciativas que ha tenido el gobierno tras la aprobación de la Ley de Dependencia es poner en marcha un teléfono gratuito de información que, según hemos sabido, ha recibido un aluvión de llamadas los primeros días de funcionamiento.

Uno de los que llamé fui yo y, cuando lo hice, una persona muy amable me informó de que la Ley ya está aprobada pero ahora faltan los reglamentos de forma que las solicitudes se podrán empezar a presentar, con toda seguridad, a partir del mes de abril. ¿Dónde se presentarán las solicitudes? Todavía no se sabe. Me preguntaron de qué provincia llamaba y ahí quedó la cosa.

Sabemos por el libro blanco de la dependencia que en España hay 1.250.000 dependientes, aunque también sabemos por el estudio de Edad&Vida que son 2.500.000. Lo que no sabemos y puede ser la clave de la puesta en marcha del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) es cuánta gente considera que está en situación de dependencia y se cree merecedora de algún servicio o prestación, o sea, cuánta gente llamará por teléfono, irá a ver a la trabajadora social municipal y pedirá que le hagan la valoración de dependencia.

Está claro que los primeros que recibirán la ayuda del Sistema son los grandes dependientes y está claro que el presupuesto se ha calculado para dar servicio y prestaciones a personas de ese perfil. Pero, para saber quiénes son grandes dependientes primero habrá que valorar a toda aquella persona que presente la solicitud y, para hacerlo, habrá que atender sus llamadas, recibirles en alguna oficina pública y trasladar al equipo de valoración a su casa.

¿Cuánta gente querrá ser valorada el primer año? La pregunta contiene una perversión interesante. Cuánto más se publicite la creación del “cuarto pilar del estado de bienestar” y más se hable del carácter universal de las ayudas, más personas querrán ser valoradas para recibir su ayuda. Cuantas más personas oigan que esto es como la sanidad pero que en vez de recibir una receta recibes unas horas de atención domiciliaria, una teleasistencia o una residencia, más gente acudirá a la tómbola de la dependencia en la que parece que “siempre toca, si no un pito, una pelota”. O sea, que cuanto más se explique más números de colapsar el sistema y que nadie reciba bien el servicio. Por supuesto, existe la posibilidad de hacer una explicación racional y ponderada de forma que se desincentive la solicitud de las personas con nivel de dependencia bajo pero, hacer eso en un año electoral...

La publicación de la ley ha sido ese leve temblor en el lecho marino que genera un tsunami. ¿Estarán preparados los servicios de base para recibir en embate? Pronto lo sabremos.

viernes, 24 de noviembre de 2006

¿PERDERÁ EL PROYECTO FUELLE EN LA RECTA FINAL?

Cuando todo parecía indicar que el PP votaría en contra del proyecto de Ley de Dependencia: una reunión entre los dos grandes partidos, una cincuentena de enmiendas pactadas y, todo arreglado. Los populares se suman a la mayoría y sólo CiU y PNV quedan fuera, por motivos más de competencia que de fondo.

La posición de los dos partidos nacionalistas proyecta una oscura sombra sobre la futura vida del Sistema Nacional de Dependencia ya que el artículo de la Constitución que da fuerza competencial a la Ley (el 149.1.1) ha sido tradicionalmente mirado con lupa por parte del Tribunal Constitucional de forma que, un eventual recurso de inconstitucionalidad podría dar al traste con todo el invento.

Las enmiendas pactadas entre PP y PSOE serán incorporadas en el Senado siendo entonces cuando sabremos cómo queda definitivamente el sistema

Dejando a un lado la alegría por que se llegue a conseguir la aprobación, hay una cuestión que no puede dejar de plantearse.

Durante los once meses que llevamos hablando del anteproyecto y proyecto de ley se han planteado dudas, sobre todo desde comunidades no gobernadas por el PSOE respecto a la viabilidad económica del Sistema Nacional de Dependencia y sobre la poca eficacia que puede tener un sistema que se basa en la firma anual de diecisiete convenios que concreten necesidades y financiación. Sin ir más lejos, la Gerencia de servicios sociales de Castilla León hacía público, pocos días antes del anuncio del pacto, un estudio en el que se ponía de manifiesto que, sólo en esa comunidad y durante el primer año harían falta 270 millones de Euros para poner en marcha el sistema cuando la memoria económica del proyecto preveía únicamente 64.

Se ha planteado también durante estos meses que la apuesta que hará la ley por la calidad y la profesionalización generará necesariamente un encarecimiento del servicio debido principalmente a que el coste de personal se incrementará de forma sustancial. Encarecimiento que no ha tenido en cuenta la memoria económica.

Parece, además, que parte de las enmiendas que se introducirán en el texto cuando pase por el senado supondrán ampliar el abanico de personas dependientes susceptibles de recibir servicios y prestaciones, lo que necesariamente comportará un aumento de recursos necesarios.

Hasta ahora, las aportaciones y críticas recibidas por el gobierno de parte de la oposición y de algunos colectivos nos permitían contrastar las luces y sombras del proyecto de ley. ¿Encontrará el texto que finalmente se apruebe la inspiración y recursos necesarios para que el Sistema pueda nacer viable y se acallen las críticas? ¿Dejarán las comunidades autónomas de plantear sus dudas y quejas ahora que los dos grandes partidos se han puesto de acuerdo?

Esperemos que este caballo no pierda fuelle en la recta final y que en el próximo número de la revista podamos hablar de celebraciones y no de decepción.

martes, 21 de noviembre de 2006

Medicina Legal en Residencias Geriátricas

Noviembre de 2006

sección del Colegio de Médicos de Barcelona, que agrupa a los que trabajan en residencias, tuvo hace un tiempo la original idea de convocar unas jornadas con el título “medicina legal en residencias”. Pretendían ayudar a los profesionales que trabajan en este campo a hacerse una idea clara sobre algunas cuestiones sobre las que suelen aparecer dudas: las incapacitaciones, internamientos, el uso de contenciones o el testamento vital, entre otras.

Las jornadas se celebraron finalmente a principios de Noviembre y, para lo que más sirvieron fue para poner de manifiesto que los temas a tratar habían sido bien elegidos, por la polémica que les rodea.

Los asistentes pudimos escuchar como los ponentes, todos ellos altísimamente preparados, iban exponiendo opiniones totalmente contradictorias sobre los aspectos a tratar. Por ejemplo:

En primer lugar, un especialista que durante años trabajó como médico forense, dijo que, para ingresar a una persona mayor que no puede prestar su consentimiento, es necesario tener una autorización judicial previa o, cuando el ingreso es urgente, una ratificación judicial del internamiente, que debe solicitarse al juez durante las primeras horas del ingreso y que el juez debe contestar en un máximo de 72 horas. Cuando desde el público pregunté qué pasa si en 72 horas no se ha obtenido respuesta, el ponente dijo que entonces se debería denunciar al juez por no cumplir con su función.

No hubiera pasado de ser una anécdota si después no hubiese dicho una juez, titular de un juzgado especializado en incapacidades e internamientos, que, como regla general no era aplicable al ingreso de personas con demencia en residencias la autorización judicial. Para redondearlo, un responsable de una inspección autonómica explicó que la figura de la guarda de hecho hace innecesaria la autorización judicial siendo sólo necesaria una comunicación de la situación al juez o al fiscal.

El tema fue más curioso aún cuando se habló de contenciones de personas con demencia: El forense dijo que hacía falta autorización judicial, la juez que era una decisión que, tomada por un médico siguiendo unos protocolos preestablecidos no requería mayor comunicación y el responsable de la inspección autonómica, que era necesaria una prescripción médica, un protocolo, un registro y la autorización de los familiares (Más aún, que si los familiares se negaban a firmar la autorización existiendo el resto de requisitos, la negativa era causa de rescisión del contrato asistencial pudiendo echar al residente del centro).

También hubo contradicciones sobre cuándo hay que incapacitar a una persona (el forense hizo una interpretación literal de la Ley que supone que todas las personas que sufren causas de incapacitación deberían ser incapacitadas por sus familiares o el Ministerio Fiscal), la juez fue más limitativa e interpretó que hay un componente de necesidad de protección de la persona sin el cual iniciar el proceso no es justificado.

Que existan esas contradicciones tan importantes es preocupante, precisamente por eso hay que felicitar al Colegio de Médicos de Barcelona por su iniciativa de ponerlas de manifiesto.